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Uso indebido pensión alimentos

38 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 38 comentarios
Uso indebido pensión alimentos
07/04/2013 00:50
Buenas noches:
¿Puede ser motivo de cambio de custodia un uso indebido de la pensión de alimentos?
07/04/2013 07:10
Sino das más datos no creo la gente pueda ayudarte
A que llamas tu uso indebido ??
07/04/2013 13:07
Utilizar la pension para algo distinto a las necesidades del menor, por ejemplo, estudios de la madre.
07/04/2013 13:34
Y como cubre las necesidades de la menor ¿no le alimenta ,no la viste ,no le compra lo que necesita?.
A ver si las cosas nos quedan un poco claras a los padres no custodios.
La pensión de alimentos,por mucho que creamos que es injusto ,es una pensión que se paga a la parte custodia a fin de que está administre como quiera y que cubra las necesidades de su hijo en cuestión vestido ,alimento ,vivienda o sea si su hija va vestida ,alimentada y tiene vivienda acondicionada ,no puede hacer nada ,si no es así puede poner en conocimiento de asuntos sociales las carencias que cree que tiene su hija y ellos ya veran.
Por otra parte para pedir un cambio de custodia ,lo primordial es demostrar al juzgado que el no custodio está mas capacitado que el custodio para el cuidado de su hijo y para cumplir las funciones de custodio mejor que el otro.
07/04/2013 13:41
Muchas gracias terabithia por tu opinión,pero no es una opinión lo que necesito. Necesito saber si legalmente, el uso de la pensión para fines distintos a las necesidades del menor puede cambiar la custodia.
07/04/2013 14:02
Creo que la respuesta en mi opinión estaba clara , es decir a no ser que demuestre que la niña está desantendida no es motivo para cambiar la custodia y la reflexión a esto creo que tambien lo he explicado ,a la parte custodia no se le pide nunca que demuestre en que se gasta el dinero que recibe de pensión de alimentos ,por la razón primordial de que esta se ingresa a su cuenta ,para que lo use como crea conveniente.
Y ahora mismo no encuentro una sentencia que explica esto.
Ahora que aquí queremos oir lo que nos interesa ,pues está muy bien,pero que las cosas son como son,pues también.
07/04/2013 14:05
Esto no es cierto. Sí se puede pedir al custodio que judicialmente que justifique el uso de la pensión. Yo quería ver si alguien sabía de alguna situación de cambio de custodia.
07/04/2013 14:13
yo creo que usted debería de aportar pruebas conforme ese dinero de pension de alimentos,esta yendo destinado a los estudios de la madre...para poder solicitar cualquier cambio,siempre con pruebas,no se puede acusar y no tener nada.
Ella también puede aportar todos los justificantes de como usa esa pension,ella lo tiene mas fácil,usted como demuestra que lo gasta para los estudios de la madre? la cosa se complica por muy fácil que se crea..
07/04/2013 14:21
Intentaré a ver. Esta claro que facil no está.
07/04/2013 14:23
mucha suerte..eso si,tenga paciencia y sin prisas para hacer las cosas bien.
suerte.
07/04/2013 14:25
Ok
07/04/2013 14:37
Claro que se puede pedir judicialmente la justificación ,siempre que el procedimiento verse sobre desatención del menor y como prueba se pida esa justificación.
Y pedir se puede pedir la luna ,otra cosa es que acepten sin más eso ,pero si tiene alguna resolución que indique que el custodio debe aportar en que se gasta la pensión ,me gustaria verla y en que fundamentos basan eso.
Yo estoy buscando la sentencia donde explica claro y conciso ,que a la parte custodia si los hijos no estan desantendidos ,no se les puede pedir judstificación ,ya que ella administra el dinero como quiere.
08/04/2013 06:11
Hola:

Estoy de acuerdo con Terabithia. Pedir una rendición de cuentas a un progenitor custodio sobre la prestación por alimentos no es que sea imposible sino que raya la utopía. Tan sólo de forma indirecta, mediando una desatención al menor obvia, claramente demostrable, habría algo que rascar. Pero la rascada iría más por la desantención en sí misma que por una malversación de fondos. Mas difícil que pedir esa rendición de cuentas a los políticos españoles. Pues sí, a buen sitio hemos ido a parar, en un país donde la UE reclama a España unos 5,000 millones de morlacos, y es sólo uno de los casos, precisamente porque no se auditaron tras ser concedida la subvención de turno. Trasladado a un ámbito mucho más doméstico da la risa pensar que se va a auditar la prestación por alimentos.

Como se viene a deducir de lo que dice Terabithia, aún estoy por ver una sentencia que exija esa rendición de cuentas, creo que no la hay. Si el menor no entra en situación de desamparo no hay nada que rascar, me temo, y, Anguelin, usted sabe perfectamente lo que cuesta demostrar esto.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
08/04/2013 08:11
Como se ha dicho más de una vez por aquí la propia terabithia e incluso yo mismo ..que ganas tienen algunos custodios y no custodios de buscar peleas tontas.
Sólo vería un caso posible para tu queja y sería que pagar una pensión por alimentos a tu menor de 700€ y en cambio el menor fuera mal vestido mal cuidado y fuera un claro caso que el custodio no destina ese dinero al menor.
Pero como me temo que tu caso será como el resto del mundo con 200/250 € no creo ese utilizando de forma fuera de lo normal la pensión
08/04/2013 10:07
Y añado a lo ya dicho que como no ingreses en una cuenta que no se use para nada más la pension y puedas demostrar que de esa cuenta tambien sale el dinero de los estudios de la madre, veo imposible demostrar que usa ese dinero para otra cosa que no son los niños.
08/04/2013 18:06
Yo no tengo que demostrar nada. La pensión es de 876 euros, y en ella se calculó el alquiler del domicilio familiar. Ahora la madre se mudó sin decir nada a un piso más barato. Es ella la que tiene que decir cuánto paga ahora, y en qué se va la difierencia prevista para eso. Demostrar que está estudiando es tan sencillo, como preguntarselo a la universidad donde está matriculada la madre.
08/04/2013 18:18
Anguelin un piso de alquiler medio tirando por lo bajo puede ser 650 € así que tampoco creo que se esté haciendo rica con el dinero le sobre
Otra cosa es que en dinero de pensión sea para alimentos y alquiler piso y ella viva con padres o en una habitación alquilada
08/04/2013 18:34
No pedro. La pensión es tan elevada porque tenía en cuenta el alquiler. Es obvio que todos sabeis que "alimentos" comprende todas las necesidades ordinarias del menor (comida, ropa, libros, medicinas, techo) .La situación es la misma , pero en un piso más viejo y pequeño ( de 1970) .De hecho mi hija, que se desplaza en silla de ruedas, debe acceder al ascensor por el garaje.
08/04/2013 20:25
Yo vivo en bcn en un piso de 65 metros en una finca más o menos de esa época y pago 700€ de alquiler
Así que no veo donde está el engaño
09/04/2013 04:42
Claro pedro1976 y tu ya das por hecho que el no custodio tiene que pagar el alquiler completo no??.

Creo que te faltaban datos anguelin y la cosa ahora esta mas clara al menos para mi.

Esa pension mixta que te obliga a pagar el convenio regulador no es lo mismo que si solo fuese una pension de alimentos.

Segun cuentas esta incluida la hipoteca que te obligan a pagar y ahi cambia la cosa. Porque si la cantidad correspondiente a la hipoteca pongamos que es el 70% y el otro 30% son alimentos, es decir unos 600, son de TU parte de hipoteca y el no custodio deberia aportar SU parte de hipoteca otros 600 para un alquiler de 1200.
.
Si el custodio decide por su cuenta(que tiene tela la cosa) cambiar de domicilio e irse a uno distinto y en ese nuevo domicilio solo tiene que pagar 800, el porcentaje de reduccion de la hipoteca correspondiente se lo esta gastando en otra cosa distinta para lo que fue concedida.

Los porcentajes son orientativos para que se me entienda.
No se exactamente lo que dice el convenio y como se calculo, pero no creo que difiera mucho de esas cantidades.
Si la sentencia no lo deja claro, puedes pedir una aclaracion de sentencia.

Y si tu puedes demostrarlo, claro que puedes solicitar una modificacion de medidas, porque las circustancias han cambiado, mejor dicho, el custodio las ha cambiado unilateralmente pasandose la patria potestad compartida por el forro y mas teniendo una hija en silla de ruedas la que ahora tiene que entrar por el garage...... y con esa reduccion que deberia reducirsete a ti tambien, tu ex se esta pagando la universidad o al menos parte.

Calcula los porcentajes y mira si te interesa solicitar una modificacion de medidas, necesitas abogado y procurador ya sabes, a pasar por taquilla. Pero bueno puedes consultar con un abogado y veis si te interesa.
No hace mucho vi una sentencia del Tribunal Supremo, donde por fin deja claro que la hipoteca de la vivienda, la tienen que sufragar tanto el custodi@ como el no custodio.

El Tribunal Supremo aunque muy lentamente, va poniendo las cosas y a las personas y personos en su sitio, y si la justicia no fuese tan lenta, del codigo civil.... iban a quedar "cuatro" articulos interpretables, eso si, los señores/as magistrad@s de 1ª instancia cobrarian menos pluses de productividad y ya no podrian jugar con las cartas marcadas como hacen algunos ahora.Suerte.