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Tributar por venta de vivienda habitual

3 Comentarios
 
Tributar por venta de vivienda habitual
17/09/2008 17:50
Por favor, necesito me asesoreis en el siguiente caso:

Quisiera saber si tendría que tributar a hacienda por el beneficio obtenido por la venta de mi vivienda habitual si la adquirí en enero de 1994, soy mayor de 65 años, no estoy jubilado y es mi residencia habitual y no deseo reinvertir el dinero en otra vivienda?

De ser afirmativo, entonces ¿tengo que tributar por el 18% del total del beneficio obtenido o, como he leido en otras consultas, tengo que tributar por el beneficio que he obtenido proporcionalmente a los días transacurridos hasta la venta desde 19 de enero de 2006?

Muchas gracias por vuestra atención
17/09/2008 17:59
Hola carburo,

Ganancia patrimonial exenta de tributar en IRPF.

Los mayores de 65 años no deben integrar la ganancia patrimonial derivada de la transmisión de su vivienda habitual, tanto si la vivienda se transmite a cambio de un capital como si se transmite a cambio de una renta vitalicia o temporal.

Tampoco tributa si transmite la nuda propiedad de su vivienda, conservando el usufructo de la vivienda para usted.

Por tanto, en ningún caso tributará por esta ganancia.

Espero haber aclarado su duda, un saludo.
17/09/2008 18:09
Muchas gracias por la claridad y celeridad con la que me has respondido Tributo.

Solamente una duda más ... ¿Y si pasa un tiempo y ya no es mi vivienda habitual porque me cambio de vivienda, seguiría estando exento de pago?

Muchas gracias por adelantado
24/09/2008 00:15
hola carburo, podria dejar de residir en la vivienda y tendria un plazo de dos años para venderla y que la ganancia patrimonial quede exenta de tributacion.

Un saludo