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¿tenido por confeso?

1 Comentarios
 
¿tenido por confeso?
23/02/2006 11:16
Perdón por el atrevimiento, a lo mejor es muy obvio


En la Ley de Proc. Laboral se dice respecto de la confesión en juicio:
si el llamado a confesar no comparece sin justa causa a la primera citación, rehusase declarar o persistiese en no responder afirmativa o negativamente, a pesar del apercibimiento que se le haya hecho, podrá ser tenido por confeso en la sentencia.


Mi pregunta es si en lo civil, LPC, hay algo así que se pueda alergar si el demandado no asiste, ¿se puede pedir que se le tenga por confeso?

Muchas gracias de antemano
23/02/2006 12:36
Abierto el acto de juicio a prueba, ha de solicitar el interrogatorio de parte, con especial mención que en caso de no comparecer se de por confeso.

Artículo 304 LEC

ivanfv@icab.es