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Tasación de finca por expropiación forzosa de junta de compensación

4 Comentarios
 
Tasación de finca por expropiación forzosa de junta de compensación
30/08/2019 15:58
Buenas tardes, antes que nada presentarme y agradecer de antemano su tiempo.

Me llamo Angel y soy de la C.A. de Cantabria. Acudo a este espacio ante las dificultades economicas propias de nuestro tiempo y en busca de opiniones mas o menos cualificadas que me puedan orientar hacia el camino que debo seguir en este caso.

Poseo una finca en un entorno úrbano, un pueblo de Cantabria.
Expongo a continuación las caracteristicas de la finca:

-2900m2
-La finca linda con una carretera en su parte norte y con otras fincas en su parte sur y este y con una finca construida con una vivienda en su parte oeste.
-La finca no está urbanizada de ninguna manera, es un solar vacio.
-La finca no está enganchada al Agua, Luz ni alcantarillado aunque tiene en su linde norte tuberias, desagues, postes de luz y telefono.
-La finca se haya en un entorno totalmente urbano, en su parte norte, al otro lado de la carretera, hay urbanizaciones, casas individuales, etc.

Una vez expuestas las caracteristicas de la finca os pongo en antecedentes:

Hace aproximadamente 6 meses se realizo una expropiacion parcial de 40m2 por la diputación de Cantabria. Tasando los 40m2 en unos 7.000€. Resultando el m2 a un precio de 165€. El objetivo de la expropiación fue realizar un paseo peatonal en el linde norte de la finca. En la notificación de la expropiación se esgrimen los siguientes argumentos por parte de la diputación, copio literal: "Resultando que en dicha margen se ubican un numero importante de urbanizaciones y casas aisladas, por lo que coexisten el trafico rodado y peatonal sin las debidas garantias de seguridad vial."

Bien una vez expuesto este antecedente os expongo el caso que se me presenta:

Se ha constituido una junta de compensación por propietarios de fincas colindantes, para entrar en dicha junta de compensación se me exigian unas cantidades que en ningun caso era capaz de acometer por lo que me vi obligado a la expropiación forzosa de la finca.

Han realizado la tasación de la finca de la siguiente manera. 2.900m2 de finca por aproximadamente 30.000€, es decir, unos 10€ por m2. La finca la tasan como suelo urbanizable en situación rural.

Evidentemente observo una importante discrepancia entre la manera de tasar el suelo por parte de la diputacion y por parte de la junta de compensación. Estamos hablando de una diferencia abismal entre una y otra tasación. Y no estoy muy de acuerdo en que me expropien una finca por 30.000€ y luego construyan en ella tres bloques de piso, generando un beneficio para la junta de compensación brutal. Mas que una expropiacion me parece un expolio.

Sin mas, agradezco cualquier consejo, dato y ayuda.

Muchas gracias
31/08/2019 13:22
Ac1058as
Entendiendo que no te has adherido al proceso urbanizador, ha de tenerse en cuenta que a la Junta de Compensación le asiste la facultad de instar al Ayuntamiento, o cualquiera que sea la administración actuante, a la iniciación de un procedimiento de expropiación del suelo incluido en la unidad de ejecución no adherido en favor de la junta de Compensación, sin embargo, pero a pesar de ser esta la beneficiaria, no le corresponde a ella establecer el justiprecio del suelo y otros posibles derechos a ese suelo vinculados.

Es la administración actuante la competente para, como digo, iniciar de oficio el expediente de expropiación, notificarte de ello como afectado para que expreses formalmente cual es, a tu juicio, el justiprecio que considera debe aplicarse a la finca. Deberás tener en cuenta el plazo indicado en la propia notificación para dicha presentación.

Para ello es aconsejable ponerte en contacto con un perito tasador competente para que redacto y firme una valoración motivada que puedas presentar como hoja de aprecio a la administración y a esperar.

Si te aceptan la hoja de aprecio se considerará determinado definitivamente el justo precio y podrá ocuparse la finca, previo pago del mismo. Has de considerar que si no contestan a tu ofrecimiento, el silencio administrativo no significará la aceptación de tu hoja de aprecio

Si te la rechazan, la administración extenderá su hoja de aprecio fundamentada, del valor estimado de la finca, que te será notificada.

Recibida esta, podrás aceptarla tal cual.

O podrás rechazarla formulando cuantas alegaciones consideres oportunas, utilizando los métodos de valoración que juzgues más adecuados para justificar tu propia valoración y aportar pruebas que justifiquen tus alegaciones.

Tras tu rechazo al precio ofrecido por la administración, esta pasará el expediente de justiprecio al Jurado Provincial de Cantabria para que dicte su resolución, que te será notificada y que podrás recurrir en el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el supuesto de que tampoco sea de tu conformidad.
31/08/2019 14:20
alga
Muchas gracias por su respuesta. Ahora se como debo actuar. Sin embargo, si bien la expropiación me la realiza el propio ayuntamiento, la hoja de aprecio incluida en la notificación viene firmada por el perito de la beneficiaria. Por lo que entiendo que la tasación no está hecha por el ayto. Si no por parte interesada

Gracias
31/08/2019 14:29
Ac1058as
Perdona no había entendido bien su mensaje. La junta de compensación presenta una tasación, que puede ser aceptada o no. En caso de no ser aceptada yo presento mi tasación, que puede ser aceptada o no por la junta. En caso de no haber acuerdo seria cuando el propio ayto. Efectuaría su tasación. Si no he entendido mal este seria en palabras llanas el proceso?

Gracias
31/08/2019 15:20
Ac1058as
No, la Junta solicita al ayuntamiento la iniciación del expediente de expropiación y éste, si considera que se cumplen los requisitos inicia de OFICIO el expediente, que te será notificado para que procedas como más arriba te he indicado.

Cuestión distinta será si existen otros bienes condenados a desaparecer con derecho a indemnización, sobre los cual es la Junta te ofrecerá un importe que si rechazas deberá dirimirse en el juzgado.
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Tasación de finca por expropiación forzosa de junta de compensación
30/08/2019 15:58
Buenas tardes, antes que nada presentarme y agradecer de antemano su tiempo.

Me llamo Angel y soy de la C.A. de Cantabria. Acudo a este espacio ante las dificultades economicas propias de nuestro tiempo y en busca de opiniones mas o menos cualificadas que me puedan orientar hacia el camino que debo seguir en este caso.

Poseo una finca en un entorno úrbano, un pueblo de Cantabria.
Expongo a continuación las caracteristicas de la finca:

-2900m2
-La finca linda con una carretera en su parte norte y con otras fincas en su parte sur y este y con una finca construida con una vivienda en su parte oeste.
-La finca no está urbanizada de ninguna manera, es un solar vacio.
-La finca no está enganchada al Agua, Luz ni alcantarillado aunque tiene en su linde norte tuberias, desagues, postes de luz y telefono.
-La finca se haya en un entorno totalmente urbano, en su parte norte, al otro lado de la carretera, hay urbanizaciones, casas individuales, etc.

Una vez expuestas las caracteristicas de la finca os pongo en antecedentes:

Hace aproximadamente 6 meses se realizo una expropiacion parcial de 40m2 por la diputación de Cantabria. Tasando los 40m2 en unos 7.000€. Resultando el m2 a un precio de 165€. El objetivo de la expropiación fue realizar un paseo peatonal en el linde norte de la finca. En la notificación de la expropiación se esgrimen los siguientes argumentos por parte de la diputación, copio literal: "Resultando que en dicha margen se ubican un numero importante de urbanizaciones y casas aisladas, por lo que coexisten el trafico rodado y peatonal sin las debidas garantias de seguridad vial."

Bien una vez expuesto este antecedente os expongo el caso que se me presenta:

Se ha constituido una junta de compensación por propietarios de fincas colindantes, para entrar en dicha junta de compensación se me exigian unas cantidades que en ningun caso era capaz de acometer por lo que me vi obligado a la expropiación forzosa de la finca.

Han realizado la tasación de la finca de la siguiente manera. 2.900m2 de finca por aproximadamente 30.000€, es decir, unos 10€ por m2. La finca la tasan como suelo urbanizable en situación rural.

Evidentemente observo una importante discrepancia entre la manera de tasar el suelo por parte de la diputacion y por parte de la junta de compensación. Estamos hablando de una diferencia abismal entre una y otra tasación. Y no estoy muy de acuerdo en que me expropien una finca por 30.000€ y luego construyan en ella tres bloques de piso, generando un beneficio para la junta de compensación brutal. Mas que una expropiacion me parece un expolio.

Sin mas, agradezco cualquier consejo, dato y ayuda.

Muchas gracias
31/08/2019 13:22
Ac1058as
Entendiendo que no te has adherido al proceso urbanizador, ha de tenerse en cuenta que a la Junta de Compensación le asiste la facultad de instar al Ayuntamiento, o cualquiera que sea la administración actuante, a la iniciación de un procedimiento de expropiación del suelo incluido en la unidad de ejecución no adherido en favor de la junta de Compensación, sin embargo, pero a pesar de ser esta la beneficiaria, no le corresponde a ella establecer el justiprecio del suelo y otros posibles derechos a ese suelo vinculados.

Es la administración actuante la competente para, como digo, iniciar de oficio el expediente de expropiación, notificarte de ello como afectado para que expreses formalmente cual es, a tu juicio, el justiprecio que considera debe aplicarse a la finca. Deberás tener en cuenta el plazo indicado en la propia notificación para dicha presentación.

Para ello es aconsejable ponerte en contacto con un perito tasador competente para que redacto y firme una valoración motivada que puedas presentar como hoja de aprecio a la administración y a esperar.

Si te aceptan la hoja de aprecio se considerará determinado definitivamente el justo precio y podrá ocuparse la finca, previo pago del mismo. Has de considerar que si no contestan a tu ofrecimiento, el silencio administrativo no significará la aceptación de tu hoja de aprecio

Si te la rechazan, la administración extenderá su hoja de aprecio fundamentada, del valor estimado de la finca, que te será notificada.

Recibida esta, podrás aceptarla tal cual.

O podrás rechazarla formulando cuantas alegaciones consideres oportunas, utilizando los métodos de valoración que juzgues más adecuados para justificar tu propia valoración y aportar pruebas que justifiquen tus alegaciones.

Tras tu rechazo al precio ofrecido por la administración, esta pasará el expediente de justiprecio al Jurado Provincial de Cantabria para que dicte su resolución, que te será notificada y que podrás recurrir en el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el supuesto de que tampoco sea de tu conformidad.
31/08/2019 14:20
alga
Muchas gracias por su respuesta. Ahora se como debo actuar. Sin embargo, si bien la expropiación me la realiza el propio ayuntamiento, la hoja de aprecio incluida en la notificación viene firmada por el perito de la beneficiaria. Por lo que entiendo que la tasación no está hecha por el ayto. Si no por parte interesada

Gracias
31/08/2019 14:29
Ac1058as
Perdona no había entendido bien su mensaje. La junta de compensación presenta una tasación, que puede ser aceptada o no. En caso de no ser aceptada yo presento mi tasación, que puede ser aceptada o no por la junta. En caso de no haber acuerdo seria cuando el propio ayto. Efectuaría su tasación. Si no he entendido mal este seria en palabras llanas el proceso?

Gracias
31/08/2019 15:20
Ac1058as
No, la Junta solicita al ayuntamiento la iniciación del expediente de expropiación y éste, si considera que se cumplen los requisitos inicia de OFICIO el expediente, que te será notificado para que procedas como más arriba te he indicado.

Cuestión distinta será si existen otros bienes condenados a desaparecer con derecho a indemnización, sobre los cual es la Junta te ofrecerá un importe que si rechazas deberá dirimirse en el juzgado.