Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Un año de prisión y 450 € de multa

16 Comentarios
 
Un año de prisión y 450 € de multa
02/03/2006 10:27
¿Cómo un magistrado de lo penal puede dar crédito a las alegaciones de un policía local que dice que le han roto una pulsera de oro puesta en su mano y causado una insición de 0.5 Cm. de largo con un bastón de anciano que no tiene por donde engancharse ni filo cortante?
02/03/2006 12:04
Siempre creen lo que dicen los policias.
02/03/2006 12:25
Hola ana abogada. Que conste que yo no pertenezco a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado, pero lo manifestado por usted creo que no es correcto. En el ámbito penal la declaración de un miembro de las FCS no tiene presunción de veracidad, a contrario que en el orden administrativo donde si gozan de dicha presunción.

En la práctica diaria se que lo anteriormente expuesto en bastantes casos no se cumple( me refiero al orden penal), pero de ahí a afirmar que " Siempre creen lo que dicen los policias" va un abismo.

Un saludo.
02/03/2006 13:36
Estoy con el Sr. Jan. Yo diría incluso más.
Aunque no siempre, creo que la mayoría de las veces que, en el ámbito penal, se cree más la versión de un funcionario de las FCS que la de un particular se debe a que estos últimos no suelen tener ningún interés en el asunto inicialmente, y acuden al lugar requeridos por algún ciudadano, mientras que el resto de las partes sí los tienen. Es por ello que su testimonio es más creíble para el juzgador, y no por su condición de FCS (aunque también puede darse algún caso; en mi opinión los menos). Si otro testimonio cualquiera se encuentra en las mismas circunstancias que el agente (no tiene nada que ver con las partes implicadas, etc., también resulta más creíble que el resto).
Por contra, cuando el juzgador aprecia que el funcionario de las FCS tiene una implicación en los hechos de carácter más personal, tiende a dudar de su testimonio (según mi experiencia) tanto o más como del de cualquier otro ciudadano.

Un saludo a todos.
02/03/2006 15:09
"En el ámbito penal la declaración de un miembro de las FCS no tiene presunción de veracidad, a contrario que en el orden administrativo donde si gozan de dicha presunción."

No estoy de acuerdo con dicha opinión ¿En qué se basa?
02/03/2006 17:06
Según mi modesta experiencia lo que diga un agente de las FCS, incluso habiendo contradicciones flagrantes, si acude como testigo / autor del atestado policial va a misa.
Si acude como imputado, las pruebas que se deben aportar para desvirtuar su presunción de inocencia siempre deberán ser uno o dos grados más elevadas (objetivas, fundamentadas, documentales y no testificales, etc) que si se tratara de un particular.
Respecto a la presunción de veracidad, la ley no establece su existencia (·salvo en cuestiones de tráfico), pero cualquiera que pise mínimamente los juzgados y Tribunales puede contestar a esta simple pregunta: ¿vale igual lo dicho por un policía que lo dicho por alguien que no lo es (sea o no el imputado)? ¿los jueces, en general, otorgan el mismo grado de credibilidad?
No responderé yo, lo dejo abierto al foro.
02/03/2006 17:16
Así es, DP. Basta pisar los Juzgados para darse cuenta. Los de instrucción y los penales, por ejemplo. Y Y si se trata de un tráfico, como hagan mal el atestado, lo tienes crudo: La mayoria de las veces ni se acuerdan del accidente pero su palabra es sagrada.
03/03/2006 00:53
De este tema ya se ha hablado antes y, por lo que se trató la otra vez, parece que, según la zona de España que tratéis se habla en uno u otro sentido.
Le aseguro que no, que esa "presunción de veracidad" que ustedes comentan, en esta Andalucía en la que vivimos muchos ni se imagina. Aunque parezca mentira es más bien al contrario.
Por curiosidad ¿También hay tanta diferencia en sentencias, por ejemplo, de falta de respeto del 634 CP ? Me refiero al caso general de esa insolvencia máxima que todos aducen, aquí la cuantía total oscila entre 20 y 40 Euros, ya sea dar un empujón, vestirlo de limpio o conducir de modo temerario desobedeciendo las órdenes de los agentes (aquí es lo habitual, prácticamente no existe la aplicación del 381 CP, por muchas personas que hallan tenido que saltar de la acera y así lo declaren).
03/03/2006 01:41
Por otra parte Sr. Optio, claro que las mayorías de las veces uno no se acuerda del accidente, probablemente si los juzgados no tardaran años en celebrar el juicio oral, entre los que han acudido a 200 accidentes más, no habría esos problemas, de todas formas, para eso están los atestados (para rercordar uno mismo, no me malinterprete). ¿Nunca le ha pasado que al recordar una parte de un suceso consegui rememorar el resto? La mecánica psicológica así funciona.

Saludos y ruego no me malinterprete pero le aseguro que no todo el monte es orégano, llevo muchos años trabajando y el orégano todavía no lo he visto.
03/03/2006 01:44
Para enmendar un error en el post anterior, donde dice "consegui", quise decir "consigue".
03/03/2006 10:07
Estimado PpBb: Cada uno lo cuenta como le va. Yo también llevo unos cuantos años trabajando y vengo viéndolo como lo cuento. COn respecto a lo de los atestados, pues qué quieres que te diga. Si antes de entrar a unas faltas de tráfico ves, por ejemplo, a los agentes poniéndose de acuerdo en lo que han de decir....( y digo, literalmente, poniéndose de acuerdo y no recordando los hechos atestado en mano).

Un ejemplo práctico? Veamos:

En una vista en el juzgado de lo penal de cuya Audiencia no quiero acordarme:

Antecedentes: Un grupo de policías persiguen a un vehículo que se ha saltado un control a las tres de la madrugada. El vehiculo perseguido se salta un segundo control y está a punto de arrollar a un agente, que se lanza al arcén para no ser atropellado. Por un par de minutos, los perseguidores pierden de vista al vehículo, el cual se sale de la carretera, se mete por un camino y se queda atascado en el barro. Los cuatro ocupantes salen del vehículo campo a través. Los agentes perseguidores llegan al lugar cuando los ocupantes ya han salido de dicho vehículo, les persiguen y los atrapan.

Se trata de averiguar quien era el conductor (que sería, claro, el supuesto autor de sendos delitos contra la seguridad del tráfico y desobediencia conforme a la calificación del fiscal).

Comparecen como testigos 9 Policías. Del largo interrogatorio, se va desprendiendo que nadie pudo ver con claridad al conductor. El Fiscal, que ve como se le derrumba la acusación. Y, me cachis, le toca el turno al agente que estuvo a punto de ser arrollado.

Fiscal: Sr. Agente...¿Vió usted al conductor del vehiculo ?
Agente. Sí
Fiscal: Se encuentra el conductor del vehículo en esta sala?
Agente: Si.
Fiscal: Podría usted señalarlo?
Fiscal: Sí...es este de aqui (señalando a la persona sentada en el banquillo, es decir, mi cliente).
Fiscal: No hay más preguntas, Señoría.

La defensa:

Defensa: Sr. Agente. Los hechos sucedieron a las tres de la mañana, aproximadamente, no?
Agente: Sí.
Defensa: Los hechos sucedieron en una carretera fuera de poblado, no?
Agente: si.
Defensa: Es decir, no había iluminación artificial en la zona...
Agente: No.
Defensa: Además, ha relatado usted a preguntas del Mº Fiscal que tuvo que saltar al arcén para no ser arrollado por el vehículo perseguido por sus compañeros, porque este venía hacia usted a toda velocidad...
Agente: si.
Defensa: Llevaba el vehículo perseguido las luces encendidas?
Agente: Si
Defensa: Es decir: De noche, en una zona sin iluminación artificial, le viene a usted un vehículo a toda velocidad con las luces de cara, salta usted en ese momento a toda prisa al arcén por no ser arrollado, es decir, al arcén lado acompañante... ¿y le da tiempo a ver la cara del conductor y a señalarlo en este acto sin ningún género de dudas?
Agente: Bueno, yo.....
Defensa: No hay más preguntas, señoría.

¿Sentencia?: Culpable. ¿Razón?...transcribo parte de la sentencia:

"No podemos dar veracidad a lo manifestado por D. Fulano en cuanto que no era él el conductor del vehículo y sí, por el contrario, don mengano, quien se autoinculpó de los hechos y quien ha quedado acreditado que viajaba en el automovil tal la noche de autos.. Tal como consta en el atestado y reiteró el agnete numero tal en el acto de juicio, el automóvil era conducido por don fulano, pues pudo verlo al pasar junto a él a toda velocidad y así lo ratificó a preguntas del Ministerio Fiscal".

Y como esta......



03/03/2006 20:38
Estimado PpBb, este tema lo tenemos ya muy tratado. Personalmente estoy seguro de que vd. lo dice como lo ve y como lleva años viviéndolo. No tengo duda alguna. Pero aquí las cosas no son así. Personalmente he visto cosas peores que la que narra el forista anterior. Pero ejemplos los podemos poner todos en ambos sentidos.
Lo cierto, personalmente, es que todos podemos mentir. De ahí que más que presunciones veraces, en los órganos jurisdiccionales deberían primar las pruebas objetivas. Todos saldríamos ganando.
Y los abusos, ya sea el policía que agrede impunemente o miente en el atestado o el abogado que induce a presentar una denuncia falsa o que colabora activamente en el delito, sancionarlo duramente. La inhabilitación absoluta para el desempeño de esa profesión sería lo deseable, y no la suspensión temporal para que luego pueda seguir haciendo barbaridades.
Creo yo, vamos.

04/03/2006 09:51
Benalmádema (Málaga)
Seguro, que si ese momento el condenado no llega a llevar 300 € en la cartera, no hubiera pasado nada de nada. ¡Dinero, que ni diós sabe donde estará ahora por no constar en el atestado!
¿Complot policial para quedarse con dinero de turistas que van ebrios por la calle? ¡Madre mia! ¿Porqué no se quedaron con los euros sin tener que liar la cosa alegando atentado?
04/03/2006 12:52
Y qué tiene que ver el bastón del abuelo, la pulsera del policía, la incisión, los trescientos euros, el complot policial y los guiris borrachos?
Te recomiendo dejes de consumir esas sustancias antes de que se te muera la penúltima neurona alucinada...
04/03/2006 22:45
Hola colega.
Nunca dije que consumiera ninguna sustancia.
¿Cúanto tiempo habrá pasado desde la última vez que nos vimos? ¡No lo recuerdo! Por éso, aprovecho los beneficios de este foro para una cita en internovat hotmail para recordar nuestros tiempos pasados.
¿Sigues dedicándote a la psicología imaginativa gratuítamente?

PD: Desde el martes 7 de Marzo de 2006 no podré estar disponible hasta problablemete Octubre de este mismo anyo.
Saludo a todos.
05/03/2006 02:11
La sentencia que relata Vd. amigo Optio, es desde luego, significativa, como dice el también amigo DP, parece que, desde luego, vivimos mundos distintos (o juzgados distintos). Teniendo en cuenta los varios jueces de primera instrucción que hay en mi municipio, le aseguro que esto no es broma, muchos miramos el calendario y..."Hoy está de guardia fulanito...que Dios nos coja confesados, cuidadito en la calle", porque sabemos que denuncia ciudadana=condena. Así no se puede trabajar y le aseguro que merma muchísimo la moral y el resultado policial ¿Cómo intervenir si en cada momento te la estás jugando?

Lo único que puedo decir es que, por lo que por en este foro se cuenta y se ve, alomejor me convendría pedir permuta a Cataluña, para así poder trabajar sin andar uno cubriéndose las espaldas de (algunos) jueces y fiscales.

Saludos.
05/03/2006 10:21
En todos sitios cuecen habas, amigo PpBb. Y vale más malo conocido....
Un año de prisión y 450 € de multa | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Un año de prisión y 450 € de multa

16 Comentarios
 
Un año de prisión y 450 € de multa
02/03/2006 10:27
¿Cómo un magistrado de lo penal puede dar crédito a las alegaciones de un policía local que dice que le han roto una pulsera de oro puesta en su mano y causado una insición de 0.5 Cm. de largo con un bastón de anciano que no tiene por donde engancharse ni filo cortante?
02/03/2006 12:04
Siempre creen lo que dicen los policias.
02/03/2006 12:25
Hola ana abogada. Que conste que yo no pertenezco a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado, pero lo manifestado por usted creo que no es correcto. En el ámbito penal la declaración de un miembro de las FCS no tiene presunción de veracidad, a contrario que en el orden administrativo donde si gozan de dicha presunción.

En la práctica diaria se que lo anteriormente expuesto en bastantes casos no se cumple( me refiero al orden penal), pero de ahí a afirmar que " Siempre creen lo que dicen los policias" va un abismo.

Un saludo.
02/03/2006 13:36
Estoy con el Sr. Jan. Yo diría incluso más.
Aunque no siempre, creo que la mayoría de las veces que, en el ámbito penal, se cree más la versión de un funcionario de las FCS que la de un particular se debe a que estos últimos no suelen tener ningún interés en el asunto inicialmente, y acuden al lugar requeridos por algún ciudadano, mientras que el resto de las partes sí los tienen. Es por ello que su testimonio es más creíble para el juzgador, y no por su condición de FCS (aunque también puede darse algún caso; en mi opinión los menos). Si otro testimonio cualquiera se encuentra en las mismas circunstancias que el agente (no tiene nada que ver con las partes implicadas, etc., también resulta más creíble que el resto).
Por contra, cuando el juzgador aprecia que el funcionario de las FCS tiene una implicación en los hechos de carácter más personal, tiende a dudar de su testimonio (según mi experiencia) tanto o más como del de cualquier otro ciudadano.

Un saludo a todos.
02/03/2006 15:09
"En el ámbito penal la declaración de un miembro de las FCS no tiene presunción de veracidad, a contrario que en el orden administrativo donde si gozan de dicha presunción."

No estoy de acuerdo con dicha opinión ¿En qué se basa?
02/03/2006 17:06
Según mi modesta experiencia lo que diga un agente de las FCS, incluso habiendo contradicciones flagrantes, si acude como testigo / autor del atestado policial va a misa.
Si acude como imputado, las pruebas que se deben aportar para desvirtuar su presunción de inocencia siempre deberán ser uno o dos grados más elevadas (objetivas, fundamentadas, documentales y no testificales, etc) que si se tratara de un particular.
Respecto a la presunción de veracidad, la ley no establece su existencia (·salvo en cuestiones de tráfico), pero cualquiera que pise mínimamente los juzgados y Tribunales puede contestar a esta simple pregunta: ¿vale igual lo dicho por un policía que lo dicho por alguien que no lo es (sea o no el imputado)? ¿los jueces, en general, otorgan el mismo grado de credibilidad?
No responderé yo, lo dejo abierto al foro.
02/03/2006 17:16
Así es, DP. Basta pisar los Juzgados para darse cuenta. Los de instrucción y los penales, por ejemplo. Y Y si se trata de un tráfico, como hagan mal el atestado, lo tienes crudo: La mayoria de las veces ni se acuerdan del accidente pero su palabra es sagrada.
03/03/2006 00:53
De este tema ya se ha hablado antes y, por lo que se trató la otra vez, parece que, según la zona de España que tratéis se habla en uno u otro sentido.
Le aseguro que no, que esa "presunción de veracidad" que ustedes comentan, en esta Andalucía en la que vivimos muchos ni se imagina. Aunque parezca mentira es más bien al contrario.
Por curiosidad ¿También hay tanta diferencia en sentencias, por ejemplo, de falta de respeto del 634 CP ? Me refiero al caso general de esa insolvencia máxima que todos aducen, aquí la cuantía total oscila entre 20 y 40 Euros, ya sea dar un empujón, vestirlo de limpio o conducir de modo temerario desobedeciendo las órdenes de los agentes (aquí es lo habitual, prácticamente no existe la aplicación del 381 CP, por muchas personas que hallan tenido que saltar de la acera y así lo declaren).
03/03/2006 01:41
Por otra parte Sr. Optio, claro que las mayorías de las veces uno no se acuerda del accidente, probablemente si los juzgados no tardaran años en celebrar el juicio oral, entre los que han acudido a 200 accidentes más, no habría esos problemas, de todas formas, para eso están los atestados (para rercordar uno mismo, no me malinterprete). ¿Nunca le ha pasado que al recordar una parte de un suceso consegui rememorar el resto? La mecánica psicológica así funciona.

Saludos y ruego no me malinterprete pero le aseguro que no todo el monte es orégano, llevo muchos años trabajando y el orégano todavía no lo he visto.
03/03/2006 01:44
Para enmendar un error en el post anterior, donde dice "consegui", quise decir "consigue".
03/03/2006 10:07
Estimado PpBb: Cada uno lo cuenta como le va. Yo también llevo unos cuantos años trabajando y vengo viéndolo como lo cuento. COn respecto a lo de los atestados, pues qué quieres que te diga. Si antes de entrar a unas faltas de tráfico ves, por ejemplo, a los agentes poniéndose de acuerdo en lo que han de decir....( y digo, literalmente, poniéndose de acuerdo y no recordando los hechos atestado en mano).

Un ejemplo práctico? Veamos:

En una vista en el juzgado de lo penal de cuya Audiencia no quiero acordarme:

Antecedentes: Un grupo de policías persiguen a un vehículo que se ha saltado un control a las tres de la madrugada. El vehiculo perseguido se salta un segundo control y está a punto de arrollar a un agente, que se lanza al arcén para no ser atropellado. Por un par de minutos, los perseguidores pierden de vista al vehículo, el cual se sale de la carretera, se mete por un camino y se queda atascado en el barro. Los cuatro ocupantes salen del vehículo campo a través. Los agentes perseguidores llegan al lugar cuando los ocupantes ya han salido de dicho vehículo, les persiguen y los atrapan.

Se trata de averiguar quien era el conductor (que sería, claro, el supuesto autor de sendos delitos contra la seguridad del tráfico y desobediencia conforme a la calificación del fiscal).

Comparecen como testigos 9 Policías. Del largo interrogatorio, se va desprendiendo que nadie pudo ver con claridad al conductor. El Fiscal, que ve como se le derrumba la acusación. Y, me cachis, le toca el turno al agente que estuvo a punto de ser arrollado.

Fiscal: Sr. Agente...¿Vió usted al conductor del vehiculo ?
Agente. Sí
Fiscal: Se encuentra el conductor del vehículo en esta sala?
Agente: Si.
Fiscal: Podría usted señalarlo?
Fiscal: Sí...es este de aqui (señalando a la persona sentada en el banquillo, es decir, mi cliente).
Fiscal: No hay más preguntas, Señoría.

La defensa:

Defensa: Sr. Agente. Los hechos sucedieron a las tres de la mañana, aproximadamente, no?
Agente: Sí.
Defensa: Los hechos sucedieron en una carretera fuera de poblado, no?
Agente: si.
Defensa: Es decir, no había iluminación artificial en la zona...
Agente: No.
Defensa: Además, ha relatado usted a preguntas del Mº Fiscal que tuvo que saltar al arcén para no ser arrollado por el vehículo perseguido por sus compañeros, porque este venía hacia usted a toda velocidad...
Agente: si.
Defensa: Llevaba el vehículo perseguido las luces encendidas?
Agente: Si
Defensa: Es decir: De noche, en una zona sin iluminación artificial, le viene a usted un vehículo a toda velocidad con las luces de cara, salta usted en ese momento a toda prisa al arcén por no ser arrollado, es decir, al arcén lado acompañante... ¿y le da tiempo a ver la cara del conductor y a señalarlo en este acto sin ningún género de dudas?
Agente: Bueno, yo.....
Defensa: No hay más preguntas, señoría.

¿Sentencia?: Culpable. ¿Razón?...transcribo parte de la sentencia:

"No podemos dar veracidad a lo manifestado por D. Fulano en cuanto que no era él el conductor del vehículo y sí, por el contrario, don mengano, quien se autoinculpó de los hechos y quien ha quedado acreditado que viajaba en el automovil tal la noche de autos.. Tal como consta en el atestado y reiteró el agnete numero tal en el acto de juicio, el automóvil era conducido por don fulano, pues pudo verlo al pasar junto a él a toda velocidad y así lo ratificó a preguntas del Ministerio Fiscal".

Y como esta......



03/03/2006 20:38
Estimado PpBb, este tema lo tenemos ya muy tratado. Personalmente estoy seguro de que vd. lo dice como lo ve y como lleva años viviéndolo. No tengo duda alguna. Pero aquí las cosas no son así. Personalmente he visto cosas peores que la que narra el forista anterior. Pero ejemplos los podemos poner todos en ambos sentidos.
Lo cierto, personalmente, es que todos podemos mentir. De ahí que más que presunciones veraces, en los órganos jurisdiccionales deberían primar las pruebas objetivas. Todos saldríamos ganando.
Y los abusos, ya sea el policía que agrede impunemente o miente en el atestado o el abogado que induce a presentar una denuncia falsa o que colabora activamente en el delito, sancionarlo duramente. La inhabilitación absoluta para el desempeño de esa profesión sería lo deseable, y no la suspensión temporal para que luego pueda seguir haciendo barbaridades.
Creo yo, vamos.

04/03/2006 09:51
Benalmádema (Málaga)
Seguro, que si ese momento el condenado no llega a llevar 300 € en la cartera, no hubiera pasado nada de nada. ¡Dinero, que ni diós sabe donde estará ahora por no constar en el atestado!
¿Complot policial para quedarse con dinero de turistas que van ebrios por la calle? ¡Madre mia! ¿Porqué no se quedaron con los euros sin tener que liar la cosa alegando atentado?
04/03/2006 12:52
Y qué tiene que ver el bastón del abuelo, la pulsera del policía, la incisión, los trescientos euros, el complot policial y los guiris borrachos?
Te recomiendo dejes de consumir esas sustancias antes de que se te muera la penúltima neurona alucinada...
04/03/2006 22:45
Hola colega.
Nunca dije que consumiera ninguna sustancia.
¿Cúanto tiempo habrá pasado desde la última vez que nos vimos? ¡No lo recuerdo! Por éso, aprovecho los beneficios de este foro para una cita en internovat hotmail para recordar nuestros tiempos pasados.
¿Sigues dedicándote a la psicología imaginativa gratuítamente?

PD: Desde el martes 7 de Marzo de 2006 no podré estar disponible hasta problablemete Octubre de este mismo anyo.
Saludo a todos.
05/03/2006 02:11
La sentencia que relata Vd. amigo Optio, es desde luego, significativa, como dice el también amigo DP, parece que, desde luego, vivimos mundos distintos (o juzgados distintos). Teniendo en cuenta los varios jueces de primera instrucción que hay en mi municipio, le aseguro que esto no es broma, muchos miramos el calendario y..."Hoy está de guardia fulanito...que Dios nos coja confesados, cuidadito en la calle", porque sabemos que denuncia ciudadana=condena. Así no se puede trabajar y le aseguro que merma muchísimo la moral y el resultado policial ¿Cómo intervenir si en cada momento te la estás jugando?

Lo único que puedo decir es que, por lo que por en este foro se cuenta y se ve, alomejor me convendría pedir permuta a Cataluña, para así poder trabajar sin andar uno cubriéndose las espaldas de (algunos) jueces y fiscales.

Saludos.
05/03/2006 10:21
En todos sitios cuecen habas, amigo PpBb. Y vale más malo conocido....