La empresa donde trabajo pretende que se trabaje por turnos los fines de semana en una actividad que no tiene nada que ver con su actividad principal y ademas en unas funciones que no se corresponden con las habituales.
Ademas el lugar de trabajo no es el centro de trabajo habitual y supone en algunos casos pernoctar la noche del viernes, sabado y domingo, regresando el lunes.
¿ Nos puede obligar a efectuar ese tipo de trabajo, o debe contratar personal especifico para realizar estas labores ?
Hola:
Todas estas dudas es conveniente que las consultes con los sindicatos representados en tú sector. En caso contrario, o paralelamente, deberás dirigirte a la Inspección Provincial de Trabajo.
Los cambios de turno pueden suponer una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que en el supuesto de ser colectivas requieren un procedimiento y la aprobación de la autoridad laboral. En el caso de ser individuales puede suponer la opción del trabajador a extinguir su contrato de trabajo recibiendo una indemnización al efecto.
Por ello, es conveniente consultar con los agentes sociales y con la autoridad laboral. Sin perjuicio de la consulta a un profesional laboral.