La madre posee 3 inmuebles los cuales uno de ellos un terrero se lo paso a nombre de su hijo y otro inmueble a nombre de su hija. El cual estipula que ella realizará el usufructo de los inmuebles , o sea, no serán propio de sus hijos hasta que la persona no fallezca. El tercer inmueble quedaría sin modificaciones.El día de mañana uno de los hijos puede reclamar el inmueble que le pasaron a su otro hermano? Tienen validez documentos notariales que acrediten éste traspaso?