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¿Tengo derecho a saber si mi hija tiene actividades escolares para la familia y acudir a ellas?

12 Comentarios
 
¿tengo derecho a saber si mi hija tiene actividades escolares para la familia y acudir a ellas?
perfil Bes
01/01/2010 22:23
Mi pareja tiene una hija y por fin hemos conseguido que el colegio nos pase copia de las notas pero, lo que no conseguimos, es que nos notifiquen las actividades que realiza la niña a puertas abiertas, es decir, obras de teatro, actuaciones, demostraciones, jornada de puertas abiertas... A la niña le gustaria que fuesemos a verla pero ni la madre ni el colegio nos informa de dichos actos. La niña sólo tiene 8 años. Agradeceria si alguien conociese algun articulo referente a dicho tema. Gracias
02/01/2010 17:28
Pues con esa edad cualquier niño cuando habla por teléfono comunica que acto tiene, dia y hora.
Si tuviera tres ya lo veria más difícil, auqnue muchos incluso a esa edad ya saben decir esas cosas por que estan encantados.
02/01/2010 17:41
Derecho? Si. Todo el del mundo, pero pensando lógicamente, una niña de 8 años puede contarle ya absolutamente todo eso y más. Tampoco es cuestión de buscar culpables a toda costa.

02/01/2010 17:41
vinzza, ya y a otros como los mios, les tiene dicho que no cuenten nada.
de echo a los mios se les nota mucho por que se ponen a contarte una vivencia con su madre y su actual pareja y cuando se dan cuenta que estan hablando de algo que les han prohibido, se callan y no terminan de contarlo.

Bes la niña es tambien hija tuya?
02/01/2010 17:55
bes, veo que si es hija tuya.
y estas en todo tu derecho de acudir.
el problema es enterarse
perfil Bes
02/01/2010 18:47
El problema es que el colegio no nos quiere informar de esas cosas y ponen como escusa la protección del menor. La madre cuenta en el colegio todos los juicios y denuncias que tiene con el padre de la niña. Lo que no cuenta es que las denuncias no llevan a ninguna parte porqué no gana los juicios ya que son denuncias absurdas, a saber qué mentiras cuenta, la profesora de la niña dice que no quiere verse involucrada en juicios y por eso no nos quieren decir nada. La niña, por otra parte, no cuenta nada, le tiene miedo a la madre. Dice que le pega mucho, de hecho, de más chiquita, contó que la madre le pegó (sin querer) y le revento la nariz por lo que, por medio de la niña no sabemos nada, la madre no le deja que hable. Sabemos, por ejemplo, que la niña va a catequesis para hacer la comunión, una vez se le escapó pero no hay forma de que vuelva a hablar del tema. No sabemos ni tan siquiera cuando va a hacer la comunión por lo que no podremos ir a la ceremonia. Abr14, la niña es hija de mi pareja aunque para mi es como si fuese también mia y, de hecho, tengo muy buena relación con ella.
02/01/2010 20:58
Hola:

Bes, vayamos por partes. En primer lugar, de ninguna manera, en mi opinión, se puede ni siquiera insinuar que sobre la menor pueda recaer o hacerse recaer alguna obligación de informar sobre las actividades escolares. Estoy en contra de algunos comentarios. No soy partidario de que los hijos se impliquen en problemas que no debieran afectarles a sus vidas, suficientes problemas deberán afrontar de adultos. A esas edades si hay que educarles con ciertas dosis de responsabilidad, pero a pequeños sorbos, suavecito. Si la niña cuenta de “motu propio” que va a tener una fiesta, perfecto, o si nos trae las notas ella, perfecto, pero en ningún caso ha de ser mensajera de nadie. La obligación de informar al progenitor no custodio acerca de todos los aspectos significativos de la vida del menor, educativos y sanitarios entre otros, recae sobre el progenitor custodio en primer lugar, paralelamente el centro educativo o sanitario también tiene su responsabilidad a la hora de informar o, mejor dicho, de posibilitar un correcto ejercicio de la Patria Potestad. La obligación del centro educativo, en este caso, no sólo se circunscribe al simple hecho de informar de unas calificaciones escolares, es mucho más amplia. Entre otras muchas obligaciones estarían:

1.- Posibilitar al no custodio la participación en el Consejo Escolar y en las elecciones al mismo, así como al AMPA.

2.- Comunicar al no custodio cualquier incidencia extraordinaria sobrevenida en relación con la menor durante el horario lectivo. Por ejemplo, un accidente dentro del horario lectivo o una indisposición de la menor.

3.- Solicitar del no custodio permiso para la realización de cualquier actividad digamos especial: excursiones, visitas, etc.

4.- Comunicar e invitar a la participación del no custodio a cualquier actividad donde se permita el acceso al centro a los padres y madres de alumnos.

5.- En el caso de hacer uso del comedor escolar el menú habrá de comunicarse a ambos progenitores.

6.- El progenitor no custodio tiene derecho a tutorías y a entrevistarse con todos los profesores que intervienen en la educación de la menor.

7.- El progenitor no custodio tiene derecho a ejercer un control efectivo sobre los contenidos de las materias que se imparten a sus hijos.

Todo ello a bote pronto, no hacerlo es una vulneración de nuestros más elementales derechos como personas y, por tanto, de nuestros más elementales derechos constitucionales. Se podrían citar muchas más cuestiones pero valga este botón como muestra, pues, en definitiva, son AMBOS progenitores quienes deben ser los artífices de la educación de sus hijos, esto nada tiene que ver con el hecho de quien ostente la custodia sino con quien ejerce la PATRIA POTESTAD que, salvo casos muy excepcionales, es siempre conjunta. Es más, el ejercicio correcto de la patria potestad EXIGE, es obligatorio, que ambos progenitores participen de forma activa en la educación de los hijos. Aunque nos pongan mil y un impedimentos y obstáculos en el ejercicio de las obligaciones derivadas de la patria potestad, los no custodios debemos pelear por ejercerla, de no hacerlo, a posteriori, nuestra conducta sería reprochable y, de hecho, dicha conducta es susceptible de ser valorada por un juez en cualquier proceso donde vengan a dirimirse cuestiones relacionadas con nuestros hijos.

Lamentablemente el personal de los centros educativos viene a asimilar la custodia con un título de propiedad exclusiva del menor. Craso error, sobre todo porque semejante personal está ejerciendo la profesión y función docente, aviados estamos cuando en manos de este personal se deposita la educación de nuestros hijos.
02/01/2010 20:59
Como quiera que esta conducta “obstructiva”, por parte de los centros educativos y sanitarios, está muy extendida en España y que en este país el que no llora no mama, es decir, no se cumplen con las obligaciones y hay que recordárselas al que las tiene, existen una serie de protocolos para hacer efectivo el cumplimiento de estas obligaciones.

En este foro, por cuestiones de espacio y limitación de recursos, no por falta de ganas, no le puedo enviar dichos protocolos, incluidos escritos para ser presentados de forma oficial, con los que se vienen a recordar estas obligaciones al personal a cargo de centros sanitarios y educativos. Una vez presentados, bajo un correcto protocolo, dichos escritos, pretender hacer oídos sordos a nuestros requerimientos como padres no custodios, hay personal educativo y sanitario duro de mollera, implicaría tener que asumir una serie de responsabilidades, cuando menos en tres campos, civil, penal y administrativo. Seguir negándoles con semejante desparpajo y mala leche, no puede alegar ignorancia quien está especialmente obligado a conocer, lo que es derecho y obligación del progenitor no custodio tiene un precio y puede ser muy alto. Tomo nota de ese argumento, para mi listado de despropósitos, de la protección del menor como base para negarles una larga lista de derechos y el ejercicio de obligaciones, ¡Qué mala leche se gastan algunos personajes!

Pongo a su disposición, Bes, escritos, protocolo y la correspondiente sustentación jurídica de los mismos. Mi e-mail es aitz_mendi@yahoo.es

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
03/01/2010 12:20
Pero, es que la gente no quiere lios,con una niña de esa edad, lo lógico es que ella misma cuente, si es verdad que quiere que la vayan a ver.

¿No tienen ningún padre o madre conocido que les pudiera dar esa información? la verdad es que es rao.
03/01/2010 12:30
Lo que hay que hacer es ir poniendo demandas a los colegios que no quieren dar informacion al no custodio para que vayan aprendiendo que con los hijos de los demas no se juega.
Emigrante a mi también me interesan esos papeles por si un dia los necesitamos, con su permiso le voy a mandar un e-meil
03/01/2010 13:38
Estoy muy de acuerdo con cumplir las leyes, emigrante. Pero a ver si algunos no custodios las cumplen de verdad, y no sólo para ir a conciertos y festejos...
03/01/2010 15:00
yo en tu lugar amenazaria al colegio con denunciarles eres supadre no un extraño.
a mi me pasaba algo parecido y les amenace con denunciarles y a partir de entonces sin problemas
04/01/2010 05:16
Hola:

Sanfliz, ya le he enviado la información, como le he indicado mi deseo sería que nunca tuviera que utilizarla, señal de que todo transcurre dentro de los cauces de la sensatez.

Indiscreta, comprendo más de lo que se imagina su sentir, aunque también he de decirle que la ley, para mí, no tiene especial significación. Yo no busco legalidades, voy más allá y busco justicia, aunque, dicho sea de paso, como ironizan muchos profesionales del derecho, los tribunales sean el último sitio donde buscarla. Hay leyes injustas, buena prueba de ello la tenemos en este país, con sus leyes inconstitucionales o anticonstitucionales. La ley, si justa, dos veces ley.

Y, sí, para mi es igualmente delictivo el despojar a un menor de la figura paterna como que un padre no pague pensiones pudiendo hacerlo o que no se cumpla con cualesquiera otras de las atenciones que ha de tener un padre con sus hijos. Lamentablemente, en este país de legalidades injustas, no se viene a perseguir de igual manera unos y otros comportamientos objetivamente delictivos, luego la discriminación brilla por su presencia. No será ajena, supongo y por ejemplo, a que el incumplimiento en el pago de la pensión de alimentos por dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos es un delito por el cual a un padre se le encarcela, así lo prevé nuestra legislación, sin embargo, que curioso, el incumplimiento del vejatorio, lo digo más por los hijos, aunque no es ajena la vejación al padre, régimen de visitas, no es ni chicha ni limonada, una madre puede impedir el contacto con los hijos al padre como le venga en gana. Habrán de pasar años hasta que reciba algún tipo de accionar judicial serio. Transcurridos dichos años, es lógico, el padre de turno, somos ya millones en este país, se convertirá, indefectiblemente, en Einstein para pagar el vil “bill” y, al mismo tiempo, mutará en mono de feria, circo o zoológico, al cual sus hijos van a visitar como de si una actividad extraescolar se tratara. Con suerte, hay hijos educados muy maternalmente, le llevaran al padre una banana y volverán a casa con las conciencia tranquila de quien a alimentado al pobre o a dado de comer a los patos. Sinceramente, la presencia, contra mi voluntad, de mis hijos en este país y la mía propia me induce al vómito diario matinal. Adivine porque aún resisto en España, aunque no por mucho tiempo más. Espero, en cualquier caso, volver a zapatear por esos mundos de Dios o del Diablo. Entiendo que mientras haya vida y sin perjuicio de poder darla por mis hijos, si nos roban la dignidad como personas de nada sirve la paternidad.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo