Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Testamento

2 Comentarios
 
Testamento
19/05/2005 23:00
A quioen me pueda ayudar:
Hace unos días acudi con mi mujer a una notaría para hacer testamento. Nuestro deseo, y así lo expresamos, fue de que los bienes, al fallecimiento de uno de los conyuges pasen al otro, y caso de falleciemiento de ambos pasen a los hijos por partes iguales.¿ Esto significa que mientras uno de los conyuges viva , los hijos ni pinchan ni cortan ?.
Se me olvidó esta consulta en notaría y pronto nos llamarán para firmar. Muchas gracias.
perfil GCA
20/05/2005 11:58
No exactamente. Los hijos son herederos legítimos, y por lo tanto dos terceras partes de vuestros bienes son irremediablemente para ellos una vez que fallezcais los dos. En el testamento que propones, lo que se suele indicar es que si uno fallece el otro se convierte en usufructuario vidual de los bienes del fallecido, pero la nuda propiedad corresponderá a los hijos. Normalmente, lo que se hace en estos testamentos es condicionar el que los hijos hereden la propiedad de todos los bienes del padre fallecido (en lugar de las dos terceras partes exclusivamente) siempre y cuando respeten el usufructo vidual del otro padre, pero no están obligados a respetarlo por norma general. Lo que tiene que quedar claro es que si fallece el padre y sus bienes son 900, 600 de esos 900 son obligatoriamente para los hijos y solo 300 serán para la madre. Lo que se pone en estos testamentos es que la madre será usufructuaria vidual de los 900 y que si los hijos respetan este usufructo, cuando fallezca la madre heredarán la propiedad de los 900.
http://webs.ono.com/grupocampoy
20/05/2005 14:41
Mi marido y yo estamos casados en régimen de gananciales y ambos somos propietarios de nuestro piso al 50%.
Lo que hicimos en el testamento fue que el 50% del cónyuge que falleciera se repartiera de la siguiente forma:
1/3 obligatoriamente para los hijos
1/3 obligatoriamente para el otro cónyuge
1/3 de libre disposición: para el otro cónyuge
Fue la recomendación del Notario. ¿Es esto correcto?