Hola a todos. Van a vender unos solares-parcelas justo detrás de mi casa. Concretamente una hace linde con mi casa. ¿Tengo preferencia según la ley a poder comprarla? ¿Exisre alguna ley que indique que los linderos puedan comprar preferentemente esa propiedad? Es en Andalucía. Gracias.
Existe una figura que se llama derecho de tanteo, que viene a decir, en terminos coloquiales, que en alguna ocasión existe el deber de tantear al colindante para ver si está dispuesto a comprar en las mismas condiciones que le han ofrecido otras personas, y en igualdad de condiciones tiene preferencia el colindante sobre los terceros.
Esta figura si existe en las fincas rústicas, y se exige que el que lo vaya a ejerecer sea agricultor, y la finalidad es evitar el minifunidio, recogida en el artículo 1523 del código civil.
Pero en el ámbito mas urbano, en solares y parecelas no está tan generalizado. Hay casos en que sí puede recogerse como son los solares inedificables por si mismos, pero parece que no es el caso.
En principio no creo que logres encontrar la ley que te reconozca este derecho, pero es posible que pudiera venir establecido en los titulos constitutivos de la urbanización si se trata de una urbanización, es lo que se llama tanteo convencional, porque lo han recogido directamente los promotores de la urbanización de forma voluntaria. Mira a ver si por aquí pudieras encontrar algo, sino va a ser dificil que encuentres alguna ley o norma que te de este derecho de preferencia. Un saludo y suerte
Gracias Jar por tu respuesta, seguiré investigando.
¿No hay nadie que haya querido comprar una parcela colindante, que linda con su propiedad? ¿Tiene preferencia?