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Tarjeta de residencia comunitaria

1 Comentarios
 
Tarjeta de residencia comunitaria
04/09/2021 12:21
Buenos dias,
Hice una nueva solicitud de tarjeta de residencia familiar comunitaria en Sevilla el 06 de junio, mi pareja es francesa y yo soy extranjero. La primera había sido rechazada porque justifico mal los medios económicos.
El problema es que todavía no tengo respuesta y el 6 de septiembre serán 3 meses.
¿Cuál es el procedimiento a seguir después del 6 de septiembre? ¿debo esperar o pedir una cita? No sé

Gracias por su ayuda.
07/09/2021 00:36
Yvouille
Hola:

El plazo para resolver y notificar es de tres meses siguientes a la fecha de presentación de la solicitud. Si no se ha resuelto y notificado en tres meses, se entenderá desestimada por silencio administrativo. En ese caso, puede interponer el recurso potestativo de reposición por desestimación presunta de su solicitud ante el propio subdelegado del Gobierno en la provincia o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo.

O puede simplemente seguir esperando hasta recibir su resolución, porque la desestimación presunta por silencio administrativo es sólo una ficción jurídica que le permite al administrado interponer los recursos a los que hubiera lugar, pero no exime a la Administración de la obligación de resolver expresamente y ha de hacerlo sin vinculación alguna con el sentido del silencio administrativo.

La segunda se presenta como la opción más práctica y económica: por un lado, interponer un recurso, aunque está en su derecho a hacerlo, haría retrasar más el procedimiento y por otro lado, le costaría dinero en honorarios de abogado.

Un cordial saludo.
Tarjeta de residencia comunitaria | PorticoLegal
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Tarjeta de residencia comunitaria
04/09/2021 12:21
Buenos dias,
Hice una nueva solicitud de tarjeta de residencia familiar comunitaria en Sevilla el 06 de junio, mi pareja es francesa y yo soy extranjero. La primera había sido rechazada porque justifico mal los medios económicos.
El problema es que todavía no tengo respuesta y el 6 de septiembre serán 3 meses.
¿Cuál es el procedimiento a seguir después del 6 de septiembre? ¿debo esperar o pedir una cita? No sé

Gracias por su ayuda.
07/09/2021 00:36
Yvouille
Hola:

El plazo para resolver y notificar es de tres meses siguientes a la fecha de presentación de la solicitud. Si no se ha resuelto y notificado en tres meses, se entenderá desestimada por silencio administrativo. En ese caso, puede interponer el recurso potestativo de reposición por desestimación presunta de su solicitud ante el propio subdelegado del Gobierno en la provincia o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo.

O puede simplemente seguir esperando hasta recibir su resolución, porque la desestimación presunta por silencio administrativo es sólo una ficción jurídica que le permite al administrado interponer los recursos a los que hubiera lugar, pero no exime a la Administración de la obligación de resolver expresamente y ha de hacerlo sin vinculación alguna con el sentido del silencio administrativo.

La segunda se presenta como la opción más práctica y económica: por un lado, interponer un recurso, aunque está en su derecho a hacerlo, haría retrasar más el procedimiento y por otro lado, le costaría dinero en honorarios de abogado.

Un cordial saludo.