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turno oficio, ejecucion hipotecaria

8 Comentarios
 
Turno oficio, ejecucion hipotecaria
09/11/2011 17:03
Hola compis

Me han asignado en turno de oficio, una ejecucion hipotecaria. No sé como proceder... los ejecutados me dicen de entregar la vivienda, pero no tengo muy claro el tema de la dacion en pago, si la entidad ha de aceptar ésta o no... si he oponerme a la ejecucion o no... muchas dudas... Alguien que arroje un poco de luz????

millon de gracias
10/11/2011 19:01
Me temo que la casi totalidad de las oposiciones son insostenibles. La dación en pago ha de aceptarla la entidad, si no, nada. Aunque hay un par de sentencias novedosas en contrario, la cruda realidad es que se llevan a efecto las ejecuciones en un porcentaje que ronda el 100%.
10/11/2011 19:56
Ante una ejecución hipotecaria, es muy poco lo que se puede hacer.
Oponerse conlleva el riesgo de incrementar las costas, porque lo normal es que no prospere y ya sabemos que, en estos procedimientos, la cuantía (sobre ella se calculan las costas) es muy alta. Para plantear una oposición tendrías que hacer antes un estudio muy serio y riguroso sobre las condiciones de la hipoteca a la vista de la legislación aplicable, y los requerimientos hechos a tus defendidos, y todo ello en busca de que se haya cometido algún fallo formal, que a veces puede ocurrir. Esta sería la única posibilidad de que prosperase la oposición.

Otra posibilidad (ex art. 693.3 LEC), sólo para el caso en que el inmueble sea la vivienda habitual, es que tus defendidos paguen la deuda vencida, con sus intereses, hasta ese momento, y con ello se levanta el procedimiento, y deben continuar pagando las cuotas del préstamo. Esta especie de enervación sólo es posible ejercitarla de nuevo, si desde la anterior han transcurrido al menos cinco años.
Puede sonar a que, si hay que pagar no resuelve nada. Lo que tiene de positivo es que se enerva la ejecución sin devolver el total del préstamo, pese a que es el total del préstamo lo que se reclama en una ejecución hipotecaria, toda vez que el banco resuelve el contrato de préstamo por el incumplimiento del prestatario. Con esta opción, el contrato de préstamo se mantiene, y, claro está, tus defendidos tendrían que seguir pagando las cuotas puntualmente, so pena de verse otra vez ejecutados (y esta vez, si no han pasado cinco años desde la anterior, sin posibilidad de enervar).
Estas son las posibilidades procesales. Aparte están las que se logre negociar con la entidad, que dependen no sólo de la disposición del banco, sino de lo que el particular pueda ofrecer. Es en este marco de la negociación donde cabe la dación en pago.
10/11/2011 22:16
Muchisimas gracias, supongo que lo único que puedo hacer es contactar con los compañeros que llevan la ejecucion, o con el banco, a ver si existe alguna solución...
les he dicho que la pongan en venta, por si les surgiera comprador, por lo menos por el principal... o quizás por algo menos, y que por el resto, hagan un reconocimiento de deuda con compromiso de pago... que opinais...

de nuevo, mil gracias a los dos
12/11/2011 19:43
Muy importante es saber cual es el precio de mercado del inmueble y cuanto la deuda total con intereses costas y todo. Porque si el saldo es positivo LO IMPORTANTE ES OBTENER EL MAYOR PRECIO EN LA SUBASTA. Para ello lo mejor es que el propietario de a conocer su piso lo mejor posible. Aconsejo que se ponga en contacto con Tristan en el blog de subastas de www.rankia.com. En este caso cuando más subasteros estén al tanto y más fácil lo tengan más subirá la puja.

En caso contrario lo mejor sería hablar con el banco pero ya te aviso que últimamente suelen estar poco receptivos. Es que pocas cosas más se pueden hacer, yo conozco algunas "marrullerías" que podrían retrasar el tema pero no las defiendo y por tanto ni las digo.
13/11/2011 13:12
Muchas gracias artemio, como puedo saber el precio de mercado??? Sé exactamente cuanto es la deuda total, pero no tengo ni idea de cual es el precio de mercado, supongo que no tiene nada que ver con el valor de tasacion, verdad??
13/11/2011 23:44
jenita,
actualmente es dificil conocer el valor de mercado simplemente porque es muy dificil vender (o sea que practicamente no hay "mercado").
Lo mejor es ver cuanto piden por pisos similares en la zona y si llevan meses sin venderse ya sabemos que su valor es menor. Si son de otras dimensiones se haya el precio por metro cuadrado. Luego hay que contar con mil variables más pero puede no ser necesario afinar tanto.
Sin más datos, la mejor opción es intentar la enervación, pero para eso tiene que tener el deudor dinero para pagar la deuda. En caso contrario tiene que afrontar con toda probabilidad un gran descalabro económico, porque quien acuda a subasta va a ofrecer como máximo un 80% de lo que vale, simplemente porque se la juega porque puede tardar en poder ocupar el piso, puede tener conflictos de todo tipo, tiene que pagar impuestos y luego puede costarle un montón venderlo.
Para eso lo único que se puede hacer es dar la mayor publicidad a la subasta para que vaya el mayor número de postores y sí estos además tienen facilidades estarán dispuestos a pujar más. Las actuaciones con el banco también las debes intentar.
Si estás autorizado a indicar exactamente de qué inmueble se trata facilitaría su conocimiento por parte de posibles postores y su valoración.
08/01/2013 23:39
hola .e pedido una nota simple y pone expedicion de certificado de cargas conforme art 688enjuiz civil en juzg de 1º intncia ejecucion hipotecaria nº924/2011, de fecha T en reclamaciondel credito, no me an notificado, pregunto esto sea subastado ya la nota simple es de finales de diciembre 2012. GRACIAS
09/01/2013 00:26
Por lo que cuentas, no se ha producido todavía la subasta, pero el juzgado la está preparando y ya ha completado el trámite de pedir el certificado de cargas.
Lo normal es que te enteres porque te llegará la notificación.
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Turno oficio, ejecucion hipotecaria
09/11/2011 17:03
Hola compis

Me han asignado en turno de oficio, una ejecucion hipotecaria. No sé como proceder... los ejecutados me dicen de entregar la vivienda, pero no tengo muy claro el tema de la dacion en pago, si la entidad ha de aceptar ésta o no... si he oponerme a la ejecucion o no... muchas dudas... Alguien que arroje un poco de luz????

millon de gracias
10/11/2011 19:01
Me temo que la casi totalidad de las oposiciones son insostenibles. La dación en pago ha de aceptarla la entidad, si no, nada. Aunque hay un par de sentencias novedosas en contrario, la cruda realidad es que se llevan a efecto las ejecuciones en un porcentaje que ronda el 100%.
10/11/2011 19:56
Ante una ejecución hipotecaria, es muy poco lo que se puede hacer.
Oponerse conlleva el riesgo de incrementar las costas, porque lo normal es que no prospere y ya sabemos que, en estos procedimientos, la cuantía (sobre ella se calculan las costas) es muy alta. Para plantear una oposición tendrías que hacer antes un estudio muy serio y riguroso sobre las condiciones de la hipoteca a la vista de la legislación aplicable, y los requerimientos hechos a tus defendidos, y todo ello en busca de que se haya cometido algún fallo formal, que a veces puede ocurrir. Esta sería la única posibilidad de que prosperase la oposición.

Otra posibilidad (ex art. 693.3 LEC), sólo para el caso en que el inmueble sea la vivienda habitual, es que tus defendidos paguen la deuda vencida, con sus intereses, hasta ese momento, y con ello se levanta el procedimiento, y deben continuar pagando las cuotas del préstamo. Esta especie de enervación sólo es posible ejercitarla de nuevo, si desde la anterior han transcurrido al menos cinco años.
Puede sonar a que, si hay que pagar no resuelve nada. Lo que tiene de positivo es que se enerva la ejecución sin devolver el total del préstamo, pese a que es el total del préstamo lo que se reclama en una ejecución hipotecaria, toda vez que el banco resuelve el contrato de préstamo por el incumplimiento del prestatario. Con esta opción, el contrato de préstamo se mantiene, y, claro está, tus defendidos tendrían que seguir pagando las cuotas puntualmente, so pena de verse otra vez ejecutados (y esta vez, si no han pasado cinco años desde la anterior, sin posibilidad de enervar).
Estas son las posibilidades procesales. Aparte están las que se logre negociar con la entidad, que dependen no sólo de la disposición del banco, sino de lo que el particular pueda ofrecer. Es en este marco de la negociación donde cabe la dación en pago.
10/11/2011 22:16
Muchisimas gracias, supongo que lo único que puedo hacer es contactar con los compañeros que llevan la ejecucion, o con el banco, a ver si existe alguna solución...
les he dicho que la pongan en venta, por si les surgiera comprador, por lo menos por el principal... o quizás por algo menos, y que por el resto, hagan un reconocimiento de deuda con compromiso de pago... que opinais...

de nuevo, mil gracias a los dos
12/11/2011 19:43
Muy importante es saber cual es el precio de mercado del inmueble y cuanto la deuda total con intereses costas y todo. Porque si el saldo es positivo LO IMPORTANTE ES OBTENER EL MAYOR PRECIO EN LA SUBASTA. Para ello lo mejor es que el propietario de a conocer su piso lo mejor posible. Aconsejo que se ponga en contacto con Tristan en el blog de subastas de www.rankia.com. En este caso cuando más subasteros estén al tanto y más fácil lo tengan más subirá la puja.

En caso contrario lo mejor sería hablar con el banco pero ya te aviso que últimamente suelen estar poco receptivos. Es que pocas cosas más se pueden hacer, yo conozco algunas "marrullerías" que podrían retrasar el tema pero no las defiendo y por tanto ni las digo.
13/11/2011 13:12
Muchas gracias artemio, como puedo saber el precio de mercado??? Sé exactamente cuanto es la deuda total, pero no tengo ni idea de cual es el precio de mercado, supongo que no tiene nada que ver con el valor de tasacion, verdad??
13/11/2011 23:44
jenita,
actualmente es dificil conocer el valor de mercado simplemente porque es muy dificil vender (o sea que practicamente no hay "mercado").
Lo mejor es ver cuanto piden por pisos similares en la zona y si llevan meses sin venderse ya sabemos que su valor es menor. Si son de otras dimensiones se haya el precio por metro cuadrado. Luego hay que contar con mil variables más pero puede no ser necesario afinar tanto.
Sin más datos, la mejor opción es intentar la enervación, pero para eso tiene que tener el deudor dinero para pagar la deuda. En caso contrario tiene que afrontar con toda probabilidad un gran descalabro económico, porque quien acuda a subasta va a ofrecer como máximo un 80% de lo que vale, simplemente porque se la juega porque puede tardar en poder ocupar el piso, puede tener conflictos de todo tipo, tiene que pagar impuestos y luego puede costarle un montón venderlo.
Para eso lo único que se puede hacer es dar la mayor publicidad a la subasta para que vaya el mayor número de postores y sí estos además tienen facilidades estarán dispuestos a pujar más. Las actuaciones con el banco también las debes intentar.
Si estás autorizado a indicar exactamente de qué inmueble se trata facilitaría su conocimiento por parte de posibles postores y su valoración.
08/01/2013 23:39
hola .e pedido una nota simple y pone expedicion de certificado de cargas conforme art 688enjuiz civil en juzg de 1º intncia ejecucion hipotecaria nº924/2011, de fecha T en reclamaciondel credito, no me an notificado, pregunto esto sea subastado ya la nota simple es de finales de diciembre 2012. GRACIAS
09/01/2013 00:26
Por lo que cuentas, no se ha producido todavía la subasta, pero el juzgado la está preparando y ya ha completado el trámite de pedir el certificado de cargas.
Lo normal es que te enteres porque te llegará la notificación.