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Trabajar los domingo y festivos

6 Comentarios
 
Trabajar los domingo y festivos
09/03/2018 11:01
Buenos días. Mi jornada semanal es de lunes a Domingo. Descansando el sábado y otro día por el domingo trabajado, siempre este descanso lo coloca la empresa. Quisiera saber si aparte del descanso, la empresa nos tendría que abonar alguna cantidad por trabajar los domingo y festivos. Un saludo. Gracias
09/03/2018 11:04
Jolufufu
Salvo que esté contemplado expresamente en su convenio, por defecto las horas extras se compensan con horas de descanso, no con compensación económica a razón de 1,75 por cada hora trabajada.

Solo se contempla la opción de pagar las horas extra si por razones organizativas no se pudiera compensar las horas del festivo con horas de descanso.
09/03/2018 16:50
Jolufufu
Ojo si tiene jornada de L a D no quiere decir que tenga exceso de jornada sino que distribuye la jornada entre los 7 dias de la semana descansando 48 h/sem, luego habría que ver que dice el convenio por ej. por un plus de festivos o precio hora festiva que seria lo único que podría cobrar demás.
10/03/2018 11:39
jamgpreve
Nuestro convenio, denunciado desde el 2010, es el convenio de Avanza externalizacion de servicios. Para mi igual que para mis compañeros es no tener nada. Y la verdad lo hemos mirado unas cuantas veces y no vemos nada. Gracias
24/04/2018 19:42
Jolufufu
Buenas tardes, estoy trabajando de teleoperadora con un contrato por obra o servicio, pero ya me han comunicado que si continuo haciendo mis labores como hasta ahora en 3 años me hacen fija. Mi pregunta es la siguiente:
Pueden despedirme por casarme este año y tener que darme las 2 semanas que me corresponden? Tal vez no quieran darmelas. Esta empresa siempre cierra en agosto 3 semanas y esas son las vacaciones que hay más otra semana en Semana Santa. Los festivos y puentes nos hacen trabajar siempre.
Gracias
25/04/2018 01:13
Jolufufu
Porque no sabe usted donde mirar, entiendo que su jornada es a tiempo completo, es decir 8 h/dia, según esto y que el convenio ajusta que a partir del 2016 serán 1800 h/año esto supone que durante el año de los 365 fias del año trabajara usted 225, es decir descansara 140 dias de los cuales 30 son de vacaciones y 14 de los festivos por tanto para el descanso semanal quedarían 96 dias lo que supone que tendrá 45 sem/año de trabajo efectivo y que en esas 45 sem tendrá 96 dias de descanso lo que suponen 2,133 dias/sem de descanso
25/04/2018 01:16
Enma75
El despido en éste país es libre por tanto la pueden despedir cuando quieran pero es mas sencillo finiquitar su cto y que le digan que di se porta y traga la harán indefinida es una autentica memez usted disfrute del permiso de matrimonio eso que se lleva por delante