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usucapión

1 Comentarios
 
Usucapión
14/12/2005 16:11
Tengo varias fincas rústicas, heredadas por línea materna (aunque todavía no obren las escrituras en mi poder, pues están en fase de elaboración), en las cuales un primo mío apacienta su ganado, desde 1998 aproximadamente (año más, año menos). Me paga una cantidad anual de 150 €. Los años 2004 y 2005 realizó este pago a través de transferencia bancaria (tengo el justificante de dicha operación). No hay contrato escrito de alquiler de finca rústica que acredite dicha relación arrendador/arrendatario. Todo es verbal. Para la Usucapión ordinaria el plazo en los bienes inmuebles es de 10 años, si hay una posesión continuada de buena fe y justo título.
¿Podría mi primo alzarse con la propiedad de mis fincas? Me refiero a que alegando la posesión continuada (7 años de momento) y justo título (puede presentar el recibo de transferencia bancaria a mi nombre, con la nota "pago de cuotas anuales"), ¿acogiéndose a la usucapión podría arrebatarme mis tierras?
14/12/2005 20:43
El derecho a la usucapión se obtiene mediante la posesión pacífica "en concepto de dueño". Para asegurar que nunca se producirá esa usucapión bastaría con pedirle que cuando realice los pagos indique "pago de alquiler anual", para evitar el equívoco a que puede prestarse la palabra "cuotas".
Un saludo