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Unos gitanos han ocupado el piso de mi padre fallecido.

1 Comentarios
 
Unos gitanos han ocupado el piso de mi padre fallecido.
19/04/2017 22:48
Estamos indignados, el día 10 de abril de 2017 unos gitanos abrieron la casa de mi padre ya fallecido, cambiaron la cerradura y están viviendo allí. Hemos puesto una denuncia en la comisaría, pero nos han dicho que van a tardar en desalojarlos. Tenemos varias dudas que no sabemos como resolver.
El contrato de electricidad estaba dado de baja, pero el de agua no. Hemos llamado a la compañia del agua y nos dice que si no pueden entrar a precintar el contador no pueden dar de baja el agua. Mi pregunta es:
1. Tenemos que seguir pagando nosotros el agua o podemos dar orden al banco de que devuelvan el recibo.
2. Por otra parte tenemos un seguro del piso que vence el mes que viene. En la aseguradora no se pringan dicen que el piso tiene que estar asegurado, pero que si hay algún siniestro y el tomador no vive en la casa no se hacen cargo, entonces ¿que hacemo, lo renovamos o no?
3. Mi padre tenía un contrato de compra venta con el IVIMA, y del piso faltan por pagar solo 1700 euros. Por otra parte mis hermanos y yo ante lo que se nos viene encima hemos decidido rescindir el contrato de compraventa y entregarlo de nuevo al IVIMA, he ido a enterarme y me dicen que tengo que hacer un documento solicitando la rescisión del contrato y que tengo que indicar la situación actual del piso, o sea, que tiene ocupas dentro y por lo que me ha dicho la funcionaria no suelen aceptar el piso en estas condiciones. ¿entonces que hacemos, seguimos pagando el piso y que vivan estos señores a coste cero?.
Se que son varias preguntas pero les quedaría muy agradecida si me pudieran orientar sobre lo que tenemos que hacer.
Muchas gracias de antemano
20/04/2017 00:12
Rosalozano
1. ¿De verdad es necesario entrar dentro de la vivienda para cortar el suministro de agua? Quizá con acceder al contador comunitario o a la llave de paso de la comunidad puedan cortar desde ahí al piso de su padre, vivo en chalet independiente y para cortarme el agua se hace desde el exterior y en un piso supongo que igual se podrá.

1.1. Si no quizá comunicando a la compañía el caso y advirtiendo que no van a pagar y aportándoles la denuncia como que está ocupado no les pasen el recibo.

2. Revise las cláusulas del seguro, si cubre robos o vandalismo quizá se puedan entender los destrozos como vandalismo, pero si no pagan voluntariamente deberán demandar al seguro, pero si dejan de pagar de esta posibilidad nos ovaríamos.

3. No entiendo lo que explica aquí, tiene un contrato de compraventa (ustedes venden el piso a IVIMA o IVIMA se lo vende a ustedes) y ¿solo faltan por pagar 1.700€ (le han comprado 1.700 € y con eso ya el piso sería propiedad suya al 100%?. ¿O quizá quiere decir que tienen un contrato de alquiler que pagan al IVIMA? No entiendo nada de este punto.

4. Cuando está gente se mete en pisos (de este pagando la hipoteca o ya este pagado) van a vivir gratis. Este tipo de procedimientos por la vía penal suelen tardar mínimo 6 meses (si pasado ese tiempo el juez no ve delito, si no que considera que es un tema civil, el caso durará 1 año más).

Así que antes de iniciar un procedimiento de desahucio tenga en cuenta dichos plazos, si va a la vía penal y tiene suerte 6 meses, por la vía civil asegurado 1 año o un poco menos con suerte.

Pero si da con un juez que no entienda las okupaciones como delito perderá los 6 meses de la vía penal más 1 año en la vía civil. En la vía civil siempre acabará en desahucio pero tarda 1 año.

En Madrid por ejemplo hay un 60 % de jueces que lo envían a la vía civil y un 40% que lo acepta en vía penal.

En Almería y Murcia olvídese de la vía pena y vaya directo a la vía civil.