Dependerá de las posibilidades que tenga de sanación. Si por ejemplo en el accidente has perdido un brazo, parecería absurdo prolongar una resolución del tribunal durante más de un año.
En cualquier caso, si vuelves a trabajar es porque puedes, por lo tanto de corresponderte algo sería una IPP (las 24 mensualidades) o una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes (una cantidad en función de esas lesiones).
Queria consultar una duda, a ver si alguien me puede echar un cable.
He oido por ahi muchas cosas sobre el tribunal medico, pero nunca acabo de encontrar informacion concreta y que no me confunda.
Hace poco me han dicho que, para una persona que haya estado de baja por accidente de trabajo y que la manden a pasar el tribunal medico sin que haya cumplido 1 año de baja desde que tuvo el accidente, tiene muy pocas posibilidades de que le concedan una incapacidad, y que, como máximo le dan mil euros o 24 mensualidades del sueldo que estuviera cobrando.
Pero que, siendo el mismo caso, para que tengas posibilidades de que te dejen una incapacidad, tienes que llevar minimo 1 año de baja.
Básicamente, que si pasas el tribunal medico antes de 1 año, al haberte dado tu alta correspondiente y haber vuelto al trabajo, no te van a dar nada.
¿Es esto cierto?
Y fuese cual fuese el caso, si fuera tan amable de explicarmelo brevemente la persona que me pueda responder, se lo agradeceria.