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tributación extinción condominio

1 Comentarios
 
Tributación extinción condominio
01/09/2005 09:38
Tras separación judicial, los cónyuges copropietarios por mitades indivisas de una vivienda deciden otorgar excritura de extinción de condominio, de manera que uno de ellos se adjudica la mitad del otro abonándole una cantidad en concepto de compensación. ¿Cómo tributa dicha operación, por ITP o AJD? ¿Cuál sería el porcentaje aplicable?. Para más información debo decir que la operación tiene lugar en Cataluña. Gracias a todos. Un saludo
02/09/2005 00:02
Las extinción de condominio tributan por AJD. El tipo informate en tú Delegación de Hacienda de la Generalidad.
Saludos.