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Tutor y herencia

4 Comentarios
 
Tutor y herencia
26/06/2018 12:44
Buenos días,
a continuación detallo una situación familiar:
Tres hermanas ancianas, sólo una de ellas tiene hijos.
De las otras dos, una está incapacitada y vive con otra hermana en una residencia.
Uno de los sobrinos, médico de profesión, se ha hecho tutor de las dos que viven en la residencia (una de ellas incapacitada por enfermedad mental).
La pregunta que quiero hacer es ¿qué derechos tiene la tercera hermana ante las acciones de venta de patrimonio y control del mismo que está ejerciendo el sobrino?
Muchas gracias.
26/06/2018 13:59
Anonimo013
Buen día Anónimo, debe tener en cuenta que entre las funciones del tutor está la de administrar el patrimonio del incapaz, por lo que es normal ese control que denuncia. Dicho esto, su actuación nunca podrá ser arbitraria y por eso está sujeta a control judicial. Por un lado, debe rendir cuentas anualmente de la administración efectuada y por otro la ley le prohíbe recibir donaciones o adquirir bienes de su tutelado, representarlo si existe conflicto de intereses o transmitir bienes a un tercero.
Por otro lado, si usted entiende que el tutor está incumpliendo con sus obligaciones, y puede acreditarlo, podría instar su remoción.

Un saludo
26/06/2018 14:50
Schezlaf
Muchas gracias Schezlaf.
De momento ha vendido una propiedad y ha prohibido al resto de la familia la intervención que ejercían antes: Elaboración de las Declaraciones de Renta, control de gastos, etc...
Puede que forme parte de sus nuevas responsabilidades como tutor. Veremos como termina todo.
Muchas gracias.
26/06/2018 16:39
Anonimo013
En principio, si ha vendido un inmueble habrá tenido que recabar la preceptiva autorización judicial para tal acto y haber justificado tanto la necesidad o conveniencia de la venta como el destino que se pretende dar al precio obtenido, todo ello siempre en beneficio del incapaz.

Un saludo
26/06/2018 17:33
Anonimo013
Efectivamente, el control de ingresos y gastos, así como las obligaciones tributarias son parte de sus obligaciones como tutor. Si vosotros queréis tener información sobre lo que está haciendo, os podéis "personar" en el procedimiento de incapacidad. Y así, una vez al año, cuando rinda cuentas de su gestión podéis tener copia de lo que haya remitido al Juzgado. Acercaros al Juzgado y os dirán como teneis que proceder.