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trabajar en colegio religioso y vivir en pareja

15 Comentarios
 
Trabajar en colegio religioso y vivir en pareja
23/01/2014 01:43
Buenos días.
Soy profesora en un colegio religioso de España. Vivo con mi pareja y por motivos personales aun no hemos podido casarnos. Mi gran temor es que puedan despedirme alegando algún tipo de conducta "inmoral" o algo así, por mi situación sentimental. Sería totalmente injusto, pero aun así tengo miedo y por eso vivimos en una ciudad diferente a la de mi trabajo, con las incomodidades que eso conlleva. ¿Legalmente pueden despedirme o puedo desplazarme tranquilamente a vivir a la misma ciudad donde trabajo?
Muchas gracias.
23/01/2014 06:17
Pagando, pueden despedirte cuando quieran y por el motivo q quieran.
Si tan mal te va tener q vivir en otra ciudad pasa del tema y trasládate con todas las consecuencias. vive tu vida.. no te dejes presionar por mentalidades estrechas.
Cuando te despidan... si se da el caso, montas un escándalo a nivel de prensa y quedarán retratados.
24/01/2014 07:14
Gracias por tu respuesta y consejo. Lo haría pero me da miedo, no está la cosa para perder un trabajo de varios años. Si que he pensado alguna vez que si me despedian podía llevar el tema a tv, que ahora es muy fácil dar publicidad a cualquier cosa, en su tiempo lei casos de despidos improcedentes que después tenian que recontratar e indemnizar, pero con las nuevas leyes, el despido, tal como dices, puede ser por cualquier cosa y cuando quieran, es lo que más temo.
Muchas gracias. Saludos.
24/01/2014 19:18
Pueden despedir por cualquier causa, pero no por esa.
Si llegara el caso, tendría que demandar y muy probablemente se declararía improcedente, a no ser que haya otras causas reales (económicas, organizativas...)
Por otro lado, no sé qué monjas o curas serán los titulares de ese colegio pero, por mi experiencia, están mucho más abiertos a esas cosas que la Iglesia oficial (esperemos que con el papa actual cambie algo). Teniendo en cuenta, además, que la mayoría de colegios religiosos son concertados y admiten a todos los alumnos, incluso de otras religiones. Y conozco personas que trabajan en colegios religiosos que conviven en pareja sin casarse, o casados por lo civil, homosexuales... sin ningún tipo de problemas.
Quizá estemos viendo fantasmas donde no los hay.
Aparte de que no tiene usted que dar explicaciones a nadie acerca de su situación sentimental. Eso entra dentro de su privacidad.
25/01/2014 00:36
Muchas gracias por su respuesta. Es posible que yo esté dando más importancia a este asunto del que le darian mis jefas, no lo se, pero como no tengo casos similares de ningún compañero o compañera con quien comparar, alguien que pudiera haber sentado un precedente en el colegio para darme más confianza...

Lo del despido improcedente creo que ha cambiado con las nuevas leyes y, si no me equivoco, ahora apenas hay que dar explicaciones al empleado, además de que pueden utilizar cualquier excusa aunque no sea cierta, (rendimiento, exceso de personal o falta de recursos económicos, etc...) para cubrir lo que se podría haber considerado un despido totalmente improcedente y además escandaloso en estos tiempos. Añadir que somos pareja hetero, tradicionales de toda la vida.

Aunque ya me estoy empezando a plantear el tema de trasladarme a la ciudad donde trabajo e intentar vivir sin sufrir por lo que pueda pasar mañana.

Muchas gracias. Saludos.
25/01/2014 01:07
Si hubiera un despido por tal motivo entiendo que deberia ser considerado nulo, por discriminatorio vulnerando articulo 14 de la Constitucion española, con obligacion de readmision.
25/01/2014 01:22
El problema es que resulta ser un colegio ideológico que entre su profesorado a la hora de contratarles tendrán clausulas referentes a su ideología.
Pero para mi ese despido sería nulo de pleno derecho por atentar contra la CE en referencia a que nadie puede ser discriminado por su raza, religión, culto
ideología, estado social....y para muestra un botón lo que ocurre es que tarde 11 años en que le diesen la razón, y mediante recurso tras dos sentencias en contra, es que con el clero hemos topado.

Obligan a pagar a una profesora de Religión el sueldo de los 11 años pasados desde su despido
El Constitucional le concedió el amparo y el TSJA falla a favor de la docente
Dos sentencias previas daban la razón al Obispado de Almería
El TC entendía que se la discriminaba por sus circunstancias personales
El Ministerio tiene que readmitirla y pagarle el sueldo de este tiempo.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso del Obispado de Almería y ha dictado sentencia favorable a la profesora de Religión Resurrección Galera, despedida por casarse con un divorciado, que obliga al Ministerio de Educación a readmitirla y a abonarle los salarios que ha dejado de percibir durante los 11 años que han transcurrido desde que fue despedida.
Tras dos sentencias anteriores que avalaron el despido, el Tribunal Constitucional concedió a Galera, que impartió clase en varios colegios de Almería, el amparo y reconoció sus derechos a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, a la libertad religiosa en conexión con el derecho a contraer matrimonio y a la intimidad personal y familiar.
Ahora, la sentencia del TSJA, a la que ha tenido acceso Europa Press, acata esa vulneración de la intimidad que señaló el TC y mantiene que la "falta de coherencia con la doctrina católica sobre el matrimonio" de la que le acusa el Obispado lo es en relación con una decisión tomada "en el legítimo ejercicio de su derecho a contraer matrimonio".

Además, advierte, que "en ningún momento" se afirma que en su actividad docente como profesora de religión hubiese cuestionado la doctrina de la Iglesia católica o realizado apología del matrimonio civil.
Por otro lado, la propia sentencia habla de "problemática surrealista" ya que el Ministerio de Educación se ve condenado por una conducta que se veía "compedido a realizar", ya que este departamento contrataba anualmente a los profesores de Religión que le pide el Obispado.
La misma no habla de "despido nulo" porque no existía "relación laboral" pero recuerda que los profesores de Religión disfrutarán de los derechos fundamentales y legales que como trabajadores tienen reconocidos en nuestro ordenamiento "de manera irrenunciable".
Así las cosas, el tribunal, con sede en Granada, insiste en que el hecho de que la demandante hubiese contraído matrimonio civil aparece "por completo desvinculada e su actividad docente" pues "no se le imputa que en sus enseñanzas como profesora de Religión haya incurrido en la más mínima desviación de los contenidos de tales enseñanzas establecidas por la Iglesia católica".
25/01/2014 12:32
Elisa no ha hablado en ningún momento de que sea profesora de religión.
25/01/2014 13:41
Ante todo muchas gracias por las respuestas y el contrastado con lo que podía ser un precedente.
En efecto no imparto religión, sino otras materias como geografía. Tampoco tengo vocación religiosa, simplemente hace años se me presentó la oportunidad de trabajar en un colegio y era religioso. Sin embargo en mi contrato creo que algo pone de "conducta inmoral", etc... como supongo es lógico, tengo que repasarlo detenidamente, pero no pone nada de vivir en pareja sin estar casada.

La cuestión ya no sólo es si el simple hecho de vivir en pareja sin haber contraido matrimonio se puede considerar conducta inmoral para el director de un colegio religioso o para algunos padres de alumnos, sino también si el colegio utilizaría ese argumento para proceder con el despido o utilizaria cualquier otro recurso más viable y más aceptable ante un juez.

Es complicado porque igual no pasa nada y, tal como mosca comentaba en su primera respuesta, estoy viendo fantasmas donde no los hay, pero...como puedo saber eso? preguntando a mis jefes si puedo "vivir en pecado" y ponerles sobre aviso? pedir permiso para hacerlo? La verdad es que eso coarta de lleno la libertad de cualquier ciudadano español.

Aclaro que, tanto mi pareja como yo estamos solteros, nunca hemos estado casados antes y no tenemos hijos.

Muchas gracias. Saludos.
25/01/2014 15:54
Pero si es que no tienes que justificar nada ni pedir permiso para nada que atañe a tu vida privada.
Puedo llegar a entender, con algún esfuerzo, que si impartes la asignatura de religión católica pueda llegar a haber alguna dificultad pero, para la geografía qué co... importa cómo viva el profesor que la imparta, siempre y cuando, claro, que no incurra en ilegalidades.
Vive tu vida tranquila y no te preocupes. La constitución te ampara.
25/01/2014 18:46
mc ya se que no dijo nada de impartir religión, la que imparte religión era el caso de la profesora de Andalucía sobre la que se basa la sentencia pero saco a colación que precisamente ante un a profesora de religión por casarse con un divorciado el obispado quiso echarla y claro fue declarado inconstitucional pero date cuenta que hubo dos sentencias favorables a la iglesia antes del fallo final y pasaron 11 años y cuando me refiero a este caso es porque en los colegios de tendencia ideológica se admiten esa serie de clausulas impartas la asignatura que asignes, cosa que para mi resulta aberrante pero hasta en apuntes de Derecho Eclesiástico se estudia esto.
Conste que yo estoy en contra de la lacra que significan las religiones, sea cual sea solo suponen fanatismos pero date cuenta que esta la propia consultante ya esta influenciada cuando nos dice que si debe preguntar a sus superiores que si "puede vivir en pecado", ¿Que es eso de vivir en pecado? las parejas de hecho son un tipo de pareja totalmente reconocida en Derecho.
SMO.

SMO
25/01/2014 19:12
Es que creo que con la asignatura de religión sí tiene algo que ver el obispado (se necesita un título o certificado o algo así), pero para historia, matemáticas etc. no creo.
Pero reitero que vida privada de cada uno es de cada uno y nadie tiene que dar explicaciones a su jefe de dónde vive, con quién vive y cómo vive.

25/01/2014 19:14
Por cierto, jamgpreve, ya que andas por aquí. Echa un vistazo al hilo del trabajador conflictivo, a ver cómo lo ves.
Si quieres, claro.
Saludos.
(Perdona, elisa1980, por este inciso). Saludos.
25/01/2014 19:52
Bien, insisto en centros de ideologías determinadas se admiten esas clausulas y la verdad aunque para mi esta claro que se trata de una discriminación en toda regla ya ves que para los legisladores no debe ser tan sencillo cuando han tardado 11 años en decidir y encima hubo dos sentencias anteriores en contra.
Bien voy a ver que dice el trabajador conflictivo si soy capaz de entrar, hoy debo de tener un geniecillo travieso porque me están fallando las conexiones.
SMO.
26/01/2014 13:19
Cualquier cláusula ideológica o moral que extienda la obligación contractual del trabajador a la vida familiar es en todo caso nula de pleno derecho... En teoría, claro.
Ojalá que el TC cumpliera simplemente con el art. 14 de la CE (que está por encima de la libre (más bien libertina) apreciación de trascendencia que le brinda la LOTC) y amparara también a los ciudadanos no influyentes o pobres, que también deberían tener derecho a esa interpretación extensiva de los derechos fundamentales de la que tanto hace gala el alto tribunal para salvar el culo a ciertos privilegiados.
Y no solo para admitir recursos sino para tener la misma celeridad en resolver.
¡Pero bueno, es como pedir peras al olmo!
28/01/2014 02:00
Muchas gracias por vuestras respuestas, me animan a vivir "peligrosamente".

Estoy de acuerdo con todo lo que comentáis. Si doy el paso y se enterasen los jefes es posible que no pasase nada... o sí. De pasar algo, en el peor de los casos que me despidieran, podría tener argumentos legales para rebatir tal decisión, siempre y cuando el colegio admitiese que ese es el motivo de mi despido y no otro. Pueden alegar innumerables motivos para un despido, sean ciertos o no e independientemente de las clausulas del contrato, lo cual me pone en una posición desfavorable ante un tribunal, en caso de demanda por despido improcedente.

¿Esto de despedir y utilizar falsos argumentos por qué podría ocurrir? Pues básicamente por presión de algunos padres de alumnos que considerasen que mi conducta pudiera ser reprobable. Mis jefes es probable que aceptasen mi situación sentimental, ya que vivimos tiempos más comprensivos en ese aspecto, pero tienen que mantener una imagen de moral ejemplar, principios y valores católicos arraigados. Y quizás pudieran, de algún modo, ponerse en entredicho si padres de mente menos abierta al respecto (pertenecientes al Opus, por ejemplo), hicieran llegar su malestar o sus inquietudes a mis jefes inmediatos, y no solo en el colegio, sino también a la Consejería de Educación.

Consultando casos similares, entre otros encuentro el de una demanda por posible despido improcedente, presentada por una enfermera que trabajaba en un centro de una congregación religiosa, en este caso de las Hermanas de la Caridad. En la carta de despido le comunicaron que se había negado a aceptar una modificación en su jornada laboral, manteniendo una actitud contraria a los ideales de la empresa, desatendiendo de manera injustificada sus obligaciones, etc. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia dio la razón a la enfermera y obligó al centro, o bien a readmitirle o a indemnizarle con más de 12.000 euros, por considerar que "no existía motivo justificado para el despido ya que, en todo el tiempo que la trabajadora había prestado servicio para el centro, no se recibió ninguna queja por su rendimiento ni incumplió las ordenes dadas por la dirección". En este caso parece más claro, pero quien sabe que podrían alegar en mi contra.

La situación no es nada fácil, es arriesgarme y a ver que pasa, comentarlo o "pedir permiso" y esperar la bendición o seguir como estoy, con estrés e incomodidades, aparte de la sensación de injusticia, ya que creo que en ningún otro tipo de empleo se presentaría este obstáculo.

Agradezco mucho vuestras opiniones y consejos, que me ayudan a ver el asunto de una manera más positiva y con la seguridad de que tengo derecho a vivir mi vida en libertad, respetando a los demás, como espero que me respeten.

Muchas gracias. Saludos.