En materia de traslados, desplazamientos o movilidades funcionales hay que estar a lo dispuesto en el convenio colectivo de aplicación. Cualquier cláusula contractual que vaya en contra de eso es nula de pleno derecho.
Ahora bien, dicho esto, si te trasladan de tienda sin previo aviso y el convenio no lo permite, lo que no puedes hacer es negarte. Debes cumplir la orden y luego reclamar o, mejor, denunciar ante inspección de trabajo esta cláusula si va contra el convenio colectivo, para que la inspección haga un informe declarándola no válida.
Si te niegas a obedecer estarás ante una sanción o un despido disciplinario sin indemnización.
También puedes acudir a la jurisdicción social buscando su nulidad.
Por regla general, las clásusulas contractuales que generan obligaciones inconcretas en futuro indeterminado son abusivas.
Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros en joancarlestejedor@infodret.com o a través de nuestra página web www.infodret.com
Hola buenos dias lo primero presentarme mi nombre es Carlos y soy de Madrid. Trabajo en un empresa, la cual tiene varias tiendas en madrid, esta empresa cuando te contrata, y firmas el contrato hay una clausula que te obliga a aceptar que "la empresa en caso de necesidad se reserva el derecho a cambiarte de tienda" la cual creo que es algo abusiva, ahora mi pregunta, si me trasladan y rechazo el traslado ¿me despedirian con 20 dias por año? Y que deberia hacer ¿no firmar?¿firmar y poner que lo rechazo?