Hola a todos, quería preguntar lo siguiente, vivo en una comunidad en piso de última planta y algunos vecinos queremos poner trasteros ignífugos en la azotea, pero otro vecino también de mi planta no autoriza la instalación, a pesar de que le he dicho que se haría sólo encima de mi piso y de otro vecino de mi planta también interesado. Quería saber si por la oposición sólo de una persona, los demás interesados nos tenemos que fastidiar o va por votos de la Comunidad.
Muchas gracias por la respuesta. En ese caso el administrador no me ha informado correctamente ya que me dijo que si se opone sólo un vecino, no sería viable la colocación de trasteros.
Yo entiendo que existe una mayoria que desea instalar trasteros y que solo un propietario se niega Pregunte al administrador en que se basa y le dicecque se lea el art.17.4 la parte que dice..... #####se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles ####### Otra cosa seria, si fuese un unico propietario, entonces si llevaria razon el administrador, pero en este caso no la lleva al existir una mayoria
Bueno, en este caso somos 16 vecinos, 4 queremos trasteros , 11 no necesitan pero no se oponen aunque no lo van a poner, y sólo 1 se niega a que se pongan. Sirve en este caso el artículo 17.4?