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Union estable( Pareja de hecho)

1 Comentarios
 
Union estable( pareja de hecho)
09/07/2011 18:58
Hola
Ante todo, darle las gracias por la valiosa ayuda que nos brindan a través de este portal .Quisiera,por favor me aclararan algunas dudas:
Estoy en situacion irregular, vivo en la provincia Girona, mi pareja y yo(somos chicas cubanas) queremos legalizar nuestra unión pero algunos me dicen que no es conveniente hacerlo y que incluso me pueden negar esa solicitud por estar ilegal.Mi pareja llegó a España por un contrato de trabajo hace 3 años, desde entonces reside y trabaja de forma legal( en la misma provincia Girona) , y hace unos meses comenzó el tramite de nacionalidad, pero yo solo estoy empadronada( en otra ciudad).Aun me falta un año para comenzar los tramites de residencia por arraigo social y he leido que presentar la certificación de pareja estable es un argumento que ayuda en este proceso .Lo otro es que vivimos juntas pero no estoy empadronada en su piso, que me sugiere al respecto, me empadrono en su domicilio??
Saludos
10/07/2011 11:12
Hola. De acuerdo con la Ley de Libro Segundo del Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia, dos personas - sea de diferente o del mismo sexo- pueden ser consideradas pareja estable en alguno de los siguientes casos:

A) Cuando han convivido como pareja durante, al menos, dos años.

B) Cuando tienen descendencia común (aun cuando no hayan convivido dos años como pareja).

C) Cuando acuerden, mediante escritura pública, otorgada ante notario, constituirse en pareja estable.

Esto es lo que establece la Ley. Luego, cada Ayuntamiento en Cataluña ha creado (y no todos), un Registro de Parejas Estables, en el cual pueden inscribirse las personas que se encuentren en alguno de los casos anteriores y que, además, sean mayores de edad, no estén unidas mediante vínculo matrimonial con otra persona, no sean parientes entre sí y no tengan inscrita una unión similar en otro Registro de iguales características en Cataluña o en el resto de España.

Si conviven de hecho, pero no están empadronadas en el mismo domicilio desde hace al menos dos años, no podrán acreditar suficientemente la convivencia de dos años y tendrán que otorgar la escritura pública ante notario (cuesta entre 60-70 euros).

Con todo, necesitarán ambas el certificado de estado civil del país del cual son nacionales, bien expedido en el país o bien expedido por el Consulado de ese país acreditado en España. Debe estar legalizado por vía diplomática.

Para inscribir en el Registro de Uniones Estables de pareja, los Ayuntamientos suelen exigir que ambos estén empadronados en la misma vivienda.

Un cordial saludo.