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Trabajo en festivos

1 Comentarios
 
Trabajo en festivos
25/11/2021 14:21
Buenas tardes
A ver si alguien me puede aconsejar. Yo trabajo en el almacén de una gran superficie. Mi horario de trabajo ha sido desde hace más de 10 años de mañana, con horario contínuo, de lunes a viernes.
Sábados y domingos no viene mercancía y no hay que recepcionar.

Pues un poco antes del verano, a mi superior se le metió en la cabeza que no era "justo" que yo nunca tuviera que trabajar en festivo, y ahora que en Andalucía los festivos se han ampliado, yo también tengo que trabajar varios sábados/domingos o festivos en general.

En compensación me dan un día libre entre semana.

Le he intentado explicar a mi jefe que esta solución no es la más lógica, puesto que los días festivos (o sábados) que tengo que trabajar van en detrimento de mis labores en el almacén. Ya que esos días no llega mercancía. Entonces, realmente voy a trabajar, ayudo aquí o allí, en tienda etc. pero no hago trabajo de logística.

El problema, que se está agravando cada vez más, es que los días entre semana que yo libro por haber trabajado en festivos, mi trabajo no lo hace nadie. Con lo cual cuando vuelvo al día siguiente, me encuentro pedidos sin recepcionar, mercancía sin colocar etc.etc.

A mí es que me parece más una cabezonería de mi jefe, al que le "molesta" que yo no trabaje de lunes a domingo y festivos. Pero es que mi trabajo no es en ventas.

Puedo hacer algo al respecto? Porque estoy bastante quemada

Muchas gracias
29/11/2021 01:57
Buenas noches,

Al igual que en muchos otros casos, yo primero miraría mi contrato, para comprobar si viene reflejado que debo trabajar de lunes a viernes o figura lunes a domingo. Si no figura nada de los fines de semana, los domingos no pueden hacerle ir a trabajar, no solo porque no le venga bien sino porque estarían incurriendo en algo "irregular". Todo es mirarlo y hablar claramente el tema.
Además de esto, hay que dejar una cosa muy clara, y es que además del convenio colectivo, nos regimos por el calendario laboral que debe publicar la empresa a primeros de año. Si en ese calendario laboral no vienen reflejados los fines de semana como laborables para usted, no está obligado a trabajarlos salvo que haya alguna "motivación" extra,(euros por supuesto).

Y por si fuera poco, en algunos convenios viene reflejado que en caso de trabajar en domingos o festivos, al empleado le corresponderá un día y medio o dos días laborables como compensación...