Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Tasa de basuras

1 Comentarios
 
Tasa de basuras
30/03/2024 06:01
Por herencia soy titular de una vivienda por 1/4.el inmueble ha sido declarado en ruina y se ha ordenado demolición y deses hombro. Por lo que ahora somos titulares de un solar
Considerais que debo seguir asumiendo la tasa de basuras?. Me dará de oficio de baja el Ayto que ha decretado la ruina y ordenada la devolución? Debo solicitarlo?
Creo que en esta materia rige el principio de quien contamina paga, y el solar no produce residuos. Que opináis?
06/04/2024 20:03
La Tasa de Basuras está regulada por la normativa municipal de su localidad. Consúltela.

En las que yo he visto no se cita expresamente a los solares como sujetos pasivos de la misma, normalmente pone inmuebles, viviendas, locales, alojamientos, etc. Según esto cabría pensar que un solar no está sujeto a la tasa de basura, pero no por ese principio de "quien contamina paga" ya que un piso vacio, un local cerrado durante años, tampoco contaminan pero el Ayuntamiento no va a entrar ahí, paga el que ponga en la normativa aunque luego no contamine. Y del mismo modo un solar que se limpie regulrmente para mantenerlo en buen estado sí que generaría residuos que acabarían en los contenedores.
Tasa de basuras | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Tasa de basuras

1 Comentarios
 
Tasa de basuras
30/03/2024 06:01
Por herencia soy titular de una vivienda por 1/4.el inmueble ha sido declarado en ruina y se ha ordenado demolición y deses hombro. Por lo que ahora somos titulares de un solar
Considerais que debo seguir asumiendo la tasa de basuras?. Me dará de oficio de baja el Ayto que ha decretado la ruina y ordenada la devolución? Debo solicitarlo?
Creo que en esta materia rige el principio de quien contamina paga, y el solar no produce residuos. Que opináis?
06/04/2024 20:03
La Tasa de Basuras está regulada por la normativa municipal de su localidad. Consúltela.

En las que yo he visto no se cita expresamente a los solares como sujetos pasivos de la misma, normalmente pone inmuebles, viviendas, locales, alojamientos, etc. Según esto cabría pensar que un solar no está sujeto a la tasa de basura, pero no por ese principio de "quien contamina paga" ya que un piso vacio, un local cerrado durante años, tampoco contaminan pero el Ayuntamiento no va a entrar ahí, paga el que ponga en la normativa aunque luego no contamine. Y del mismo modo un solar que se limpie regulrmente para mantenerlo en buen estado sí que generaría residuos que acabarían en los contenedores.