Hola a todos!!. Tengo dos dudas sobre el uso y disfrute de la vivienda conyugal que ha sido atribuido a la mujer (divorcio de mutuo acuerdo: no hay hijos menores, pero la hija, mayor de edad, se queda a vivir con la madre). En el convenio no se ha establecido límite a dicho uso y disfrute. Puede el marido echarla de casa cuando quiera vender el inmueble??
y la otra duda es, ¿puede la mujer cambiar la cerradura de la casa para que el marido núnca entre?.
Muchisimas gracias a todos.
A la primera pregunta, no. Podrá modificar las medidas si cambian sustancialmente las circunstancias y éstan pueden cambiar si liquidan la sociedad de gananciales suponiendo que la vivienda sea de ambos, claro (debió establecer límite).
Si, puede cambiar la cerradura si ya tiene la sentencia judicial. Y el marido, que supongo es Vd. no debería entrar en la vivienda si no es invitado.
Un saludo