Una empresa despide a un trabajador procedentemente, y éste no está de acuerdo. La empresa pasada una semana para que no corran mas salarios consigna la cantidad de la indemnizacion y declara el despido improcedente.
Mi pregunta es ¿que ocurre si en conciliacion se llega a acuerdo, qué conceptos pagaderos se ponen en el acta? ¿todos los demas y se deja dicho que existe esa consignacion y que sea el juzgado el que le avise para cobrarla?
gracias. Estoy un poco perdido con el tramite
otra duda . Si la emprese le despide el día 9/10/06 y quiere reconocer la improcedencia una semana despues¿puede reconocerla con la misma fecha 9/10/06 aunque consigne por ejm el 20/10/06?
gracias de nuevo