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trabajador de la comunidad

3 Comentarios
 
Trabajador de la comunidad
16/06/2010 11:37
Una comunidad tiene trabajando a una persona, como servicios técnicos.
Esa persona trabaja para una empresa donde está dado de alta en la S.S., pero los trabajos para la Comunidad los hace fuera de las horas de la empresa.
¿Sirve la S.S. de la empresa para cubrirlo en el trabajo de la Comunidad?.
16/06/2010 18:08
Pues no, no sirve, si es autónomo sí, pero si trabaja por cuenta ajena, y tiene un accidente, fuera de su lugar de trabajo, se os va a caer el pelo
20/06/2010 12:32
Entonces, ¿que debe hacer un propietario de la Comunidad sobre esto?.
20/06/2010 17:28
Tenéis que plantearlo al presidente y si todos estáis de acuerdo en mantener a esta persona en esas condiciones, allá vosotros. Es posible que nunca ocurra nada y os estéis ahorrando una pasta, pero como ocurra y denuncie, ya sabéis a lo que os exponéis. De todas formas, hay muchas personas trabajando así. Andalucía está plagada de trabajos que no están declarados y se cobra por dos o tres trabajos, ¿Cómo crees tú que se aguanta con 5 millones de parados?