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Terminacion contrato

10 Comentarios
 
Terminacion contrato
24/06/2005 13:49
Este año finaliza el contrato de alquiler, han pasado 5 años y luego 3 años de prorroga. El propietario quiere seguir con el alquiler, no se que me interesa mas si prorrogar el que tengo o hacer uno nuevo.
¿Podeis ayudarme por favor?
24/06/2005 13:49
Perdon, si lo renuevo ¿por cuanto tiempo seria? ¿un año? o seria por 5 años
24/06/2005 22:10
Tienes que hacer uno nuevo porque el antiguo ya ha vencido y si sigues alquilado sin contrato en cualquier momento te podria echar,,,el nuevo contrato lo puedes estipular por el tiempo que quieras porque sera volver a empezar,,es decir,,aunque pongas solo un año se renovara automaticamente de año en año hasta cinco años y solo te podra subir el IPC,,conclusion si quieres seguir en la vivienda haz un nuevo contrato.
27/06/2005 08:17
Muchas Gracias marissa, una pregunta ¿el año que viene tendria derecho a la desgravacion en Hacienda? Porque al hacer un nuevo contrato ya no seria de antes del 1998 y creo que entonces no tengo derecho a la desgravacion ¿es asi?
27/06/2005 12:26
Tengo una duda sobre lo que manifiesta marissa.
Dice que ha estado 5 años mas otors 3 años.
Si no hace contrato nuevo, ¿no puede seguir en la misma situacion, o sea prorroga de 3 en 3 años o la ley establece un tope de prorrogas?.
28/06/2005 08:28
Yo tambien tengo esa duda, ¿no se puede prorrogar el contrato?
Podrias aclararme esa duda por favor. Muchas gracias
28/06/2005 11:12
Se prorroga el contrato pero año a año
28/06/2005 19:30

Respecto a esta cuestión la jurisprudencia esta dividida, hay quién dice que se aplica el Código Civil, la tácita reconducción mes a mes según el período de pago y hay quién defiende que se prorroga por un año por aplicación de la LAU en combinación con el CC.
Ah! por cierto el Parlamento está a punto de aprobar una reforma del plazo mínimo obligatorio para le arrendador de 5 años pasará a 3. Desde luego los políticos, todos, se lucen por la protección que dispensan a los inquilinos. En lugar de bajar el plazo lo que tendrían que hacer es subirlo que 5 años pasasn enseguida y proppicia el abuso de propietarios sin escrupulos. Hablo de estos no de todos los propietarios.
23/08/2005 11:05
Soy propietaria de vivienda en alquiler y sin embargo estoy de acuerdo con lo que dice mariopez1.

No tenia ni idea de esa intención de reformar el plazo de prorroga y me sorprende y preocupa, porque entiendo que solo puede servir para aumentar la especulación.

En mi opinión, las medidas que se deberian tomar para mejorar el mercado de alquiler de una forma razonable para todos, son aquellas que protejan el cumplimiento de lo acordado, por ej. facilitar medidas para los avales de pago (como por ej. seguros) y agilizar los desahucios por impago (que se pueden extender hasta 8 meses a pesar de las mejoras ya introducidas).

Mi opinión como arrendador, es que prefiero mil veces un inquilino estable y cumplidor , y contento por que tiene una renta ligeramente por debajo del valor de mercado , que inquilinos afixiados por la renta y que cambian constantemente, incumpliendo pagos.
25/08/2005 20:59
Hola, te mando esta información, que he encontrado en la ley de arrendamientos urbanos, por si te ayuda en algo:
"Una vez transcurrido el periodo de cinco años, bien porque ésta fue la duración que se pactó o porque ha habido prórrogas, el contrato se extingue si cualquiera de las partes comunica a la otra con un mes de antelación su voluntad de no renovarlo. Si ninguna de las partes manifiesta tal voluntad, el contrato se prórroga por tres años más. Este último plazo es obligatorio para el arrendador, aunque el arrendatario puede dar por terminado el contrato cada vez que pase una anualidad, para lo que debe comunicárselo al arrendador con una antelación de un mes.
Hasta aquí bien,...
"Cabe la posibilidad de que no se haya pactado plazo, bien porque nada se diga en el contrato o bien porque el contrato se celebre verbalmente y no sea posible probar cuál es la duración pactada. En este caso, el contrato se entiende celebrado por un año y al finalizar el año se aplica lo dicho sobre la prórroga. ....

Las prórrogas son obligatorias para el arrendador, pero voluntarias para el arrendatario, de tal forma que el contrato quedará extinguido si el arrendatario manifiesta al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

Esto continúa si quieres más información comunícamelo y te la mando.
No se si te vale de algo, creo que lo mejor es que renueves tu contrato de alquiler.
Suerte y cuidado.
31/08/2005 11:13
Os recuerdo que hay una gran diferencia entre renovar y seguir, si renueva lo hará año a año pero seguirá pagando lo mismo
Si decide hacer un nuevo contrato, el propietario podrá pedirle lo que quiera
En todo caso, hay que recordar que, en última instancias y llegamos a este punto, es una decisión del propietario si se hace nuevo contrato o no o si sube o no, en caso de que desee seguir, claro.
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Terminacion contrato
24/06/2005 13:49
Este año finaliza el contrato de alquiler, han pasado 5 años y luego 3 años de prorroga. El propietario quiere seguir con el alquiler, no se que me interesa mas si prorrogar el que tengo o hacer uno nuevo.
¿Podeis ayudarme por favor?
24/06/2005 13:49
Perdon, si lo renuevo ¿por cuanto tiempo seria? ¿un año? o seria por 5 años
24/06/2005 22:10
Tienes que hacer uno nuevo porque el antiguo ya ha vencido y si sigues alquilado sin contrato en cualquier momento te podria echar,,,el nuevo contrato lo puedes estipular por el tiempo que quieras porque sera volver a empezar,,es decir,,aunque pongas solo un año se renovara automaticamente de año en año hasta cinco años y solo te podra subir el IPC,,conclusion si quieres seguir en la vivienda haz un nuevo contrato.
27/06/2005 08:17
Muchas Gracias marissa, una pregunta ¿el año que viene tendria derecho a la desgravacion en Hacienda? Porque al hacer un nuevo contrato ya no seria de antes del 1998 y creo que entonces no tengo derecho a la desgravacion ¿es asi?
27/06/2005 12:26
Tengo una duda sobre lo que manifiesta marissa.
Dice que ha estado 5 años mas otors 3 años.
Si no hace contrato nuevo, ¿no puede seguir en la misma situacion, o sea prorroga de 3 en 3 años o la ley establece un tope de prorrogas?.
28/06/2005 08:28
Yo tambien tengo esa duda, ¿no se puede prorrogar el contrato?
Podrias aclararme esa duda por favor. Muchas gracias
28/06/2005 11:12
Se prorroga el contrato pero año a año
28/06/2005 19:30

Respecto a esta cuestión la jurisprudencia esta dividida, hay quién dice que se aplica el Código Civil, la tácita reconducción mes a mes según el período de pago y hay quién defiende que se prorroga por un año por aplicación de la LAU en combinación con el CC.
Ah! por cierto el Parlamento está a punto de aprobar una reforma del plazo mínimo obligatorio para le arrendador de 5 años pasará a 3. Desde luego los políticos, todos, se lucen por la protección que dispensan a los inquilinos. En lugar de bajar el plazo lo que tendrían que hacer es subirlo que 5 años pasasn enseguida y proppicia el abuso de propietarios sin escrupulos. Hablo de estos no de todos los propietarios.
23/08/2005 11:05
Soy propietaria de vivienda en alquiler y sin embargo estoy de acuerdo con lo que dice mariopez1.

No tenia ni idea de esa intención de reformar el plazo de prorroga y me sorprende y preocupa, porque entiendo que solo puede servir para aumentar la especulación.

En mi opinión, las medidas que se deberian tomar para mejorar el mercado de alquiler de una forma razonable para todos, son aquellas que protejan el cumplimiento de lo acordado, por ej. facilitar medidas para los avales de pago (como por ej. seguros) y agilizar los desahucios por impago (que se pueden extender hasta 8 meses a pesar de las mejoras ya introducidas).

Mi opinión como arrendador, es que prefiero mil veces un inquilino estable y cumplidor , y contento por que tiene una renta ligeramente por debajo del valor de mercado , que inquilinos afixiados por la renta y que cambian constantemente, incumpliendo pagos.
25/08/2005 20:59
Hola, te mando esta información, que he encontrado en la ley de arrendamientos urbanos, por si te ayuda en algo:
"Una vez transcurrido el periodo de cinco años, bien porque ésta fue la duración que se pactó o porque ha habido prórrogas, el contrato se extingue si cualquiera de las partes comunica a la otra con un mes de antelación su voluntad de no renovarlo. Si ninguna de las partes manifiesta tal voluntad, el contrato se prórroga por tres años más. Este último plazo es obligatorio para el arrendador, aunque el arrendatario puede dar por terminado el contrato cada vez que pase una anualidad, para lo que debe comunicárselo al arrendador con una antelación de un mes.
Hasta aquí bien,...
"Cabe la posibilidad de que no se haya pactado plazo, bien porque nada se diga en el contrato o bien porque el contrato se celebre verbalmente y no sea posible probar cuál es la duración pactada. En este caso, el contrato se entiende celebrado por un año y al finalizar el año se aplica lo dicho sobre la prórroga. ....

Las prórrogas son obligatorias para el arrendador, pero voluntarias para el arrendatario, de tal forma que el contrato quedará extinguido si el arrendatario manifiesta al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

Esto continúa si quieres más información comunícamelo y te la mando.
No se si te vale de algo, creo que lo mejor es que renueves tu contrato de alquiler.
Suerte y cuidado.
31/08/2005 11:13
Os recuerdo que hay una gran diferencia entre renovar y seguir, si renueva lo hará año a año pero seguirá pagando lo mismo
Si decide hacer un nuevo contrato, el propietario podrá pedirle lo que quiera
En todo caso, hay que recordar que, en última instancias y llegamos a este punto, es una decisión del propietario si se hace nuevo contrato o no o si sube o no, en caso de que desee seguir, claro.