Artículo 97. Forma de la sentencia.
1. El juez o tribunal dictará sentencia en el plazo de cinco días, publicándose inmediatamente y notificándose a las partes o a sus representantes dentro de los dos días siguientes.
Como todos los juzgados, el plazo es de 5 días para dictar sentencia y dos mas para comunicarla... Otra cosa diferente es que hubiera recurrido, lo cual podría demorar un poco mas
Gracias. Me aclaró completamente la duda. Lo único que no consigo comprender es porqué no está estipulado un tiempo límite para las sentencias. Ya que en casos que esten "politizados", la sentencia se alarga eternamente....
Hola:
Vamos a ver si soy capaz de explicártelo.
Hay procedimientos que son preferentes y urgentes respecto a los que se establecen unos plazos para dictar Sentencia y, otros plazos que no establecen plazos. Pero, ni aún en aquellos procedimientos en los que se establecen plazos para dictar Sentencia se tienen que respetar ya que los Jueces y Tribunales tienen la potestad de no cumplirlos.
Cosa diferente es los plazos procesales desde el punto de vista del administrado. Estos si son sagrados e inexcusables, pero no los existentes para el dictamen de resoluciones.
No existe ningún recurso, sólo cabe esperar y, como mucho, pasarte por el Juzgado para interesarte por el asunto.
Hola.
En primer lugar gracias por contestar. Y en segundo lugar, me gustaría formular una segunda pregunta: Depende de varios factores, pero, no hay un tiempo máximo? No se puede formular ningún tipo de recurso, cuando se ve que la sentencia está "aparcada?
Hola:
Todo depende del volumen de trabajo que tenga el Juzgado, de lo diligente que sea el ó la Juez que, a su vez va en función del nº de Juzgados de lo Social que haya, máxime si estamos hablando de un procedimiento que no es sumario y urgente.
Un saludo
Tiempo límite para sentencia juzgado de lo social.
¿Podrían indicarme cual es el tiempo límite para que salga una sentencia por despido de personal laboral de la administración local, por un juzgado de lo social?