nos acosa la comunidad de vecinos con que nos van a llevar a juicio por tener perros , cuando los estatutos dicen que no se puede. Así llevamos 9 años pero no han hecho nada ...lo cual me parece raro... Consultando con una abogada nos dice que hay legislación europea que lo prohíbe . Me pueden por favor dar una respuesta con legislación que lo rebata , para el próximo email amenazante del abogado , contestarle con esto. Muchas gracias ( estamos en Andalucia)
Primero es necesario saber si es verdad cuando se aprobo eso en los estatutos, y lo mas importante, si usted era propietaria entoces, dado que es necesario unanimidad . Si usted no era propietaria cuando se aprobo, lea el art.5 penultimo parrafo de la LPH "el titulo podra contener......" Como usted no sabe nada, vaya al registro de la propiedad solicite la escritura de obra nueva y pregunte si estan inscritos los estatutos, si no lo estan, como ya ha leido el art. 5 se lo puede mandar al abogado. En España no esta prohibido la tenencia de animales en comunidad, entre en google y busque nomativa mascotas comunidad, lo que si se puede aprobar es su no tenencia pero como le digo por unanimidad. Doy por sentado que usted no esta de alquiler