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¿tendré derecho a que me vuelva a visitar en la mutua?

2 Comentarios
 
¿tendré derecho a que me vuelva a visitar en la mutua?
01/11/2012 10:28
el día 13 de octubre firme el contrato por obra y el día 26 del mismo mes cogí la baja por accidente laboral .el día 30 de noviembre me han dado el alta y ahora resulta que la empresa me dice que me han enviado un burofax el día 15 que yo no he recibido anunciando mi despido quisiera saber si vuelvo a recaer con los dolores que me ocasiono la lesión pues fue en la columna vertebral y pedí el alta para ver si podía trabajar y ahora me encuentro conque me han despedido y el medico me dijo que probara y sino que volviera ¿tendré derecho a que me vuelva a visitar en la mutua?

01/11/2012 19:25
Desde luego tienes derecho a volver a la mutua.
Como ya sabemos las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS), surgieron como meras colaboradoras sociales en la gestión de las Contingencias Profesionales (Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales), sin embargo, desde 1995 están autorizadas para gestionar, también, la prestación económica por IT derivada de Contingencias Comunes, siempre que el empresario lo concierte por escrito, y previa consulta a los representantes de los trabajadores
01/11/2012 19:31
Mà resano, de que año estamos hablando?

3. Cuando el trabajador esté percibiendo la prestación de desempleo total y pase a la situación de incapacidad temporal que constituya recaída de un proceso anterior iniciado durante la vigencia de un contrato de trabajo, percibirá la prestación por esta contingencia en cuantía igual a la prestación por desempleo. En este caso, y en el supuesto de que el trabajador continuase en situación de incapacidad temporal una vez finalizado el período de duración establecido inicialmente para la prestación por desempleo, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal en la misma cuantía en la que la venía percibiendo.
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¿tendré derecho a que me vuelva a visitar en la mutua?
01/11/2012 10:28
el día 13 de octubre firme el contrato por obra y el día 26 del mismo mes cogí la baja por accidente laboral .el día 30 de noviembre me han dado el alta y ahora resulta que la empresa me dice que me han enviado un burofax el día 15 que yo no he recibido anunciando mi despido quisiera saber si vuelvo a recaer con los dolores que me ocasiono la lesión pues fue en la columna vertebral y pedí el alta para ver si podía trabajar y ahora me encuentro conque me han despedido y el medico me dijo que probara y sino que volviera ¿tendré derecho a que me vuelva a visitar en la mutua?

01/11/2012 19:25
Desde luego tienes derecho a volver a la mutua.
Como ya sabemos las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS), surgieron como meras colaboradoras sociales en la gestión de las Contingencias Profesionales (Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales), sin embargo, desde 1995 están autorizadas para gestionar, también, la prestación económica por IT derivada de Contingencias Comunes, siempre que el empresario lo concierte por escrito, y previa consulta a los representantes de los trabajadores
01/11/2012 19:31
Mà resano, de que año estamos hablando?

3. Cuando el trabajador esté percibiendo la prestación de desempleo total y pase a la situación de incapacidad temporal que constituya recaída de un proceso anterior iniciado durante la vigencia de un contrato de trabajo, percibirá la prestación por esta contingencia en cuantía igual a la prestación por desempleo. En este caso, y en el supuesto de que el trabajador continuase en situación de incapacidad temporal una vez finalizado el período de duración establecido inicialmente para la prestación por desempleo, seguirá percibiendo la prestación por incapacidad temporal en la misma cuantía en la que la venía percibiendo.