Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Tráfico de drogas en Cuba

5 Comentarios
 
Tráfico de drogas en cuba
05/02/2004 17:33
Autor: Fernando Fecha: 04/02/2004


Mi mejor amigo se va a casar con una chica cubana y le envió al que va a ser su cuñado un paquete con 100 gr. de hachís al cuñado le detuvieron al ir a cogerlo pregunta¿ corre mi amigo peligro en España de que le detengan si su cuñado da su nombre?
y 2ª pregunta mi amigo es español corre peligro de que le detengan allí si va a casarse o simplemente
le negarian la entrada en el pais.
Son autores del delito todos los que participan en su planeación y/o ejecución, así que "el amigo" viene teniendo la calidad de cómplice del cubano que recibió el paquete, de tal manera que es incuestionable que sea arrestado en cuanto pise suelo cubano, y en relación al peligro de que también sea arrestado en España para ser enviado a Cuba en donde lo juzguen, eso depende de laa calidad de las relaciones diplomáticas que sostienen Cuba y España entre sí, particularmente en lo relativo a la existencia y vigencia de tratados internacionales de extradición, por los cuales la justicia cubana pueda solicitar y opbtener que la policía española lo detenga y envíe a Cuba.

Saludos desde la Ciudad de México, Capital Federal de la República Mexicana.
06/02/2004 17:16
Con independencia de la repercusión en Cuba, si el envío efectuado por su amigo se realizó desde España será encausado en nuestro país por un delito contra la salud pública, es decir, por tráfico ilegal de drogas, ya que el delito se comete en suelo español.

Y una puntualización para el ilustre colega mexicano, el Sr. González Flandes: en este foro se trata de dar respuestas a problemas concretos. Esos problemas suelen ocurrir en España. Si los consejos que los profesionales ofrecemos no se basan en las legislación y jurisprudencia españolas, puede que induzcamos a errores muy graves.

Para más información haz click sobre mi nombre.
06/02/2004 20:03
Tres puntualizaciones:

1.- No veo que el colega mexicano con su respuesta pueda estar induciendo a un error muy grave al autor de la pregunta. Antes al contrario, sin necesidad de citar legislación ni jurisprudencia españolas, le está informando correctamente sobre las consecuencias que pueden derivarse del tema que planteaba Fernando.

2.- Creo que el foro es libre y en él puede participar y dar su opinión quien lo desee. Lógicamente por la índole de las cuestiones que se suscitan es lógico que la mayoría de intervenciones procedan de abogados españoles. Pero no somos quienes para sugerir a nadie que se abstenga de intervenir porque con sus intervenciones puede inducir a error. Es más, he leído en este foro intervenciones de "leguleyos" españoles, porque dudo que sean auténticos juristas, que ponen los pelos de punta.

3.- Me parece del todo contrario a las normas del foro y a la ética que debe presidir un lugar como este, al que acudimos con el propósito altruista de ayudar a la gente, dar nuestras direcciones personales para ver si de este modo nos cae algún cliente. Patético.

Un saludo.
angelbravo:

Como escribe el colega "Jurisprudente", he dado respuestas absteniéndome de citar legislación y jurisprudencia españolas pero contestando adecuadamente las consultas, ahora bien, hago patente que en mi país es fácilmente consultable la legislación, tanto porque está grabada en CD's, como porque se puede accesar a ella a través de diferentes website como el de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el del Gobierno Federal, el del Gobierno del Distrito Federal y cada uno de los Estados de la República, así como de muy diversas universidades, lo cual no dudo que también acontezca en España, pero es el caso de que las reformas a las leyes mexicanas se integran en el contexto de cada ley que se modifica, en cambio, he observado que en España las leyes se modifican por el sistema de crear nuevas leyes, lo cual dificulta enormemente su consulta.

De lo anterior se deriva que, como buen colega, "angelbravo" debió criticarme poniendo a mi disposición los textos correspondientes a las leyes que él considara que debo mencionar en mis respuestas, seguro de mi reciprocidad para los casos en que él requiera consultar legislación mexicana, aunque debo admitir que posiblemente se abstuvo de tal oferta debido a que omití mencionar mi dirección de correo electrónico, pero tal falta es subsanable.

Por otra partee, hago patente que los principios generales del derecho son universales y, por lo mismo, de aplicación en todos los países del mundo, circunstancia que en el derecho penal nos lleva a la eventualidad denominada "conflicto de leyes" y que ya en el ámbito del y del procesal penal se constituye como una cuestión de competencia para dilucidar cuál de dos autoridades de diferentes Estados es la que deba conocer del proceso por la ejecución de determinado delito, siendo que "angelbravo", cuando formuló su respuesta, pasó por alto esta posibilidad.

Al respecto le recuerdo que el Juez Español de apellido Garzón se encuentra de estancia en México, y no precisamente de vacaciones, sino en viaje de trabajo con motivo de la extradición del argentino Cavallo, a quien pretende juzgar en España.

Saludos desde la Ciudad de México, Capital Federal de la República Mexicana.
19/02/2004 16:58
Querido Alejandro González: jamás ha estado en mi ánimo tratar de enmendar la plana a compañero alguno, y menos a tí, que facilitas lecciones magistrales sobre fundamentos de Derecho Penal. Pero la praxis en cada país es diferente y creo que las respuestas deben ser claras y encaminadas al caso concreto. Quede patente mi admiración por tus conocimientos.

Para más información, haz click sobre mi nombre.
Tráfico de drogas en Cuba | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Tráfico de drogas en Cuba

5 Comentarios
 
Tráfico de drogas en cuba
05/02/2004 17:33
Autor: Fernando Fecha: 04/02/2004


Mi mejor amigo se va a casar con una chica cubana y le envió al que va a ser su cuñado un paquete con 100 gr. de hachís al cuñado le detuvieron al ir a cogerlo pregunta¿ corre mi amigo peligro en España de que le detengan si su cuñado da su nombre?
y 2ª pregunta mi amigo es español corre peligro de que le detengan allí si va a casarse o simplemente
le negarian la entrada en el pais.
Son autores del delito todos los que participan en su planeación y/o ejecución, así que "el amigo" viene teniendo la calidad de cómplice del cubano que recibió el paquete, de tal manera que es incuestionable que sea arrestado en cuanto pise suelo cubano, y en relación al peligro de que también sea arrestado en España para ser enviado a Cuba en donde lo juzguen, eso depende de laa calidad de las relaciones diplomáticas que sostienen Cuba y España entre sí, particularmente en lo relativo a la existencia y vigencia de tratados internacionales de extradición, por los cuales la justicia cubana pueda solicitar y opbtener que la policía española lo detenga y envíe a Cuba.

Saludos desde la Ciudad de México, Capital Federal de la República Mexicana.
06/02/2004 17:16
Con independencia de la repercusión en Cuba, si el envío efectuado por su amigo se realizó desde España será encausado en nuestro país por un delito contra la salud pública, es decir, por tráfico ilegal de drogas, ya que el delito se comete en suelo español.

Y una puntualización para el ilustre colega mexicano, el Sr. González Flandes: en este foro se trata de dar respuestas a problemas concretos. Esos problemas suelen ocurrir en España. Si los consejos que los profesionales ofrecemos no se basan en las legislación y jurisprudencia españolas, puede que induzcamos a errores muy graves.

Para más información haz click sobre mi nombre.
06/02/2004 20:03
Tres puntualizaciones:

1.- No veo que el colega mexicano con su respuesta pueda estar induciendo a un error muy grave al autor de la pregunta. Antes al contrario, sin necesidad de citar legislación ni jurisprudencia españolas, le está informando correctamente sobre las consecuencias que pueden derivarse del tema que planteaba Fernando.

2.- Creo que el foro es libre y en él puede participar y dar su opinión quien lo desee. Lógicamente por la índole de las cuestiones que se suscitan es lógico que la mayoría de intervenciones procedan de abogados españoles. Pero no somos quienes para sugerir a nadie que se abstenga de intervenir porque con sus intervenciones puede inducir a error. Es más, he leído en este foro intervenciones de "leguleyos" españoles, porque dudo que sean auténticos juristas, que ponen los pelos de punta.

3.- Me parece del todo contrario a las normas del foro y a la ética que debe presidir un lugar como este, al que acudimos con el propósito altruista de ayudar a la gente, dar nuestras direcciones personales para ver si de este modo nos cae algún cliente. Patético.

Un saludo.
angelbravo:

Como escribe el colega "Jurisprudente", he dado respuestas absteniéndome de citar legislación y jurisprudencia españolas pero contestando adecuadamente las consultas, ahora bien, hago patente que en mi país es fácilmente consultable la legislación, tanto porque está grabada en CD's, como porque se puede accesar a ella a través de diferentes website como el de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el del Gobierno Federal, el del Gobierno del Distrito Federal y cada uno de los Estados de la República, así como de muy diversas universidades, lo cual no dudo que también acontezca en España, pero es el caso de que las reformas a las leyes mexicanas se integran en el contexto de cada ley que se modifica, en cambio, he observado que en España las leyes se modifican por el sistema de crear nuevas leyes, lo cual dificulta enormemente su consulta.

De lo anterior se deriva que, como buen colega, "angelbravo" debió criticarme poniendo a mi disposición los textos correspondientes a las leyes que él considara que debo mencionar en mis respuestas, seguro de mi reciprocidad para los casos en que él requiera consultar legislación mexicana, aunque debo admitir que posiblemente se abstuvo de tal oferta debido a que omití mencionar mi dirección de correo electrónico, pero tal falta es subsanable.

Por otra partee, hago patente que los principios generales del derecho son universales y, por lo mismo, de aplicación en todos los países del mundo, circunstancia que en el derecho penal nos lleva a la eventualidad denominada "conflicto de leyes" y que ya en el ámbito del y del procesal penal se constituye como una cuestión de competencia para dilucidar cuál de dos autoridades de diferentes Estados es la que deba conocer del proceso por la ejecución de determinado delito, siendo que "angelbravo", cuando formuló su respuesta, pasó por alto esta posibilidad.

Al respecto le recuerdo que el Juez Español de apellido Garzón se encuentra de estancia en México, y no precisamente de vacaciones, sino en viaje de trabajo con motivo de la extradición del argentino Cavallo, a quien pretende juzgar en España.

Saludos desde la Ciudad de México, Capital Federal de la República Mexicana.
19/02/2004 16:58
Querido Alejandro González: jamás ha estado en mi ánimo tratar de enmendar la plana a compañero alguno, y menos a tí, que facilitas lecciones magistrales sobre fundamentos de Derecho Penal. Pero la praxis en cada país es diferente y creo que las respuestas deben ser claras y encaminadas al caso concreto. Quede patente mi admiración por tus conocimientos.

Para más información, haz click sobre mi nombre.