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Transformación en juicio rápido.

8 Comentarios
 
Transformación en juicio rápido.
30/06/2007 19:19
Hola a todos,
Estoy en diligencias previas por estafa y quiero pedir que lo transformen en juicio rápido porque el acusado ahora dice que reconocer los hechos ¿hasta cuando lo puedo pedir y como lo hago? Ya han hecho el ofrecimiento de acciones a la acusación particcular.Alguien me puede ayudar.
Gracias.
08/07/2007 20:26
Ha declarado esta persona ya como imputada? Porque entonces es el momento de que confiese los hechos y solicites la celebración de la comparecencia que marca la ley para transformar en diligencias urgentes. saludos.
09/07/2007 09:24
Si, ya ha declarado, cuando declaró lo negó, y ahora es cuando lo quiere reconocer, como todavía esta en diligencias previas, y hoy va a declarar la otra parte, yo creo que estoy todavía a tiempo ¿no?

Gracias!!!
09/07/2007 13:57
Tienes q hacerlo antes de q se transforme en abreviado. Saludos¡
17/07/2007 14:37
Efectivamente, así lo marca el artículo 779.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que si, en cualquier momento anterior (transformación en abreviado), el imputado asistido de su abogado hubiere reconocido los hechos a presencia judicial, y estos fueran constitutivos de delito castigado con pena incluida dentro de los límites previstos en el artículo 801, mandará convocar inmediatamente al Ministerio Fiscal y a las partes personadas a fin de que manifiesten si formulan escrito de acusación con la conformidad del acusado. En caso afirmtativo, incoará diligencias urgentes y ordenará la continuación de las actuaciones por los trámites previstos en los artículos 800 y 801.

El límite son delitos que no estén castigados con pena superior a tres años y que la pena solicitada no exceda de dos, multas, cualquiera que sea su cuantía, y otras penas que no excedan de diez años.

La ventaja aquí es que con esta conformidad en los juicios rápidos se consigue por ley la rebaja en un tercio de la pena solicitada por el Ministerio Fiscal.

En ese mismo acto o comparecencia se habrá de solicitar la sustitución o suspensión de la pena privativa de libertad.

Espero haber ayudado. Saludos.
21/07/2007 14:02
Gracias, ahora se me ha complicado la cosa, después de solicitar la comparecencia para reconocer los hechos, han vuelto a detener al imputado en otro municipio por los mimsos hechos. sí pido la conformidad, le va a perjudicar, pero lo tiene muy crudo sí no la pido, ya que le llevan investigando bastante tiempo y no se como actuar, si que los reconozca o no, porque creo tener bastante claro que librarse no se libra...
21/07/2007 19:25
Detener por los mismos hechos? No lo entiendo. Si ya se están juzgado en el mismo juzgado que comentas? Un poco extraño no? Puedes explicarlo mejor? Saludos.
21/07/2007 21:07
perdón, me he explicado mal, no los mismos hechos, el mismo delito, en un pueblo lo ha cometido una vez, y en el otro lleva tres meses haciéndolo y se lo imputan como delito continuado..al detenerle en un sitio le han cazado en el otro que llevabaa haciéndolo mas tiempo
22/07/2007 00:20
Correcto, se la ha complicado; yo intentaría acumular las diferentes diligencias en unas, que entrara todo como delito continuado; ¿¿ aún podría acogerse así a la conformidad premial, o nos ibamos de los tres añitos??

Supongo que sí; por delito continuado nos vamos en principio a la mitad superior; si es tipo básico de estafa, estaríamos entre el año y nueve meses y los tres años.