Soy nuda propietaria del 50% de una casa y heredera del otro 50%. Mi madre es propietaria del 50% y usufructuaria del 100% de la casa.
Mi madre tiene alquilada la casa y desconozco totalmente en qué condiciones.
¿Tengo derecho legal a exigir a mi madre que asegure la casa con un seguro Todo Hogar para que mis derechos queden protegidos? ¿Es esto exigible judicialmente?
Tu madre, como usufructuaria, es libre de alquilar la casa a quien quiera y en las condiciones que quiera; no tienes derecho a exigir que contrate un seguro; ella será responsable en el caso de que la casa sufriese menoscabos por culpa o negligencia.
Según el CC el usufructuario tiene obligación de cuidar las cosas dadas en usufructo como un "buen
padre de familia" . ¿No aseguraría un buen padre de familia el inmuerble en usufructo? Si el usufructuario es responsable de los daños ocasionados por tenerlos arrendados, pero fallece, ¿quien protege mis derechos contra esos daños?
el usufructuario no puede arrendar el inmueble al no ser el propietario (en este caso lo es solo del 50%) así que para arrendar el inmueble se necesita la conformidad de los dos propietarios. Otra cosa es que el usufructuario ha arrendado el usufructo del que es titular (cosa que si puede hacer) pero a la terminación del tiempo convenido o al fallecimiento del titular del usufructo el alquiler deja de existir.
Es conveniente poner en el contrato de arrendamiento que el inquilino queda obligado a contratar un seguro multihogar del inmueble.