Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

trasmisiones patrimoniales en murcia

2 Comentarios
 
Trasmisiones patrimoniales en murcia
09/01/2016 11:43
Hola:

Estoy valorando comprar una casa y tengo la duda de si podria incluirme en la aplicacion reducida del 3% en lugar del 8% del impuesto sobre trasmisiones patrimoniales.

A priori reuno todos los requisitos que se exigen a excepcion del que tengo duda y es el referente a que el valor real de la vivienda sea inferior a 150.000€

El valor de venta va a ser de 215000 pero aqui se inclulle plaza de garage que es finca independiente y tambien se incluye en este valor el uso de una terraza que es comunitaria y que si no me equivoco no se tiene en cuenta al sacar el valor real.

El municipio es Murcia y como en otros, su pagina facilita una aplicacion para sacar el valor real de los inmuebles y en mi caso (quitando el garaje) el valor es 140000.

Sin embargo en los bancos me dicen que el valor real al que hay que atender es al valor de la venta osea a los 215000€, pero es que incluso siendo asi, ¿no podria especificar en la escritura por ejemplo que adquiero la vivienda por 145000 y el resto por el garage?

Podéis orientarme? gracias de antemano
09/01/2016 12:36
El garaje y el patio común no pueden valer 70.000 € (diferencia entre 215.000 y 145.000€), porque el patio común puede alcanzar los 5.000€ y el valor del garaje dependiendo de la situación del edificio en la ciudad podría ser alrededor de los 30.000€ por decir una cantidad media.
Para lo que quieres hacer, tendrías que bajar esos 215.000 € totales de alguna forma, por ejemplo que lo valorare la Consejería de hacienda y adaptarse a su valor, que quien te lo vende baje el precio y el resto se lo das en otra propiedad o en un coche, ....
Seguramente otros foreros podrán darte otras soluciones más adecuadas.
21/01/2016 19:43
Seria posible para poder acogerme a esa aplicacion reducida del 3%, comprar solo el 50% del inmueble y mi mujer el 50% restante, de forma que al ser inferior a 150.000€ cada mitad, ambos podamos aplicar dicha reducion?