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Terreno rústico, casa nueva derribando casa vieja

3 Comentarios
 
Terreno rústico, casa nueva derribando casa vieja
27/06/2020 00:20
Hola a todos, mi consulta es la siguiente, ¿Es posible construir una casa nueva en un terreno rústico en el lugar dónde había una casa antigua que ha sido derribada y solo han dejado la fachada? Es decir, han tirado la casa de la fachada para atrás y desde ahí se está construyendo la vivienda nueva, incluso añadiéndole más metros. Es en la Comunidad Valenciana y el terreno no tiene 10.000 metros.
27/06/2020 10:55
Postermi
Si existe licencia concedida y las obras se ajustan a proyecto y las posibles condiciones impuestas en la licencia, ¿porqué no?
27/06/2020 17:00
alga
Gracias por tu respuesta alga. Desde hace un tiempo tengo como proyecto irme a vivir a alguna zona rústica, tras consultar a los técnicos municipales de urbanismo, su respuesta siempre fue que podría rehabilitar una vivienda, pero nunca derribarla y construir una nueva. O eso, o adquirir un terreno de, al menos, 10.000m para construir una vivienda con una serie de restricciones. Por eso me ha llamado la atención la situación sobre la que pregunto, y dado que mis conocimientos sobre derecho y urbanismo son nulos, aprovecho para consultarlos. Si la medida de derribar una vivienda a excepción de la fachada es legal, me podria facilitar las cosas.
27/06/2020 19:52
Postermi
Creo que no me has entendido, desde el desconocimiento de la normativa urbanística de aplicación al supuesto planteado, digo que la ejecución es perfectamente legal en tanto sea conforme a proyecto y licencia concedida. Ese desconocimiento no me autoriza a manifestarme de otra forma.

Del mismo modo opinaría en el caso de que presentaras un proyecto para construir tu vivienda, el ayuntamiento le concediera licencia y no te apartaras de sus condiciones para realizarla. Intento que se entienda que lo que pueda o no nacerse en esa clase de suelo, dependerá de las condiciones que imponga la normativa del PGOU para uno y otro supuesto.

Si no has comprado y para evitar sorpresas desagradables, sugiero que antes de adquirir ningún compromiso en ese sentido, solicites la cédula urbanística o en su caso un informe urbanístico en el ayuntamiento aportando la referencia catastral del terreno que te interese .
Terreno rústico, casa nueva derribando casa vieja | PorticoLegal
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Terreno rústico, casa nueva derribando casa vieja

3 Comentarios
 
Terreno rústico, casa nueva derribando casa vieja
27/06/2020 00:20
Hola a todos, mi consulta es la siguiente, ¿Es posible construir una casa nueva en un terreno rústico en el lugar dónde había una casa antigua que ha sido derribada y solo han dejado la fachada? Es decir, han tirado la casa de la fachada para atrás y desde ahí se está construyendo la vivienda nueva, incluso añadiéndole más metros. Es en la Comunidad Valenciana y el terreno no tiene 10.000 metros.
27/06/2020 10:55
Postermi
Si existe licencia concedida y las obras se ajustan a proyecto y las posibles condiciones impuestas en la licencia, ¿porqué no?
27/06/2020 17:00
alga
Gracias por tu respuesta alga. Desde hace un tiempo tengo como proyecto irme a vivir a alguna zona rústica, tras consultar a los técnicos municipales de urbanismo, su respuesta siempre fue que podría rehabilitar una vivienda, pero nunca derribarla y construir una nueva. O eso, o adquirir un terreno de, al menos, 10.000m para construir una vivienda con una serie de restricciones. Por eso me ha llamado la atención la situación sobre la que pregunto, y dado que mis conocimientos sobre derecho y urbanismo son nulos, aprovecho para consultarlos. Si la medida de derribar una vivienda a excepción de la fachada es legal, me podria facilitar las cosas.
27/06/2020 19:52
Postermi
Creo que no me has entendido, desde el desconocimiento de la normativa urbanística de aplicación al supuesto planteado, digo que la ejecución es perfectamente legal en tanto sea conforme a proyecto y licencia concedida. Ese desconocimiento no me autoriza a manifestarme de otra forma.

Del mismo modo opinaría en el caso de que presentaras un proyecto para construir tu vivienda, el ayuntamiento le concediera licencia y no te apartaras de sus condiciones para realizarla. Intento que se entienda que lo que pueda o no nacerse en esa clase de suelo, dependerá de las condiciones que imponga la normativa del PGOU para uno y otro supuesto.

Si no has comprado y para evitar sorpresas desagradables, sugiero que antes de adquirir ningún compromiso en ese sentido, solicites la cédula urbanística o en su caso un informe urbanístico en el ayuntamiento aportando la referencia catastral del terreno que te interese .