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Urnanismo-PAI

4 Comentarios
 
Urnanismo-pai
10/03/2006 08:21
¿Existe algún plazo desde que el Ayuntamiento en pleno aprueba un PAI, es decir, selecciona un agente urbanizador para llevar acaba su alternativa técnica y la presentación en el Registro de la Generalita Valenciana del PAI?. dónde se establecen los plazos. En mi caso se me aplica todavía la LRAU, hoy ya derogada por la nueva Ley de Urbanismo Valenciano.
12/03/2006 00:18
Quiero contarte un secreto pero no debes decirselo a nadie.
A no tardar, puede que antes de lo que piensan algunos,El Tribunal de las Comunidades Europeas, declarará Ilegal la LRAU y Nulos todos los actos que hayan emanado de ella, se lloveran cientos si no miles de querellas contra alcaldes, cocejales de voluntad quebradiza y algun que otro dirigente de la Generalitat.
Somos muchos los que hemos empeñado vida y recursos para la lucha contra la corrupción en la Comunidad Valenciana y....mas pronto o mas tarde veremos los resultados.
No conozco tu caso pero si te sientes perjudicado busca de inmediato un buén abogado urbanista y no dejes de presentar alegaciones en Plazo....no vayas solo.
Saludos.
13/03/2006 09:10
¿Qué diferencias va haber entre la LRAU y la nueva Ley de Urbanismo Valenciano?, yo soy un pequeño propietario que no quiere vender, son tierras de mis ancestros y sólo quiero guardar un pedazo de tierra para mis hijos, y así almenos el día de mañana que puedan tener una casa, de manera que no venga el constructor de turno a chuparles la sangre por las tierras de sus antepasados, ellos te indemnizan la tierra por cuatro perras y después te venden el piso de 90 m2 por 20 millones o más de las antiguas pts, a eso yo lo llamo "ROBAR CON CLASE". Dudo que con la nueva ley esto vaya cambiar o no, AL FINAL DE LA PELÍCULA A PAGAR POCA ROPA. Al menos hojala sirvieran las tierras de mis abuelos para proporcionar vivienda accesible a todos o para cualquier otro fin social, pero no para que 4 se aprovechen del esfuerzo de varias generaciones y a su vez expriman a los descendietes de estas. "MANDA HUEVOS LA COSA". SI PUEDES ACLARAME QUE APORTA LA LEY DE URBANISMO NUEVA, ES DECIR DIFERENCIAS. Gracias por contestar y por tu información.
22/03/2006 13:40
¿Puede tener efectos retroactivos tal declaración del TSJCE? ¿Los PAI se aprovaron antes de la aprobación y entrada en vigor de la LUV?. Y si es así en que cambia la situación del pequeño propietario de terrenos rusticos que pasan a clasificarse como urbanizables.
23/03/2006 00:11
En estas cosas no se puede simplificar, son demasiado complejas.
El unico consejo serio que puedo dar es que contrateis un buen abogado (tarea dificil esta....yo he despedido a tres)...y que sea el quien lleve el asunto de tu defensa contra los depredadores.
Hay que mentalizarse que en este mundo no hay nada gratis y mas vale que te lo lleve un abogado urbanista que entablar batalla solo.
Respecto de la nueva LUV, parece ser tan mala como la otra, con pocas diferencias y también está en el punto de mira del Parlamento Europeo....como la LRAU.
Esperemos que los señores de Europa no se demoren demasiado en llevar la politica urbanistica valenciana al Tribunal de Justicia Europeo....ello cambiará todo.