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terraza techo

2 Comentarios
 
Terraza techo
13/05/2008 14:24
es posible que este tema ya este en el foro y pido disculpas por no saber buscar.

mi vivienda da acceso al techo de la vivienda de abajo y tengo acceso a este por una puerta.en las escrituras no viene especificado como parte de mi vivienda..

el problema es que yo hago uso de esta terraza incluso tengo plantas, los vecinos decian que la terraza no es mia , con lo que estoy de acuerdo, pero yo les digo ke tengo uso y disfrute privatvo-me equivoco? y que puedo poner plantas.

en la ultima junta acordaron qeu la terraza pasaria a ser de mi propiedad por lo cual los arreglos de esta corriea de mi parte, con lo que yo no estoy de acuerdo para nada.

el caso esque ellos quieren que sea mia para que me haga cargo de la reparacion de la misma y yo me niego puesto que a mi parecer ya tengo el uso y disfrute de la misma , pero sigue siendo un elemento comun del edificio, pues forma parte del forjado de la vivienda y techo de la vivienda inferior a la mia.

tengo muchas dudas y no se si me explique bien...

agradeciendo de antemano vuestra ayuda... un saludo
13/05/2008 19:45
1º Para tener el uso y disfrute de la terraza, tiene que venir puesto en tu escritura de forma bien clara, si no es así la terraza pertenece a la comunidad.
2º no entiendo que en una junta se acuerde, que pase a tu propiedad un elemento común, dado que esto conlleva realizar escrituras nuevas de todos los propietarios
3º aceptastes a ser propietario? porque nadie te puede obligar a pasar a poseer algo que tu no deseas.
4º de todas formas está un poco confuso, entiendo que dices que la terraza esta encima de tu vecino de abajo, que que accedes a ella a traves de una puerta independiente de tu vivienda, no desde la misma.
perfil TN
14/05/2008 10:04
No, Jalisco, no necesariamente tiene que venir en la escritura para tener el uso y disfrute.

Puede no indicar nada y ser de uso y disfrute por tener sólo acceso desde su vivienda, siempre que sea un acceso tipo puerta, nada de por una ventana, etc...son los llamados elementos comunes por destino.

Walior, no puede obligarte a que sea tuyo (en todo caso si te lo regalan, te conviene, pues aumenta tu propiedad, lo cual aumenta el valor de tu vivienda, pues no tiene el mismo valor un uso y disfrute que una propiedad), pero ten en cuenta que el uso y disfrute de esa terraza implica, entre otras cosas, que no puedas tener cosas en ella, lo cual afecta a las plantas, por ejemplo. Realmente el tema de las plantas en patios o terrazas cuando son elementos comunes, es una tontería, pues meterse en juicios o similares por esas cosas es absurdo, en todo caso aquí el problema es otro y te pueden buscar "las cosquillas" por ese y otros temas.