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Tarjeta sanitaria y nacionalidad

3 Comentarios
 
Tarjeta sanitaria y nacionalidad
12/12/2013 19:59
Hola. Estoy tramitando mi nacionalidad española y el día de hoy me llamaron de la policía para pedirme varios documentos y darme cita para una entrevista. Creo que puedo conseguir fácilmente todos los documentos pero me queda una gran duda: me han pedido certificado de seguro médico, ya sea privado o público. Yo estoy tramitando todo en Galicia, ya que allá es donde tengo mi vida, ahí está mi marido y ahí es donde estamos empadronados pero de momento he tenido que venir a Cataluña por tiempo indefinido a trabajar ya que mi marido se ha quedado en el paro. Nunca solicité mi tarjeta sanitaria porque estuve mucho tiempo sin trabajar y ahora que estoy trabajando me han dado de alta en la seguridad social pero no he solicitado ninguna tarjeta sanitaria ya que eso significa empadronarme aquí y no quiero hacerlo porque pienso que ésto significaría volver a empezar con el trámite y ya han pasado 9 meses desde que metí mis papeles al registro civil y se que esto tarda, por lo que no me gustaría interrumpir este trámite ahora. No sé qué hacer... ¿tengo forzosamente que pedir una tarjeta sanitaria en Galicia? Pero ¿si yo estoy dada de alta en la seguridad social en Cataluña? Esto me tiene muy confundida y no sé qué paso dar. Agradecería si me orientan en lo que me conviene hacer. Muchas gracias.
16/12/2013 19:11
En primer lugar si has cambiado de domicilio debes haberlo informado al ministerio de justicia. Por otro lado la documentacion debe corresponder a ese ultimo domicilio. Ahora si tu solicitud d nacinalidad ha sido con residencia de an año, debes estar empadronada con tu conyuge, o sino es razon para denegarla, suerte
16/12/2013 20:18
Hola.

1.- La tarjeta sanitaria individual se la expide el órgano o ente administrativo competente en la Comunidad Autónoma donde la persona conste empadronada. La tarjeta sanitaria individual es válida en todo el territorio español, independientemente de la Comunidad Autónoma que la haya expedido, porque permite acceso a todo el Sistema Nacional de Salud. Lo que sucede es que si alguien ya se va a quedar indefinidamente en una Comunidad Autónoma, debe solicitar una tarjeta sanitaria individual de esa Comunidad Autónoma, porque será su Servicio de Salud el que pasará a prestar de manera ordinaria la atención médica y a cuyas partidas presupuestarias deberán efectuarse los cargos por la atención sanitaria de la persona (cuando solo está desplazada temporalmente, se hace un cruce de cuentas entre las correspondientes Administraciones Autonómicas).

2.- El hecho de haber venido a trabajar a Cataluña, no implica necesariamente haber cambiado de domicilio. El domicilio de una persona consiste en el lugar de su residencia habitual, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil, que se traduce en residir en un sitio con el ánimo, intención, vocación de permanecer en él. Tal lugar es el que constituye la sede jurídica de una persona, por tener en él su centro de vida e intereses. Puede, perfectamente, tenerse el domicilio en un municipio y trabajar en otro, lo cual en España es bastante corriente. Téngase en cuenta, como ejemplo, muchos diputados, tanto en el Congreso, como en las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas: ellos sesionan en una ciudad en concreto, en la que también tienen sus despachos (Madrid o la capital de la respectiva Comunidad Autónoma), pero siguen estando domiciliados en la respectiva ciudad de la provincia a la que representan y por la cual han resultado elegidos.

El concepto civil de domicilio no necesariamente va a coincidir con el de vecindad administrativa, que trae la Ley Reguladora delas Bases del Régimen Local, que es el municipio en el que la persona conste inscrita en su Padrón Municipal de Habitantes. Pero, esta es una formalidad administrativa, a efectos estadísticos, que en la práctica, es tomada como prueba del domicilio de una persona, si bien no se tiene en cuenta que ambos conceptos - domicilio y vecindad administrativa- proceden de ámbitos materiales distintos y tienen finalidades diferentes: el domicilio es un atributo de la personalidad, toda persona lo tiene, si no real, al menos, presunto. En cambio, la vecindad administrativa es un concepto administrativo con finalidad estadística y no todas las personas lo tienen, por ejemplo, puede darse el caso de una persona que tiene su domicilio en España, de acuerdo con la definición que trae el Código Civil, pero que en cambio, no tenga, ni haya tenido jamás vecindad administrativa, esto es, haber estado inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes de algún municipio español.

Usted, si sigue teniendo su centro de vida e intereses en Galicia y está empadronada ahí y está en Cataluña solo por trabajo, no ha tenido cambio de domicilio alguno.


3.- La tarjeta sanitaria individual puede pedirla en Galicia, sin problema alguno, aunque esté trabajando en Cataluña, porque está en situación de alta en la Seguridad Social. En Cataluña, la deben atender como desplazada temporal.

El Instituto Nacional de Seguridad Social tiene competencia a nivel nacional. Personalmente, he conocido casos de gente que trabaja en Lleida, pero vive y está empadronada en Zaragoza : tenían su tarjeta sanitaria individual de Aragón, aunque trabajaban en Cataluña; estaban afiliados a la Seguridad Social en Lleida, pero la Seguridad Social, como ha quedado indicado, es a nivel nacional y basta con que tenga reconocida la calidad de afiliada, para que le deban expedir la tarjeta sanitaria individual, siendo competente la Administración de la Comunidad Autónoma en la cual se encuentre empadronada.

Además, tenga en cuenta que, al estar trabajando usted, su cónyuge, si no trabaja, pasa a tener derecho a la asistencia sanitaria como dependiente suyo.

4.- A la entrevista con la Policía, debe llevar el certificado de afiliación y alta en la Seguridad Social, con él debería ser suficiente. Y la entrevista con la Policía la debe llevar a cabo en la provincia en la que se encuentre empadronada, porque será donde se remitirá su expediente para que la citen.

Un cordial saludo.
17/12/2013 02:13
Muchísimas gracias, Condedecartagena. Ha resuelto mis dudas y la explicación es bastante detallada, me ha quedado muy claro. Gracias!