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Tarjeta de familiares de ciudadanos comunitario.

5 Comentarios
 
Tarjeta de familiares de ciudadanos comunitario.
19/01/2020 23:27
hola , necesito saber , si para pedir la tarjeta , de residencia ,se una pareja de hecho , registrada, los requisitos que piden , no me queda claro , si piden los antecedentes penales de la persona extranjera, de los últimos 5 años donde haya estado , incluyendo el de su país , gracias , por su ayuda
20/01/2020 07:36
rafacor
Hola:
Para solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea no tienes que entregar ningún certificado de antecedentes penales de tu país. Lo que sí va a suceder es que, durante el proceso de tramitación, en Extranjería van a comprobar, de oficio, que no tengas antecedentes penales, ni policiales, previa autorización tuya para la consulta de estos datos en los archivos de la administración.
20/01/2020 10:22
Flyinghigh
muchas gracias, por la aclaracion , y si me apura , quisiera tambien saber si cuando tenga la tarjeta de residencia ya puede trabajar , muchas gracias saludos
21/01/2020 07:49
rafacor
Efectivamente, la condición de familiar de ciudadano de la Unión Europea autoriza a trabajar. Incluso antes de disponer de la tarjeta y disponiendo, tan solo del Número de Identificación de Extranjero (NIE). Aunque bien es cierto que muchos empleadores, quizá por desconocimiento de la normativa, exigen la presentación de un documento (tarjeta) de residencia para celebrar el contrato de trabajo. En definitiva, respondiendo a tu pregunta, cuando tengas la tarjeta podrás trabajar en las mismas condiciones que los españoles.
24/01/2020 19:10
rafacor
Buenas noches queria información de la tramitación tarjeta comunitaria.... Mi hermano y yo tenemos nacionalidad española e hicimos la reagrupacion de nuestros padres papa y mama... Ellos ya estan aqui en España... Los requisitos para tramitar la tarjeta comunitaria aun tenemos dudas porq en dos ocasiones q nos hemos acercado a extranjeria nos dan distinta información.. Por favor si pudieran informarme bien para comprobar con los requisitos q ya tenemos y no vayan a denegarla en el momento de presentar la documentación.. Gracias...
Wen
25/01/2020 14:43
Wend
Hola :

1.- Impreso EX-19 cumplimentado, por duplicado.

2.- Pasaporte completo de cada solicitante ( todas las páginas).

3.- Certificado literal de nacimiento del Registro Civil español de la persona de nacionalidad española reagrupante.

4.- DNI de la persona de nacionalidad española.

5.- Certificado de empadronamiento de la persona solicitante.

6.- Documentos que prueben que el ascendiente directo vivía a cargo del reagrupante en el país de origen. Fundamentalmente lo siguiente :

- Pruebas de envíos regulares de dinero durante, al menos, los 12 meses inmediatamente anteriores a la entrada en España. Se recalca que los envíos deben haber sido regulares y no esporádicos.

- Pruebas de que el ascendiente necesitaba en su país de origen el dinero enviado por el reagrupante español para cubrir sus gastos de manutención como recurso necesario y no prescindible.

- Pruebas de que el ascendiente no disponía de otras fuentes de ingresos o ayudas familiares en el país de origen o si disponía de alguna fuente de ingresos, ésta resultaba insuficiente para su sustento ( aquí es conveniente poner en relación el ingreso que podría haber estado percibiendo la persona, por ejemplo, una pensión de jubilación o de viudez, con el producto interior bruto per cápita del respectivo país y el índice de precios del consumidor de ese país, llamado en otros países índice general de precios; esta información puede descargarse de la página web del Banco Mundial, donde está expresada en dólares de los Estados Unidos de América o también de la página web del instituto, departamento o servicio público de Estadística del respectivo país). Aquí es por donde suele haber puntos débiles en las solicitudes, porque no siempre queda probado de manera suficiente y satisfactoria este extremo, pues mucha gente tiene alguna propiedad inmueble en su país o percibe alguna pensión de jubilación o de viudez. Por eso, conviene probar que no se tiene inmuebles en propiedad, ni tampoco se tiene acciones o participaciones en sociedades mercantiles, ni bienes muebles registrables ( por ejemplo, naves o aeronaves) y también conviene presentar declaración de impuesto sobre la renta del último ejercicio económico en el país de procedencia.

7.- Contrato de trabajo, alta censal como autónomo o prueba de contar con recursos económicos propios suficientes, del familiar español reagrupante.

8.- Si se trata de ascendientes a cargo, que no son beneficiarios del asegurado en la Seguridad Social, el reagrupante debe contratar un seguro médico privado que tenga el mismo nivel de cobertura que el ofrecido por el Instituto Nacional de Salud.

Un cordial saludo.
Tarjeta de familiares de ciudadanos comunitario. | PorticoLegal
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Tarjeta de familiares de ciudadanos comunitario.
19/01/2020 23:27
hola , necesito saber , si para pedir la tarjeta , de residencia ,se una pareja de hecho , registrada, los requisitos que piden , no me queda claro , si piden los antecedentes penales de la persona extranjera, de los últimos 5 años donde haya estado , incluyendo el de su país , gracias , por su ayuda
20/01/2020 07:36
rafacor
Hola:
Para solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea no tienes que entregar ningún certificado de antecedentes penales de tu país. Lo que sí va a suceder es que, durante el proceso de tramitación, en Extranjería van a comprobar, de oficio, que no tengas antecedentes penales, ni policiales, previa autorización tuya para la consulta de estos datos en los archivos de la administración.
20/01/2020 10:22
Flyinghigh
muchas gracias, por la aclaracion , y si me apura , quisiera tambien saber si cuando tenga la tarjeta de residencia ya puede trabajar , muchas gracias saludos
21/01/2020 07:49
rafacor
Efectivamente, la condición de familiar de ciudadano de la Unión Europea autoriza a trabajar. Incluso antes de disponer de la tarjeta y disponiendo, tan solo del Número de Identificación de Extranjero (NIE). Aunque bien es cierto que muchos empleadores, quizá por desconocimiento de la normativa, exigen la presentación de un documento (tarjeta) de residencia para celebrar el contrato de trabajo. En definitiva, respondiendo a tu pregunta, cuando tengas la tarjeta podrás trabajar en las mismas condiciones que los españoles.
24/01/2020 19:10
rafacor
Buenas noches queria información de la tramitación tarjeta comunitaria.... Mi hermano y yo tenemos nacionalidad española e hicimos la reagrupacion de nuestros padres papa y mama... Ellos ya estan aqui en España... Los requisitos para tramitar la tarjeta comunitaria aun tenemos dudas porq en dos ocasiones q nos hemos acercado a extranjeria nos dan distinta información.. Por favor si pudieran informarme bien para comprobar con los requisitos q ya tenemos y no vayan a denegarla en el momento de presentar la documentación.. Gracias...
Wen
25/01/2020 14:43
Wend
Hola :

1.- Impreso EX-19 cumplimentado, por duplicado.

2.- Pasaporte completo de cada solicitante ( todas las páginas).

3.- Certificado literal de nacimiento del Registro Civil español de la persona de nacionalidad española reagrupante.

4.- DNI de la persona de nacionalidad española.

5.- Certificado de empadronamiento de la persona solicitante.

6.- Documentos que prueben que el ascendiente directo vivía a cargo del reagrupante en el país de origen. Fundamentalmente lo siguiente :

- Pruebas de envíos regulares de dinero durante, al menos, los 12 meses inmediatamente anteriores a la entrada en España. Se recalca que los envíos deben haber sido regulares y no esporádicos.

- Pruebas de que el ascendiente necesitaba en su país de origen el dinero enviado por el reagrupante español para cubrir sus gastos de manutención como recurso necesario y no prescindible.

- Pruebas de que el ascendiente no disponía de otras fuentes de ingresos o ayudas familiares en el país de origen o si disponía de alguna fuente de ingresos, ésta resultaba insuficiente para su sustento ( aquí es conveniente poner en relación el ingreso que podría haber estado percibiendo la persona, por ejemplo, una pensión de jubilación o de viudez, con el producto interior bruto per cápita del respectivo país y el índice de precios del consumidor de ese país, llamado en otros países índice general de precios; esta información puede descargarse de la página web del Banco Mundial, donde está expresada en dólares de los Estados Unidos de América o también de la página web del instituto, departamento o servicio público de Estadística del respectivo país). Aquí es por donde suele haber puntos débiles en las solicitudes, porque no siempre queda probado de manera suficiente y satisfactoria este extremo, pues mucha gente tiene alguna propiedad inmueble en su país o percibe alguna pensión de jubilación o de viudez. Por eso, conviene probar que no se tiene inmuebles en propiedad, ni tampoco se tiene acciones o participaciones en sociedades mercantiles, ni bienes muebles registrables ( por ejemplo, naves o aeronaves) y también conviene presentar declaración de impuesto sobre la renta del último ejercicio económico en el país de procedencia.

7.- Contrato de trabajo, alta censal como autónomo o prueba de contar con recursos económicos propios suficientes, del familiar español reagrupante.

8.- Si se trata de ascendientes a cargo, que no son beneficiarios del asegurado en la Seguridad Social, el reagrupante debe contratar un seguro médico privado que tenga el mismo nivel de cobertura que el ofrecido por el Instituto Nacional de Salud.

Un cordial saludo.