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Trasteros en zonas comunes

7 Comentarios
 
Trasteros en zonas comunes
24/02/2015 15:59
Hace unos años en el edificio de un piso de mi propiedad se hicieron una serie de juntas para aprobar la construcción de unos trasteros en zonas comunes. Dado que en aquel momento el piso estaba alquilado, no tenía intención de hacer un desembolso extra para un trastero por lo que se llegó al acuerdo de que se me guardase el hueco para un posible futuro trastero.

A día de hoy voy a reformar ese piso para una futura ocupación y cual es mi sorpresa al ver que no se ha respetado mi hueco para construir mi trastero. Tras hablar con el presidente lo que me dice básicamente es "Ajo y agua y como vayas por los tribunales que sepas que lo tienes jodido"

Mi pregunta es, ¿en verdad lo tengo tan jodido?

Los trasteros están construidos en un patio interior y hay uno para cada vivienda excepto para la de mi propiedad.
24/02/2015 17:37
todo depende de lo figure en el acta de la junta donde se acordo la construccionde trasteros
24/02/2015 17:53
Ahí esta el problema en el acta va a poner lo que ellos quieran poner, soy yo contra la comunidad de vecinos... en fin, que lo tengo chungo ¿no?
24/02/2015 17:58
en el acta nunca va a poner lo que ellos quieran poner, no hable en condicional, debe hablar en pasado, ya que usted debe tener ese acta y que se le debieron de remitir cuando se celebro dicha reunion
24/02/2015 18:00
A mi no se me envió copia de ese acta, ¿tienen que demostrar ellos que se me envió o basta con que yo diga que no se me envió?
24/02/2015 18:08
ellos son los que tienen que demostrarlo que usted recibio de forma fehaciente dicha acta. lease la ley de la propiedad horizontal, ahora mismo no me acuerdo en que articulo figura
24/02/2015 18:35
No encuentro el artículo, en el artículo 19 que es el que habla de las actas y libros de actas dice: "El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 9"

Pero el artículo 9 habla sobre las obligaciones de los propietarios...

En todo caso, tenerla no la tengo y según he leído el secretario debe tener un libro de actas en la que debe figurar el acta de esa junta, ¿puedo pedirla de inmediato?. Mi miedo está en que habiendo dicho eso el presidente, mucho me temo que puedan falsear el acta poniendo lo que ellos quieran.
24/02/2015 20:19
El libro de actas es un libro con hojas numeradas, asi que en lugar de solicitar una copia simplemente solicite que le permitan ver el acta original y luego realizar copia.
si lo quieren modificar, necesariamente tendran que hacer alguna tachadura, entiendo yo y se percibiria. no se como es su presidente pero yo no me atreveria.

si lo tiene dificil o no, lo debe estimar un abogado tras revisar la situacion y documentos, no porque se lo diga el presidente va a ser asi.

no deje de reclamar el documento, sin el, alterado o no, tampoco puede hacer nada.

es una opinion

un saludo