Esos tratos entre particulares o son vitalicios y en teoría abría que renovarlos año a año, esto no se hizo así porque las trabajadores eran las mismas y si ninguna reclamaba la finalización del acuerdo éste se mantiene. En cuanto a su compañera tendría que incorporarse al puesto vacante en las condiciones que éste el mismo por tanto sin acuerdos de por medio rotativo de mañanas y tardes, y salvo que el convenio recoja que los trabajadores con guarda legal o custodia tengan preferencia para elegir el turno, la ley para la conciliación de la vida laboral y familiar en cuanto a la reducción de jornada para el cuidado de un menor de 12 años dice que la reducción de jornada se realizará en el turno de trabajo diario, por tanto y salvo que el convenio diga otra cosa esa trabajadora y usted tendran que ponerse a rotar una semana cada una.
Buenas tardes escribo porque llevo11 años trabajando en una empresa como administrativa empece con el turno de tarde pero en el 2016 tras volver de mi baja por maternidad yo y mi compañera realizamos un acuerdo mutuo de realizar turnos rota tivos y la empresa lo acepto, ahora mi compañera sera de la empresa y yo he solic itado el turno de mañana pero otra compañera que trabaja en otro pueblo en turno de mañana pero jornada reducida y con hijos menores como yo ha solicitado cubrir la vacante que deja mi compañera con turnos rota tivos,¿ tengo derecho a tener el turno de mañana yo mas que ella el rotativo? ya que el rotativo fue u n trato entre mi otra compañera y yo