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Turno de noche

2 Comentarios
 
Turno de noche
08/07/2021 13:48
Buenas,

Si en un turno de noche me pillan dormido, ¿pueden hacerme un despido procedente teniendo en cuenta que la empresa no paga el plus de nocturnidad, se hacen mas horas de lo establecido por ley y no dan dos diás festivos semanales contraviniendo lo establecido por el convenio que fija el sector?

Gracias
08/07/2021 16:47
amr8421
Dos días festivos semanales contraviniendo el convenio? Cuál es ese convenio? Se hacen más horas de las que se establecen por ley? Les pagan h.e.?
No paga nocturnidad? Ojo, no será que usted ha sido contratado para trabajar de noches, en cuyo caso la nocturnidad ya va incluida en el salario bruto por hora trabajada.
Verá, todos los incumplimientos son denunciables y demandables, lo que no se puede es yo hago lo que me da la gana ya que la empresa no cumple la normativa, no eso no es posible, usted si la empresa no cumple debe demandará o denunciarla, (según sea la cuestión a tratar), pero si usted se duerme en el trabajo claro que le pueden imponer un despido disciplinario.
Debería decirnos tanto la actividad como si trabaja a turnos o a un turno fijo siempre de noches, si trabaja a turnos como se realizan los cambios de turno? Respetan los tiempos de descanso correspondiente entre jornadas?
En cuanto a la jornada que se realiza, qué jornada es? Dice que es excesiva, si es así estarán haciendo h.e. bien estas son voluntarias así que con negarse a hacerlas que la empresa busque soluciones a usted no le pueden obligar.
Por otra parte es su primera sanción, verá muchas veces ponen cambios cortos entre turnos, se realiza un exceso de horas, no se procede a los descansos correspondientes con lo que el trabajador puede tener síntomas de extres y agotamiento con lo que un buen abogado puede conseguir que ese despido no prospere pero en ppio, por supuesto que la empresa puede despedir a un trabajador que pillan dormido, (por cierto tb influye la postura, es decir si está cómodamente acostado en un sofá se entiende que su intención era dormir durante el trabajo, cosa distinta es que esté usted en su mesa de trabajo y se haya quedado dormido en su mesa de trabajo, esto demostraría agotamiento).
smo
10/07/2021 15:28
Jamgrrhh28
Gracias por su respuesta, me es de utilidad.

De momento no hay cámaras para que se pueda dar esa situación de infracción, aunque las habrá en breve. No estoy contratado sólo para hacer turno de noche, es un trabajo de recepción de hotel con turnos rotativos. Pero la empresa no respeta el convenio provincial del sector de la hostelería vigente, se hacen mas de 8 horas en turno de noche, no se paga ese plus de nocturnidad, no hay compensaciones por trabajar dias festivos, sólo se da un dia libre a la semana que dedicamos a descansar después del turno de noche, se superan concreces las 40 horas semanales,etc., etc...eso a pesar de ser un empresa muy bollante, pero donde el trabajar es algo muy prescindible.

Pedir el cumplimiento del convenio supone ser despido, al igual que cuando alguien ha tenido una baja de larga duración. Escrúpulos pocos. Y pesar de tantas infracciones a tantos trabajadores que han pasado por allí, no entiendo que no funcionen las inspecciones ni los sindicatos hayan hecho nada. Creo que lo mejor será intentar aguantar, pero si veo que el no descansar me puede costar la vida en la carretera por el cansancio(alguno de nosotros ya se ha accidentado) mejor ser despedido que no muerto.
Turno de noche | PorticoLegal
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Turno de noche
08/07/2021 13:48
Buenas,

Si en un turno de noche me pillan dormido, ¿pueden hacerme un despido procedente teniendo en cuenta que la empresa no paga el plus de nocturnidad, se hacen mas horas de lo establecido por ley y no dan dos diás festivos semanales contraviniendo lo establecido por el convenio que fija el sector?

Gracias
08/07/2021 16:47
amr8421
Dos días festivos semanales contraviniendo el convenio? Cuál es ese convenio? Se hacen más horas de las que se establecen por ley? Les pagan h.e.?
No paga nocturnidad? Ojo, no será que usted ha sido contratado para trabajar de noches, en cuyo caso la nocturnidad ya va incluida en el salario bruto por hora trabajada.
Verá, todos los incumplimientos son denunciables y demandables, lo que no se puede es yo hago lo que me da la gana ya que la empresa no cumple la normativa, no eso no es posible, usted si la empresa no cumple debe demandará o denunciarla, (según sea la cuestión a tratar), pero si usted se duerme en el trabajo claro que le pueden imponer un despido disciplinario.
Debería decirnos tanto la actividad como si trabaja a turnos o a un turno fijo siempre de noches, si trabaja a turnos como se realizan los cambios de turno? Respetan los tiempos de descanso correspondiente entre jornadas?
En cuanto a la jornada que se realiza, qué jornada es? Dice que es excesiva, si es así estarán haciendo h.e. bien estas son voluntarias así que con negarse a hacerlas que la empresa busque soluciones a usted no le pueden obligar.
Por otra parte es su primera sanción, verá muchas veces ponen cambios cortos entre turnos, se realiza un exceso de horas, no se procede a los descansos correspondientes con lo que el trabajador puede tener síntomas de extres y agotamiento con lo que un buen abogado puede conseguir que ese despido no prospere pero en ppio, por supuesto que la empresa puede despedir a un trabajador que pillan dormido, (por cierto tb influye la postura, es decir si está cómodamente acostado en un sofá se entiende que su intención era dormir durante el trabajo, cosa distinta es que esté usted en su mesa de trabajo y se haya quedado dormido en su mesa de trabajo, esto demostraría agotamiento).
smo
10/07/2021 15:28
Jamgrrhh28
Gracias por su respuesta, me es de utilidad.

De momento no hay cámaras para que se pueda dar esa situación de infracción, aunque las habrá en breve. No estoy contratado sólo para hacer turno de noche, es un trabajo de recepción de hotel con turnos rotativos. Pero la empresa no respeta el convenio provincial del sector de la hostelería vigente, se hacen mas de 8 horas en turno de noche, no se paga ese plus de nocturnidad, no hay compensaciones por trabajar dias festivos, sólo se da un dia libre a la semana que dedicamos a descansar después del turno de noche, se superan concreces las 40 horas semanales,etc., etc...eso a pesar de ser un empresa muy bollante, pero donde el trabajar es algo muy prescindible.

Pedir el cumplimiento del convenio supone ser despido, al igual que cuando alguien ha tenido una baja de larga duración. Escrúpulos pocos. Y pesar de tantas infracciones a tantos trabajadores que han pasado por allí, no entiendo que no funcionen las inspecciones ni los sindicatos hayan hecho nada. Creo que lo mejor será intentar aguantar, pero si veo que el no descansar me puede costar la vida en la carretera por el cansancio(alguno de nosotros ya se ha accidentado) mejor ser despedido que no muerto.