Hola a todos, os cuento mi caso y mi duda; En el convenio regulador se pacta el uso y disfrute de la vivienda familiar y de otra vivienda a favor de uno de los conyuges, a la hora de liquidar la sociendad, en que estado queda ese uso y disfrute? son esas viviendas objeto de liquidacion tambien? como puedo hacer para reforzar esta disposicion a favor de mi cliente (el usufructuario) en el convenio regulador (aprobado judicialmente).