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tasación de daños y ofrecimiento de acciones

5 Comentarios
 
Tasación de daños y ofrecimiento de acciones
31/08/2015 18:31
Robo de estructura metálica en la construcción de un chalet. La victima denuncia los hechos a la guardia civil, quien tras las investigaciones pertinentes descubre que fue el vecino de la finca de al lado que le vendió tal estructura a una chatarrería. Este supuesto autor es hermano de un amigo de la víctima.
Se cita a la victima del juzgado para que tase los daños, ofrecimiento de acciones y si quiere nombrar abogado y procurador.
La víctima no quiere saber nada de la responsabilidad penal (por ser hermano de su amigo), solo quiere la reparación y resarcimiento de lo robado que asciende a unos 30.000 euros.
¿Se puede personar en el procedimiento para ejercitar solo la acción de responsabilidad civil, sin ser acusación de la responsabilidad penal?
En caso de ser posible lo anterior, ¿ tiene que nombrar necesariamente abogado y procurador el día de la citación, no pudiendo nombrarlo posteriormente?
Gracias a quien pueda ayudarme.
31/08/2015 20:01
Supongo que ya se están tramitando diligencias, por lo que en el momento del Ofrecimiento puede renunciar a la acción penal pero no a la civil, y no tiene que designar Abogado ni Procurador porque no es parte, sólo perjudicado.
31/08/2015 20:03
Muchas gracias por tu ayuda, Tripoli.
31/08/2015 20:06
¿Entonces la litis por la indemnizacion por lo robado la llevaría el Ministerio Fiscal?
31/08/2015 20:08
¿Se resolvería la responsabilidad civil ya en ese procedimiento penal?
01/09/2015 23:38
La acusación pública sería responsabilidad del Ministerio Fiscal; y se resolvería el tema de la indemnización si la Sentencia fuese condenatoria.