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Tráfico y condena en costas

6 Comentarios
 
Tráfico y condena en costas
15/05/2010 22:27
Buenos días a todos y gracias por adelantado,

Cliente que sufre un siniestro de tal calibre que ha quedado medio inválido.
En instrucción las cosas salen bien pero recurrimos en orden a conseguir una mayor indemnización a nuestro cliente, habida cuenta de las lesiones que se le han causado.

Nos estiman el recurso, suben la indemnización y condenan en costas al denunciado y por ende a su aseguradora.

Ahora la pregunta, si bien la aseguradora es responsable civil directa, a la hora de abonar las costas se ciñen también al límite de asistencia jurídica que consta en la póliza del contrario, o por contra al ser responsable civil directo y estimarse en sentencia la condena en costas, han de abonar la totalidad de las mismas?

Yo entiendo que sí, que no es la mismo la cobertura que tengan estipulada en la poliza relativa a la asistencia jurídica, que el hech de que le condenen judicialmente al pago de las costas, pero no lo tengo del todo claro...

Agradecería vuestra opinión al respecto.

Graciasy un saludo a los foreros.
17/05/2010 13:26
¿Se tramitó como juicio de faltas o como penal abreviado?
Si fue como falta yo creo que no hay costas aunque la sentencia las imponga.
Si fue como penal abreviado cobras del contrario todas tus actuaciones sin atender a las coberturas de las pólizas.
En principio eso creo...
17/05/2010 14:20
Gracias por tu respuesta peniten, se tramitó como juicio de faltas si bien las cantidades de indemnización fueron altísimas.

Lo que no tengo claro es eso que dices de que si es juicio de faltas no caben costas.

Entiendo que si bien no e spreceptivo acudir con abogado, si finalmente se acude con él, yademás la sentencia condena en costas, salvo mejor criterio,habrá que acatar lo establecido en sentencia y por tanto pagarlas.

O al menos ese es mi parecer.

Gracias por tu respuesta y un saludo!
17/05/2010 18:44
Ojalá fuera así y si te las pagan dímelo!
Yo creo que al no exigirse la postulación aunque se condene en costas de manera "formulista" no se pueden cobrar.
Tendrás que cobrar tus honorarios de la compañía propia que si no paga todos los conceptos el resto se lo cobras a tu propio cliente.
A ver si alguien más se pronuncia y las ha conseguido cobrar de la compañía contraria, yo insisto en que creo que no se puede...
17/05/2010 18:47
UFFFF...
Espero que no tengas razón, porque si no, me parece que no voy a ver un duro...

Ya sabes que las compañías pagan cuatro duros por asistencia jurídica, así que la compañía propia se lavará las manos seguro,y me dirá que de los mil euritos no pasa...

Gracias por tu respuesta de nuevo y un saludo!
19/05/2010 08:25
no se si os servira de ayuda, pero yo cuando tuve un accidente contrate un abogado particular, no llegamos a juicio porque negociamos, pero las minutas de mi abogado que ascendian a 3000€ las pago mi aseguradora, y a mi me pagaron mi indemnizacion correspondiente.no creo que mi abogado tuviese problemas para cobrarlo pues si no nos hubiera dicho algo.
19/05/2010 12:31
Gracias por tu intervención Colhoga, el caso es que las aseguradoras ponen un límite, por ejemplo 3000 o a lo sumo y como mucho 6000, aunque la media está en 1500 de límite de asistenia jurídica.

Pero este asunto sobrepasa esas cantidades, ya que al cliente se le indemnizó una cantidad cercana a los 130.000 Euros.

En fin, ya os contaré a ver qué pasa.

Un saludo!
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Tráfico y condena en costas
15/05/2010 22:27
Buenos días a todos y gracias por adelantado,

Cliente que sufre un siniestro de tal calibre que ha quedado medio inválido.
En instrucción las cosas salen bien pero recurrimos en orden a conseguir una mayor indemnización a nuestro cliente, habida cuenta de las lesiones que se le han causado.

Nos estiman el recurso, suben la indemnización y condenan en costas al denunciado y por ende a su aseguradora.

Ahora la pregunta, si bien la aseguradora es responsable civil directa, a la hora de abonar las costas se ciñen también al límite de asistencia jurídica que consta en la póliza del contrario, o por contra al ser responsable civil directo y estimarse en sentencia la condena en costas, han de abonar la totalidad de las mismas?

Yo entiendo que sí, que no es la mismo la cobertura que tengan estipulada en la poliza relativa a la asistencia jurídica, que el hech de que le condenen judicialmente al pago de las costas, pero no lo tengo del todo claro...

Agradecería vuestra opinión al respecto.

Graciasy un saludo a los foreros.
17/05/2010 13:26
¿Se tramitó como juicio de faltas o como penal abreviado?
Si fue como falta yo creo que no hay costas aunque la sentencia las imponga.
Si fue como penal abreviado cobras del contrario todas tus actuaciones sin atender a las coberturas de las pólizas.
En principio eso creo...
17/05/2010 14:20
Gracias por tu respuesta peniten, se tramitó como juicio de faltas si bien las cantidades de indemnización fueron altísimas.

Lo que no tengo claro es eso que dices de que si es juicio de faltas no caben costas.

Entiendo que si bien no e spreceptivo acudir con abogado, si finalmente se acude con él, yademás la sentencia condena en costas, salvo mejor criterio,habrá que acatar lo establecido en sentencia y por tanto pagarlas.

O al menos ese es mi parecer.

Gracias por tu respuesta y un saludo!
17/05/2010 18:44
Ojalá fuera así y si te las pagan dímelo!
Yo creo que al no exigirse la postulación aunque se condene en costas de manera "formulista" no se pueden cobrar.
Tendrás que cobrar tus honorarios de la compañía propia que si no paga todos los conceptos el resto se lo cobras a tu propio cliente.
A ver si alguien más se pronuncia y las ha conseguido cobrar de la compañía contraria, yo insisto en que creo que no se puede...
17/05/2010 18:47
UFFFF...
Espero que no tengas razón, porque si no, me parece que no voy a ver un duro...

Ya sabes que las compañías pagan cuatro duros por asistencia jurídica, así que la compañía propia se lavará las manos seguro,y me dirá que de los mil euritos no pasa...

Gracias por tu respuesta de nuevo y un saludo!
19/05/2010 08:25
no se si os servira de ayuda, pero yo cuando tuve un accidente contrate un abogado particular, no llegamos a juicio porque negociamos, pero las minutas de mi abogado que ascendian a 3000€ las pago mi aseguradora, y a mi me pagaron mi indemnizacion correspondiente.no creo que mi abogado tuviese problemas para cobrarlo pues si no nos hubiera dicho algo.
19/05/2010 12:31
Gracias por tu intervención Colhoga, el caso es que las aseguradoras ponen un límite, por ejemplo 3000 o a lo sumo y como mucho 6000, aunque la media está en 1500 de límite de asistenia jurídica.

Pero este asunto sobrepasa esas cantidades, ya que al cliente se le indemnizó una cantidad cercana a los 130.000 Euros.

En fin, ya os contaré a ver qué pasa.

Un saludo!