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Tributación en la formación financiada por la Empresa parcialmente

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Tributación en la formación financiada por la empresa parcialmente
13/12/2015 22:00
Hola a todos,

Mi consulta tiene que ver con la formación para los empleados que abona la empresa.
Hasta este año mi empresa abonaba íntegramente la formación de los empleados y vía art.42.2 LIRPF nos olvidábamos del tema, ni ingreso a cuenta ni reflejo en la nómina.

Sin embargo este año la política es que la empresa abone el 100% de las facturas pero luego le descuente en nómina al empleado el 50%.

Mi duda es; una vez que aparece la cofinanciación desaparece el paraguas del 42.2 y por tanto esta formación es renta en especie sujeta, así lo veo yo, lo que no tengo claro es si debemos aplicar irpf sobre el 100% de la factura o solo por el 50% que abona la empresa.

Y por otro lado esa parte que paga el empleado y que se le descontaría en nómina, como se descontaría? Antes de impuestos y cotizaciones o después?

Por último por terminar de rizar el rizo... si pasado el tiempo se quisiera reembolsar a un empleado la parte de su formación que ha ido co-pagando mensualmente, ¿se podría hacer una mera transferencia bancaria? Si fuese vía nómina se podría añadir directamente al liquido o tendría que tributar y cotizar?

Ciertamente hemos complicado mucho el tema con estos cambios... Espero que alguno podáis echarme una mano aunque sea solo con alguna de las dudas.

Muchas gracias!!