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usucapión y herencia

2 Comentarios
 
Usucapión y herencia
19/08/2013 19:33
Hola

Supongo que lo que voy a describir a prescrito y no hay nada que hacer pero como estudiante de derecho me gustaría saber vuestra opinión.

En una familia de dos hermanos, uno de ellos habita durante 33 años en un inmueble propiedad del padre de los hermanos con su familia. El padre fallece y se procede a partir la herencia al 50%. ¿tiene el hermano que ha habitado la vivienda derecho a usucapión?

Si el hermano no ha hecho valer su derecho a usucapión, se dividen la herencia y obtiene en su parte la vivienda como propiedad. ¿es posible reclamar cuatro años después una compensación (suponiendo que tenia derecho a usucapión)?

Saludos y muchas gracias
20/08/2013 03:44
Que haya habitado la vivienda 33 años no tiene porqué significar que haya adquirido la propiedad, pues para ello es imprescindible que la ocupase como dueño de la misma, y no como simple prestatario o precarista...
22/08/2013 12:40
Buenos días,

Para adquirir la propiedad por usucapión, como ya han dicho, es imprescindible el requisito del animus, es decir, haber ocupado la vivienda y haberla ocupado con el convencimiento de ser el legítimo propietario. Ambas cosas.

En el caso descrito es obvio que ha ocupado sin ánimo, sólo por simple convivencia con el auténtico propietario, y por lo tanto, consciente de que él no lo era en ningún caso.

Saludos.