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¿trabajar ahora, será contraproducente?

9 Comentarios
 
31/03/2013 16:23
Es que aquí "tragamos con todo".
Siguiendo con el Ej. de Francia, si no recuerdo mal, ellos se podían jubilar a los 60 AÑOS con al menos 41 cotizados. Ahora la suben gradualmente de 60 a 62 (4 meses x año, creo), y ésta SERÁ LA EDAD DE JUBILACIÓN DE NUESTROS VECINOS FRANCESES.... 62 años con un mínimo de 41 años y 6 meses de cotización.

Cuando digo Gobierno, no me refiero al actual, sino a todos los políticos habidos, existentes y por venir ... todos van a lo mismo.

Y sobre los subsidios, más de los mismo : que si mayores 45, después mayores 52, en 4 días pasa a mayores 55, a los pocos meses mayores 55 con carencia de rentas .... Calculo que en verano ya lo pondrán a mayores de 58 años .... y así van "exterminando" a más ...

Sobre lo de la Jubilación, en los casos que los últimos años no has podido trabajar, aún queriéndolo, y este hecho te obliga a esperar la edad ... NO ES SUFICIENTE PENALIZACIÓN ESTAR 2, 3, 4, 5 o los AÑOS que sean SIN INGRESOS ???

Tengo claro el método con los despidos a 4 duros. El gobierno facilita a las Empresas el despido a 4 duros. Las Empresas van por los " Diplodocus " y los lanza al sistema. El gobierno nos consuela con prestaciones y subsidios ... se hace el paquete muy grande ... vamos a recortar esas prestaciones y subsidios ... las endureceremos y ya se eliminarán con el tiempo, pero vamos a endurecer que las empresas no sigan enviándonos diplodocus sino todos van a pre-jubilaciones ...

Ya podría aparecer una ADA COLAU en el tema de las jubilaciones.

De momento siguen aplicándonos el MÉTODO DE LA RANA (si la rana la pones en agua hirviendo salta, pero si las pones en un cazo de agua fría y vas calentando el agua, poquito a poco ... LAS RANAS SE CUECEN).

SalU2


31/03/2013 15:26
Me satisface vuestras respuestas, aprovecho para saludaros y desear lo mejor a todos los foreros. Un abrazo.
31/03/2013 14:46
marobara.

No había visto tu post.

Estoy TOTALMENTE de acuerdo.

En mi opinión, este gobierno y el anterior lo ÚNICO que REALMENTE están buscando es abaratar, COMO SEA Y CAIGA QUIÉN CAIGA, los gastos de pensiones de la SS ya que, con el índice de paro que hay en este país, cada vez es más difícil conseguir que haya suficientes trabajadores cotizando para poder pagar las pensiones de jubilación (precio que pagaremos muy caro nosotros no los que deciden por nosotros, sobre todo los que estamos en una franja de edad determinada). No hay que olvidar que la Ley 27/2011 es del anterior gobierno. Claro que Mariano está haciendo sus retoques sibilinos.

Por ej, en el tema del subsidio mayores de 55 años, está claro que el fin es abaratar considerablemente la futura pensión de jubilación de las personas mayores de 55 años que están en el paro (muchas de ellas, gracias al decretazo del Sr. Rajoy de febrero 2012).

Lo primero que hizo el gobierno actual fue facilitar considerablemente el despido de los mayores de 45/50 años (a precio de ganga).
Una vez conseguido ese primer objetivo, empieza con el 2º: reducir el número de personas que puedan optar al subsidio mayores de 55 años. De esa manera, muchas personas que NO podrán pagarse un convenio especial con la SS, verán cómo baja considerablemente la cuantía de su pensión de jubilación.
Tampoco hay que olvidar que la mayoría de los mayores de 50 años no tiene fácil encontrar un contrato de trabajo que no sea basura.

¡Objetivo conseguido! ¡Bajonazo de pensiones!

¿No te parece que, dada la situación a la que estamos llegando, sería más justo que cada persona cobrara una pensión de jubilación, en función de los años que haya cotizado y del nivel de sus cotizaciones? Así es en Alemania, Francia, Suecia, etc... Claro, que me parece que tampoco podría asumirlo nuestro sistema de SS.

Por cierto, cuando dicen que lo que se está haciendo en España es aplicar la misma normativa que en la UE, es MENTIRA.

Te cito un ejemplo. En Francia, se hace el cálculo de la pensión de jubilación sobre 25 años cotizados.
¿Cuál es la diferencia entre lo que se aplicará en el año 2022 en España (progresivamente) y lo que se aplica actualmente en Francia?
Para mí, una diferencia fundamental: en España será sobre los ÚLTIMOS 25 años antes de la edad de jubilación. En Francia, se hace sobre LOS 25 MEJORES AÑOS de la vida laboral. ¿A qué no es EXACTAMENTE lo mismo? Por ej, tú NO tendrías que comerte tanto el coco con las posibles lagunas de cotización.

Perdonadme por el rollo, pero es un tema que me indigna, sobre todo por la manera sibilina en la que toman las medidas y la desinformación que hay (en mi opinión, interesada).
¿Pensáis que hay mucha gente al corriente de estas nuevas medidas? ¡NI la SS es capaz de informar sobre los cambios! ¡Cuánto más difícil sea conseguir una información, mejor!

Un saludo.




31/03/2013 13:17
jovipez.

Estoy de acuerdo contigo.

La verdad es que pienso que NO debería aceptar ninguna de las 2 ofertas de trabajo que has indicado que tiene (no son legales).

Si un empresario empieza por no cumplir lo que establece la ley, es evidente que, más tarde o más temprano, el trabajador tendrá serios problemas. Vamos, que podría ser peor el remedio que la enfermedad.

Por lo tanto, con los datos que aportas, yo lo veo como tú: seguir cobrando el paro y, si no consigue encontrar un trabajo legal y duradero, intentar, cuando agote la prestación por desempleo, cobrar el subsidio mayores de 55 años.

Y luego, ya se verá lo que le depara la vida.

Un saludo.



31/03/2013 12:55
Jovipez,
ves ... como preguntabas con total conocimiento !.
Todo lo que expones en tu anterior post es "LA CRUDA REALIDAD" para los que somos "maduritos".
* Si nos han echado del trabajo, teniendo ya una larga carrera laboral, con una edad entre los 50 a 55 años o más ... Cómo pretenden que iniciemos una 2ª y larga carrera de cotización durante el último tramo de nuestra vida laboral ... que serían 15 años o más de cotizaciones a la SS ???
* Qué trabajos podemos optar ... ? Pues los 2 que has indicado son un claro ejemplo.

Y como dice Liberté ... yo tampoco las tengo todas conmigo que este tipo de jubilación "forzosa" o "de época de crisis" a los 61 o 61 años y algunos meses (según corresponda) se mantengan para las solicitudes hasta el 31.12.18.

Una vez han facilitado los despidos, precisamente, de los profesionales a partir de 45 años, endurecen más la jubilación ordinaria, anticipada voluntaria, anticipada "de crisis", parcial ...
Quizás tu amigo, cuando termine el Paro (en Agosto 2013) y digamos que cumple los 59 años en 2013 y, seguimos pensando que pueda tener derecho al subsidio mayores 55 años, pueda seguir completando sus cotizaciones con el Conv Esp de la SS .... con un par de años (2015 ó 2016) quizás ... pueda optar por esa pre-jubilación.

"Ah, y cómo denuncies ó digas algo a los sindicatos, estás señalado como conflictivo"
Marcado ? NO, despedido. Y además, a partir del 01.04.13 (creo que es esta fecha) NO puedes estar incluido en ningún sistema de la SS. O sea, que si te contratan (con un contrato basura, por supuesto!) y luego te despiden .... creo que ya no se tiene derecho a ese tipo de jubilación especial.

Creo que el Gobierno está pensando (entre otras cosas) como forzar a "este colectivo" para incluirlo de nuevo al mundo laboral, o sea, que llegado a los 61 años ya no cumpla todos los requisitos.

Sólo es una opinión de no experta, sino de afectada, plenamente.

SalU2

PD: Liberté, no importa. Tu respuesta es muy profesional.

31/03/2013 11:52
Marobara, Liberté : muchísimas gracias por vuestras respuesta, (solo aclarar la impaciencia, porque en el caso que expongo, el sujeto no sabe que hacer, le avisan para dos trabajos, uno con horario de 10 h., 500 € y otro de 11 horas diarias de lunes a sábado, y 650 € mensuales y seguridad social de 4 horas nada más) Es imposible encontrar gente honrada que quiera contratar a obreros respetando un mínimo de derechos y encima te dicen "hay en la cola esperando muchos que lo hacen por menos". esto es ilegal, pero ó tragas ó te olvidas de trabajar por ahora) así que seguir cobrando el paro y después solicitar la subvención NO debería ser lo más ortodoxo, pero, es que menudo país hemos creado. Los pocos empresarios que necesitan trabajadores están aprovechando la época de vacas flacas, ya mismo tendrán esclavos y látigos. Ah, y cómo denuncies ó digas algo a los sindicatos, estás señalado como conflictivo.
¿Encontráis sentido al título de este hilo ?
De nuevo muchísimas gracias por todo.
30/03/2013 23:43
marobara.

No había visto tu post. Si lo llego a ver antes, me ahorro la respuesta.

jovipez.

¡Qué impaciente eres!

Haz el esfuerzo de leerte los 46 post del hilo RDL 5/2013, con sus enlaces incluidos.

A lo mejor así, empezarás a entender un poco la complejidad del tema y la imposibilidad de darte una respuesta rápida y concreta a tus preguntas.
Es imposible saber cómo habrá cambiado la normativa de aquí a que esta persona cumpla los 61 años. Además, desconocemos muchos datos importantes sobre esta persona (situación económica, base de cotización a la SS, etc.).

Un saludo.
30/03/2013 23:26
jajaja. ¡Vaya título que has elegido para el hilo!
Digamos, que es particular.

Pienso que trabajar NUNCA debería ser contraproducente, aunque entiendo el sentido de tu pregunta.

"¿seria mejor esperarse como pueda hasta los 61 y prejubilarse?".

Lo ideal sería encontrar un trabajo de larga duración y con una base de cotización igual o superior a la del anterior trabajo que le permitiera trabajar hasta los 65 años. Así cobraría el 100% de la pensión de jubilación y mantendría la misma base reguladora.

Como bien dices, es un buen lío y, por lo tanto, al menos yo, no me atrevo a darte un consejo.

En mi opinión, dependerá de muchas circunstancias que no conocemos y que son imposibles de prever:

1) cambios de la normativa de aquí a que esta persona cumpla, AL MENOS, 61 años para poder pedir la jubilación anticipada por causa NO IMPUTABLE a la libre voluntad del trabajador (despido colectivo, despido objetivo, etc...). Ya no sirve cualquier extinción de contrato para poder pedir la jubilación anticipada a los 61 años.

2) Los requisitos para poder cobrar el subsidio mayores de 55 años se han vuelto a endurecer el 15 de marzo 2013 (RDL 5/2013).
Ahora se tienen en cuenta las rentas de la unidad familiar. Es un cambio muy penalizante que reducirá el número de personas que puedan optar a cobrar este subsidio.

3) La situación económica en la que se encuentre la persona.

4) etc, etc, etc.

"si la vuelven a despedir ya no podrá prejubilarle a los 61".
Dependerá del tipo de despido. No confundas despido con extinción de contrato (por ej. la finalización de un contrato eventual no es un despido).

"si necesitara la subvención para mayores de 55, tendría que seguir pagando el complemento a la SS. ó con 42 años ya ha cotizado suficiente hasta la jubilación cuando sea, pre- ó normal"
En el supuesto de que tuviera derecho al subsidio mayores de 55 años, el SEPE cotizaría por el mínimo a la SS. Si la persona quisiera mantener su base de cotización actual, podría suscribir un convenio especial con la SS por la diferencia.
Con 42 años, ya ha cotizado suficiente para cobrar una pensión de jubilación (sólo faltaría que no tuviera derecho después de 42 años) cuando cumpla la edad de jubilación establecida en la normativa (no antes). Pero, si no cotiza a la SS en lo últimos años antes de jubilarse, le disminuirá la cuantía de la pensión de jubilación.

Como verás, es muy complicado.

Te aconsejo que leas el hilo "RDL 5/2013" de liberté y que, en los próximos meses, estés muy pendiente de las noticias sobre las jubilaciones.

La normativa cambia constantemente. Lo que es válido hoy, no sirve mañana.

Vamos, que es una lotería.

Un saludo.










30/03/2013 23:01
Hola, Jovipez (no soy Liberté, pero te respondo)

Había ya leído tu Post, pero es difícil contestar a la pregunta del título : ¿trabajar ahora, será contraproducente?.
El trabajar siempre ha sido contraproducente si lo haces en algo que no solo no te gusta, sino que te disgusta.
Por el contenido de tu post, tu mismo has ido reflexionando y contestando, con preguntas, a tu propia cuestión del título.

Sobre ... si necesitara la subvención para mayores de 55, tendría que seguir pagando el complemento a la SS.?
_ Primero, que tenga derecho a la subvención mayores 55 años y segundo, si no quiere seguir completando las cotizaciones deberá darse de Baja (no está obligado a ello)

ó con 42 años ya ha cotizado suficiente hasta la jubilación cuando sea, pre- ó normal?
_ No es el único requisito, tener un determinado periodo cotizado para optar a la Jubilación.

Salvo mejor opción o criterio.

SalU2
¿trabajar ahora, será contraproducente?
30/03/2013 19:29
Liberté: según tus comentarios, una persona con 58 años y 42 de cotización al régimen general, la despiden por razones económicas hace año y medio (le quedan 5 meses de paro) Ahora bien, ¿seria mejor esperarse como pueda hasta los 61 y prejubilarse?, ó buscar trabajo debajo de las piedras, y si la vuelven a despedir ya no podrá prejubilarle a los 61?. Es un buen lio. Otra cosa, si necesitara la subvención para mayores de 55, tendría que seguir pagando el complemento a la SS. ó con 42 años ya ha cotizado suficiente hasta la jubilación cuando sea, pre- ó normal?...Gracias a todos cuantos participáis aquí.