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tiempo de alquiler

2 Comentarios
 
Tiempo de alquiler
25/02/2007 11:35
Por motivos laborales me voy a desplazar fuera de España por un periodo de 1 a 3 años, a partir del primer año en cualquier momento puedo volver a España. Quiero alquilar mi casa mientras estoy fuera. Mi pregunta es puedo dar por acabado el contrato de alquiler en el momento que tenga que volver. La empresa me lo comunicaria 3 meses antes de tener que hacerlo.
26/02/2007 09:22
Si. puedes hacer un contrato de temporada, si el inquilino no destina el piso a su vivienda habitual en el cual te reservas la posibilidad de volver a tu casa previo aviso.

También pudes hacer un contrato de vivienda habitual, anual, y por lo tanto prorrogable a voluntad del inquilino hasta un máximo de 5 años de duración, y en este caso debes reservarte tu derecho a retornar por necesidad, art 9.3. LAU.
26/02/2007 10:50
Hola manolete. Coincido con las respuestas que le ha dado el Sr Ignacio.

Le recomiendo que acuda a un/a profesional de la abogacía para que le explique las diferencias entre un tipo de contrato y otro( Vivienda o Temporada) y sea el/ella quien se lo redacte. Así evitará, en la medida de lo posible, problema futuros.

Un saludo.
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Tiempo de alquiler
25/02/2007 11:35
Por motivos laborales me voy a desplazar fuera de España por un periodo de 1 a 3 años, a partir del primer año en cualquier momento puedo volver a España. Quiero alquilar mi casa mientras estoy fuera. Mi pregunta es puedo dar por acabado el contrato de alquiler en el momento que tenga que volver. La empresa me lo comunicaria 3 meses antes de tener que hacerlo.
26/02/2007 09:22
Si. puedes hacer un contrato de temporada, si el inquilino no destina el piso a su vivienda habitual en el cual te reservas la posibilidad de volver a tu casa previo aviso.

También pudes hacer un contrato de vivienda habitual, anual, y por lo tanto prorrogable a voluntad del inquilino hasta un máximo de 5 años de duración, y en este caso debes reservarte tu derecho a retornar por necesidad, art 9.3. LAU.
26/02/2007 10:50
Hola manolete. Coincido con las respuestas que le ha dado el Sr Ignacio.

Le recomiendo que acuda a un/a profesional de la abogacía para que le explique las diferencias entre un tipo de contrato y otro( Vivienda o Temporada) y sea el/ella quien se lo redacte. Así evitará, en la medida de lo posible, problema futuros.

Un saludo.